/ jueves 4 de marzo de 2021

Hidalgo aprueba la Ley Olimpia

Se sancionará hasta con 6 años de prisión y hasta 500 días de multa a quienes compartan contenido íntimo de una persona sin su consentimiento por cualquier medio digital

Hidalgo.- Con 27 votos a favor y cero en contra, los diputados del Congreso local aprobaron la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el estado de Hidalgo, conocida como “Ley Olimpia”, la cual sanciona hasta con 6 años de prisión y hasta 500 días de multa a quienes compartan contenido íntimo de una persona sin su consentimiento por cualquier medio digital.

➡️ "¡Que el miedo cambie de bando!", afirma Olimpia Coral, la impulsora de la ley contra violencia digital

Luego de los reclamos de las integrantes de las asociaciones civiles por la demora en la legislación de la Ley Olimpia, la comisión de Seguridad y Justicia del Congreso local aprobó la semana pasada la iniciativa que concentra las propuestas de los legisladores, organizaciones no gubernamentales e instituciones públicas en torno a la regulación de la violencia digital.

➡️Suman 38 carpetas de investigación por violencia digital contra mujeres

El presidente de la comisión de Seguridad y Justicia, Víctor Osmind Guerrero Trejo, refirió que este dictamen integra las propuestas de las legisladoras Lucero Ambrocio Cruz, Claudia Lilia Luna Islas y Armando Trejo Quintanar, por lo que se incluye el concepto de violación mediática que es entendido como la difusión de imágenes sexistas en cualquier medio o publicidad.

De acuerdo con la nueva normativa, se impondrán las mismas penas a quien videograbe, audiograbe, fotografíe, imprima o elabore imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual, erótico o pornográfico de una persona sin su consentimiento.

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También el delito aumentará hasta la mitad de la pena cuando sea cometido por el cónyuge, concubina o cualquier persona con la que la víctima haya tenido alguna relación sentimental, así como entre quienes obtengan algún beneficio lucrativo o represente un riesgo para la vida o la integridad de la agraviada.




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El presidente de la comisión de Seguridad y Justicia, Víctor Osmind Guerrero Trejo, refirió que este dictamen integra las propuestas de las legisladoras Lucero Ambrocio Cruz, Claudia Lilia Luna Islas y Armando Trejo Quintanar, por lo que se incluye el concepto de violación mediática que es entendido como la difusión de imágenes sexistas en cualquier medio o publicidad.

De acuerdo con la nueva normativa, se impondrán las mismas penas a quien videograbe, audiograbe, fotografíe, imprima o elabore imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual, erótico o pornográfico de una persona sin su consentimiento.

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También el delito aumentará hasta la mitad de la pena cuando sea cometido por el cónyuge, concubina o cualquier persona con la que la víctima haya tenido alguna relación sentimental, así como entre quienes obtengan algún beneficio lucrativo o represente un riesgo para la vida o la integridad de la agraviada.




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