/ sábado 26 de agosto de 2023

Caso de Ernestina Ascencio, mujer que murió tras abuso de militares, llega a la Corte-IDH

Contrario a la versión sostenida por el gobierno de Felipe Calderón, quien aseguró que la mujer había muerto de gastritis, la CIDH concluyó que Ernestina murió por un traumatismo craneoencefálico, fractura y luxación cervical

El caso de Ernestina Ascencio Rosario, mujer indígena que murió en 2007 tras ser abusada sexualmente por al menos cuatro militares en la comunidad de Tetlalzinga, en la Sierra Zongolica, Veracruz, será analizado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH).

Así lo anunció este viernes la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), organismo que presentó el caso ante el Tribunal internacional para que se determine lo correspondiente al Estado mexicano derivado de la falta de atención médica documentada y la impunidad de los hechos.

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Contrario a la versión sostenida por el gobierno de Felipe Calderón, quien aseguró que la mujer había muerto de gastritis, la CIDH concluyó que Ernestina murió por un traumatismo craneoencefálico, fractura y luxación cervical y lesiones indicativas de una agresión sexual, sumado a la falta inoportuna de atención médica.

“Ernestina Ascencio fue víctima de violación sexual por parte del ejército mexicano, la cual constituyó tortura y atentó contra sus derechos a la integridad personal, honor, dignidad y el derecho de las mujeres a vivir libres de violencia. En este sentido, la Comisión tomó en consideración que la situación resultó especialmente grave teniendo en cuenta la pluralidad de agresores, la edad avanzada de la víctima, y el hecho que se tratara de agentes estatales”, condenó el organismo.

Derivado de ello, además de emitir recomendaciones al gobierno mexicano para que repare integralmente los daños, inicie una investigación “exhaustiva”, se permita a la abogada de la señora Ernestina Ascencio tener acceso al expediente, se brinde seguridad a los familiares y se garantice la no repetición, llevó el caso ante la Corte-IDH.


El Tribunal se encargará de analizar la información entregada por la CIDH para juzgar al Estado mexicano por las violaciones a derechos humanos que sufrió la mujer, las cuales le ocasionaron la muerte un día después de los abusos perpetrados, pero que también limitaron a su defensa el acceso a la información del caso y que excluyeron a su familia de las indagatorias.

Todas estas irregularidades, acusó la CIDH, “evidenciaron una falta de diligencia y seriedad por parte del Estado mexicano, lo cual resultó en la violación de los derechos a la igualdad, no discriminación y acceso a una justicia efectiva”.

El caso llegará así a la Corte Interamericana 16 años después de que sucedieron los hechos, en donde, según la información recopilada, Ernestina Ascencio Rosario fue abusada y golpeada por militares mientras pastoreaba a sus borregos.

Al ver que no regresaba, sus familiares salieron a buscarla, encontrándola tirada en un paraje golpeada, donde les habría alcanzado a decir que los culpables del ataque fueron soldados que se encontraban en la zona. En concreto se refería a miembros del 63 Batallón de Infantería que se instaló a unos 300 metros del lugar la noche anterior.



Tras el ataque, sus hijos intentaron que accediera a atención médica por alrededor de 10 horas hasta que pudieron ingresarla al hospital regional de Río Blanco, pero el cual no contaba con traductores, lo que complicó su atención. La señora Ernestina falleció durante la madrugada del 26 de febrero.

Al día siguiente, el entonces gobernador de Veracruz, Fidel Herrera, viajó en helicóptero a Tetlatzinga, donde los locales le explicaron los hechos. Más tarde su gobierno emitió un comunicado donde reconoció que eran cuatro los militares señalados por los hechos. Sin embargo, una semana después, en medio de los reclamos, el expresidente Felipe Calderón rechazó la versión.

Sustentado en una supuesta investigación realizada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), entonces a cargo de José Luis Soberanes, el exmandatario refirió que la señora Ernestina falleció por una gastritis aguda.



Irregularidades evidenciaron una falta de diligencia y seriedad por parte del Estado mexicano, lo cual resultó en la violación de los derechos a la igualdad, no discriminación y acceso a una justicia efectiva

CIDH


En un comunicado fechado el 14 de marzo de ese año, la CNDH insistió en esta versión, asegurando que “el tipo de equimosis encontrado en brazos y en región pectoral descrito en la autopsia no corresponde a lesiones similares a las que se producen en maniobras de sujeción o sometimiento, lo cual permite suponer a los peritos de esta comisión que fueron producidas al ser cargada y trasladada antes de fallecer”.

Con esta nueva versión, un mes después la Procuraduría General de Justicia del estado decidió no ejercer la acción penal por concluir que no se lograron probar los delitos y la investigación militar se archivó en junio, también de 2007.

“La Comisión (Interamericana) también concluyó que la determinación ministerial del no ejercicio de la acción penal no fue resultado de una investigación diligente, imparcial, ni mucho menos reforzada como era obligación del Estado mexicano, teniendo en cuenta que la víctima era mujer, indígena y persona mayor”, advirtió ayer en su determinación.

No obstante, las decisiones tomadas entonces por las autoridades mexicanas provocaron un cierre del caso en el país, lo que orilló a las organizaciones acompañantes y la defensa de la familia a presentar una petición a la CIDH en 2012, la cual demoró en revisarse hasta el 4 diciembre de 2020.

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Seis días después, el 10 de diciembre, la ahora Fiscalía de Veracruz, anunció que reabriría la investigación, mientras el subsecretario de Gobernación, Alejandro Encinas, adelantó que se presentaría un informe a la CIDH con la intención de garantizar la justicia y la reparación del daño, deslindándose de la versión del expresidente Calderón y su gobierno, pero hasta el día de hoy sin culpables directos.

El caso de Ernestina Ascencio Rosario, mujer indígena que murió en 2007 tras ser abusada sexualmente por al menos cuatro militares en la comunidad de Tetlalzinga, en la Sierra Zongolica, Veracruz, será analizado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH).

Así lo anunció este viernes la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), organismo que presentó el caso ante el Tribunal internacional para que se determine lo correspondiente al Estado mexicano derivado de la falta de atención médica documentada y la impunidad de los hechos.

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Contrario a la versión sostenida por el gobierno de Felipe Calderón, quien aseguró que la mujer había muerto de gastritis, la CIDH concluyó que Ernestina murió por un traumatismo craneoencefálico, fractura y luxación cervical y lesiones indicativas de una agresión sexual, sumado a la falta inoportuna de atención médica.

“Ernestina Ascencio fue víctima de violación sexual por parte del ejército mexicano, la cual constituyó tortura y atentó contra sus derechos a la integridad personal, honor, dignidad y el derecho de las mujeres a vivir libres de violencia. En este sentido, la Comisión tomó en consideración que la situación resultó especialmente grave teniendo en cuenta la pluralidad de agresores, la edad avanzada de la víctima, y el hecho que se tratara de agentes estatales”, condenó el organismo.

Derivado de ello, además de emitir recomendaciones al gobierno mexicano para que repare integralmente los daños, inicie una investigación “exhaustiva”, se permita a la abogada de la señora Ernestina Ascencio tener acceso al expediente, se brinde seguridad a los familiares y se garantice la no repetición, llevó el caso ante la Corte-IDH.


El Tribunal se encargará de analizar la información entregada por la CIDH para juzgar al Estado mexicano por las violaciones a derechos humanos que sufrió la mujer, las cuales le ocasionaron la muerte un día después de los abusos perpetrados, pero que también limitaron a su defensa el acceso a la información del caso y que excluyeron a su familia de las indagatorias.

Todas estas irregularidades, acusó la CIDH, “evidenciaron una falta de diligencia y seriedad por parte del Estado mexicano, lo cual resultó en la violación de los derechos a la igualdad, no discriminación y acceso a una justicia efectiva”.

El caso llegará así a la Corte Interamericana 16 años después de que sucedieron los hechos, en donde, según la información recopilada, Ernestina Ascencio Rosario fue abusada y golpeada por militares mientras pastoreaba a sus borregos.

Al ver que no regresaba, sus familiares salieron a buscarla, encontrándola tirada en un paraje golpeada, donde les habría alcanzado a decir que los culpables del ataque fueron soldados que se encontraban en la zona. En concreto se refería a miembros del 63 Batallón de Infantería que se instaló a unos 300 metros del lugar la noche anterior.



Tras el ataque, sus hijos intentaron que accediera a atención médica por alrededor de 10 horas hasta que pudieron ingresarla al hospital regional de Río Blanco, pero el cual no contaba con traductores, lo que complicó su atención. La señora Ernestina falleció durante la madrugada del 26 de febrero.

Al día siguiente, el entonces gobernador de Veracruz, Fidel Herrera, viajó en helicóptero a Tetlatzinga, donde los locales le explicaron los hechos. Más tarde su gobierno emitió un comunicado donde reconoció que eran cuatro los militares señalados por los hechos. Sin embargo, una semana después, en medio de los reclamos, el expresidente Felipe Calderón rechazó la versión.

Sustentado en una supuesta investigación realizada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), entonces a cargo de José Luis Soberanes, el exmandatario refirió que la señora Ernestina falleció por una gastritis aguda.



Irregularidades evidenciaron una falta de diligencia y seriedad por parte del Estado mexicano, lo cual resultó en la violación de los derechos a la igualdad, no discriminación y acceso a una justicia efectiva

CIDH


En un comunicado fechado el 14 de marzo de ese año, la CNDH insistió en esta versión, asegurando que “el tipo de equimosis encontrado en brazos y en región pectoral descrito en la autopsia no corresponde a lesiones similares a las que se producen en maniobras de sujeción o sometimiento, lo cual permite suponer a los peritos de esta comisión que fueron producidas al ser cargada y trasladada antes de fallecer”.

Con esta nueva versión, un mes después la Procuraduría General de Justicia del estado decidió no ejercer la acción penal por concluir que no se lograron probar los delitos y la investigación militar se archivó en junio, también de 2007.

“La Comisión (Interamericana) también concluyó que la determinación ministerial del no ejercicio de la acción penal no fue resultado de una investigación diligente, imparcial, ni mucho menos reforzada como era obligación del Estado mexicano, teniendo en cuenta que la víctima era mujer, indígena y persona mayor”, advirtió ayer en su determinación.

No obstante, las decisiones tomadas entonces por las autoridades mexicanas provocaron un cierre del caso en el país, lo que orilló a las organizaciones acompañantes y la defensa de la familia a presentar una petición a la CIDH en 2012, la cual demoró en revisarse hasta el 4 diciembre de 2020.

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Seis días después, el 10 de diciembre, la ahora Fiscalía de Veracruz, anunció que reabriría la investigación, mientras el subsecretario de Gobernación, Alejandro Encinas, adelantó que se presentaría un informe a la CIDH con la intención de garantizar la justicia y la reparación del daño, deslindándose de la versión del expresidente Calderón y su gobierno, pero hasta el día de hoy sin culpables directos.

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