/ viernes 17 de junio de 2016

Conceden amparo contra tortura e incomunicación a El Güero Palma

México.- El Juzgado Décimo Sexto de Distrito en Materia deAmparo Penal, con residencia en la Ciudad de México, otorgó unasuspensión provisional a Héctor Luis “El Güero” PalmaSalazar contra cualquier acto de tortura e incomunicación, luegode que fuera repatriado por autoridades de Estados Unidos y enviadoal penal del Altiplano por dos homicidios que se le imputan.

La defensa legal del otrora fundador del cártel de Sinaloapresentó ante dicho juzgado el recurso legal 539/2016 en contra decualquier acto de detención, incomunicación, malos tratos ytortura de que pudiera ser objeto su cliente.

No obstante, indicó que en la solicitud de amparo se señalócomo autoridad responsable a la Subprocuraduría Especializada enInvestigación de Delincuencia Organizada (SEIDO) de la PGR, puesen su momento pensó que su cliente sería llevado ante dichainstancia tras su repatriación.

El juzgado señaló que frente a ello se vio imposibilitado anotificarle a Héctor Luis Palma Salazar sobre el amparo y portanto concedió un plazo de 24 horas para que la defensa precise ellugar donde se encuentra.

Así, por orden judicial, ninguna autoridad podrá limitarle a“El Güero” Palma el acceso a sus abogados. Así lo dictó lasuspensión provisional que ayer se le concedió.

En la lista de notificaciones se lee:

“Visto el contenido de la razón actuarial de esta propiadata, se desprende la imposibilidad que tuvo la fedataria paranotificar al quejoso, en atención a que no se encontró registroalguno de que haya estado o este detenido en las instalaciones dela Subprocuraduría Especializada en Investigación de DelincuenciaOrganizada de la Procuraduría General de la República.

“En consecuencia, requiérase a la promovente del amparo paraque en el término de veinticuatro horas contado a partir de quesurta efectos la notificación de este proveído, señale si tieneconocimiento de diverso lugar en donde pueda ser localizado eldirecto quejoso, apercibido que de no hacerlo o no manifestar laimposibilidad legal que tenga para ello, se hará acreedor a unamulta equivalente a cien unidades de medida y actualización deconformidad con lo dispuesto en el numeral 237, fracción I, de laLey de Amparo, dicta el acuerdo judicial”.

Como se recordará, Palma Salazar fue entregado el miércolespasado por autoridades de Estados Unidos al gobierno mexicano en lafrontera de Matamoros, Tamaulipas, con Bronswille, Texas.

Luego fue trasladado al hangar de la Procuraduría General de laRepública (PGR) en la Ciudad de México para posteriormente serenviado en un helicóptero, de la Policía Federal, hasta el Penaldel Altiplano, en el Estado de México.

/parg

México.- El Juzgado Décimo Sexto de Distrito en Materia deAmparo Penal, con residencia en la Ciudad de México, otorgó unasuspensión provisional a Héctor Luis “El Güero” PalmaSalazar contra cualquier acto de tortura e incomunicación, luegode que fuera repatriado por autoridades de Estados Unidos y enviadoal penal del Altiplano por dos homicidios que se le imputan.

La defensa legal del otrora fundador del cártel de Sinaloapresentó ante dicho juzgado el recurso legal 539/2016 en contra decualquier acto de detención, incomunicación, malos tratos ytortura de que pudiera ser objeto su cliente.

No obstante, indicó que en la solicitud de amparo se señalócomo autoridad responsable a la Subprocuraduría Especializada enInvestigación de Delincuencia Organizada (SEIDO) de la PGR, puesen su momento pensó que su cliente sería llevado ante dichainstancia tras su repatriación.

El juzgado señaló que frente a ello se vio imposibilitado anotificarle a Héctor Luis Palma Salazar sobre el amparo y portanto concedió un plazo de 24 horas para que la defensa precise ellugar donde se encuentra.

Así, por orden judicial, ninguna autoridad podrá limitarle a“El Güero” Palma el acceso a sus abogados. Así lo dictó lasuspensión provisional que ayer se le concedió.

En la lista de notificaciones se lee:

“Visto el contenido de la razón actuarial de esta propiadata, se desprende la imposibilidad que tuvo la fedataria paranotificar al quejoso, en atención a que no se encontró registroalguno de que haya estado o este detenido en las instalaciones dela Subprocuraduría Especializada en Investigación de DelincuenciaOrganizada de la Procuraduría General de la República.

“En consecuencia, requiérase a la promovente del amparo paraque en el término de veinticuatro horas contado a partir de quesurta efectos la notificación de este proveído, señale si tieneconocimiento de diverso lugar en donde pueda ser localizado eldirecto quejoso, apercibido que de no hacerlo o no manifestar laimposibilidad legal que tenga para ello, se hará acreedor a unamulta equivalente a cien unidades de medida y actualización deconformidad con lo dispuesto en el numeral 237, fracción I, de laLey de Amparo, dicta el acuerdo judicial”.

Como se recordará, Palma Salazar fue entregado el miércolespasado por autoridades de Estados Unidos al gobierno mexicano en lafrontera de Matamoros, Tamaulipas, con Bronswille, Texas.

Luego fue trasladado al hangar de la Procuraduría General de laRepública (PGR) en la Ciudad de México para posteriormente serenviado en un helicóptero, de la Policía Federal, hasta el Penaldel Altiplano, en el Estado de México.

/parg

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