/ lunes 15 de mayo de 2023

En CDMX los autos ya podrán moverse sin perder protección de la aseguradora tras choques leves

El objetivo de esta medida es que disminuyan los congestionamientos viales luego de un choque y que los conductores puedan mover sus unidades a una zona más segura

Una vez que se publique en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, los automovilistas que se vean involucrados en accidentes leves, también conocidos como choques “lamineros”, podrán mover sus vehículos para evitar congestionamientos viales.

En conferencia de prensa, la jefa de Gobierno Claudia Sheinbaum, dijo que esta medida es resultado de un convenio de colaboración con la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS), que busca agilizar la atención en hechos de tránsito.

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La mandataria detalló que al mover los vehículos hacia otra área no se verá afectada la atención de la aseguradora y tampoco el pago correspondiente

“Se pueden mover a un lugar en donde no estorben en la vialidad y ahí pueden llamar a sus seguros, y los seguros, de todas maneras, harán lo que tienen que hacer, la revisión para poder pagar a uno o a otro. Entonces, el 80 por ciento de los choques que ocurren en la ciudad, que son choques menores, ahora ya no estorbarán la vialidad, se pueden quedar o se puedan mover a un lado, puede seguir la circulación y ellos esperan a que lleguen las aseguradoras”, indicó.

Sobre este mismo tema, Juan Patricio Ruberoll, presidente de la AMIS, detalló que los ajustadores instruirán al asegurado a mover su unidad al lugar más próximo en donde estén seguros y no se afecte el tránsito vehicular.

“Nosotros a través de las cabinas de las aseguradoras y el contacto que se tiene con los asegurados cuando tienen un percance, la instrucción será que se muevan al lugar más próximo en donde no obstruyan el tránsito vehicular y en donde ellos también puedan estar seguros”, comentó.

Los vehículos podrán moverse bajo ciertas condiciones:

  • Cuando no haya lesionados
  • Cuando sólo haya daños materiales en los vehículos
  • Cuando no haya conductores en estado de ebriedad o bajo el influjo de alguna sustancia
  • Cuando no haya daños a la vía pública

En tanto los vehículos no se podrán mover del lugar cuando el percance sea grave, precisó el secretario de Movilidad, Andrés Lajous.

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“Y por último, nada más recordar en qué condiciones no pueden moverse los vehículos: cuando existan lesionados o fallecimientos, cuando algún conductor se encuentra bajo los influjos del alcohol o cuando haya daños en la vía pública. En estos casos, se esperará a lo que indique la autoridad que se hace presente en este tipo de hechos de tránsito”, expuso.

Publicado originalmente en La Prensa

Una vez que se publique en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, los automovilistas que se vean involucrados en accidentes leves, también conocidos como choques “lamineros”, podrán mover sus vehículos para evitar congestionamientos viales.

En conferencia de prensa, la jefa de Gobierno Claudia Sheinbaum, dijo que esta medida es resultado de un convenio de colaboración con la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS), que busca agilizar la atención en hechos de tránsito.

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La mandataria detalló que al mover los vehículos hacia otra área no se verá afectada la atención de la aseguradora y tampoco el pago correspondiente

“Se pueden mover a un lugar en donde no estorben en la vialidad y ahí pueden llamar a sus seguros, y los seguros, de todas maneras, harán lo que tienen que hacer, la revisión para poder pagar a uno o a otro. Entonces, el 80 por ciento de los choques que ocurren en la ciudad, que son choques menores, ahora ya no estorbarán la vialidad, se pueden quedar o se puedan mover a un lado, puede seguir la circulación y ellos esperan a que lleguen las aseguradoras”, indicó.

Sobre este mismo tema, Juan Patricio Ruberoll, presidente de la AMIS, detalló que los ajustadores instruirán al asegurado a mover su unidad al lugar más próximo en donde estén seguros y no se afecte el tránsito vehicular.

“Nosotros a través de las cabinas de las aseguradoras y el contacto que se tiene con los asegurados cuando tienen un percance, la instrucción será que se muevan al lugar más próximo en donde no obstruyan el tránsito vehicular y en donde ellos también puedan estar seguros”, comentó.

Los vehículos podrán moverse bajo ciertas condiciones:

  • Cuando no haya lesionados
  • Cuando sólo haya daños materiales en los vehículos
  • Cuando no haya conductores en estado de ebriedad o bajo el influjo de alguna sustancia
  • Cuando no haya daños a la vía pública

En tanto los vehículos no se podrán mover del lugar cuando el percance sea grave, precisó el secretario de Movilidad, Andrés Lajous.

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“Y por último, nada más recordar en qué condiciones no pueden moverse los vehículos: cuando existan lesionados o fallecimientos, cuando algún conductor se encuentra bajo los influjos del alcohol o cuando haya daños en la vía pública. En estos casos, se esperará a lo que indique la autoridad que se hace presente en este tipo de hechos de tránsito”, expuso.

Publicado originalmente en La Prensa

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