La Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados aprobó eliminar de la Miscelánea Fiscal el cobro de IVA a las ventas por catálogo, el bloqueo temporal de plataformas digitales que no paguen impuestos, amplían dos meses el plazo a las plataformas digitales para que regularicen su situación fiscal en nuestro país y aumento al Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) a tabaco y chatarra.
Al cierre de edición, la Comisión de Hacienda seguía discutiendo más cambios a la Miscelánea Fiscal antes de mandarla al pleno.
Fueron 46 las modificaciones a 66 artículos de la propuesta de Miscelánea Fiscal del Ejecutivo federal para el ejercicio fiscal 2020 que se hicieron en la Comisión de Hacienda, de la Cámara Baja.
El dictamen se aprobó con 18 votos a favor de Morena y aliados, 7 votos en contra del PAN y PRD y cuatro abstenciones del PRI y Movimiento Ciudadano.
Los principales cambios en la Ley del IVA son sanciones por no cumplir en la Economía Digital con el bloqueo temporal de la página de internet; la suspensión será dictada solo por el Administrador General del SAT y la entrada en vigor será en junio de 2020 en lugar de abril del mismo año.
En el IEPS, el impuesto se sustituye la “actualización” para la cuota aplicable por la inflación del período de diciembre 2010 a diciembre del 2019, en el caso del tabaco.
Respecto a las bebidas saborizadas (refrescos), es igual pero la cuota aplicable es por la inflación del período de diciembre de 2018 a 2019.
No se tomó en cuenta la petición de Coparmex respecto a la Cancelación del Certificado de Sello Digital.
Los cambios en el Código Fiscal de la Federación, solo incorporan un plazo de gracia para desvirtuar o corregir las irregularidades que detecte la autoridad.
El requisito que impone es el de presentar la solicitud de aclaración por medio del buzón tributario. “Y la autoridad a más tardar al otro día debe responder”, explicó la diputada Patricia Terrazas.