/ domingo 19 de mayo de 2019

CNDH emite recomendación a Pemex por negligencia médica

Inicialmente trataron y medicaron al joven como si presentara un trastorno de origen psiquiátrico

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al Director General de Petróleos Mexicanos (PEMEX), Octavio Romero Oropeza, por la inadecuada atención médica de un hombre de 24 años de edad por médicos adscritos a los servicios de anestesiología, neurología y psiquiatría del Hospital Central Sur de Alta Especialidad de esa empresa.

La recomendación también fue enviada al Fiscal General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero, por la inadecuada procuración de justicia, atribuible a personal ministerial y pericial de la Agencia Tercera Investigadora Zona Sur Sin Detenido de la delegación de la Ciudad de México.

En sus investigaciones, el Organismo Autónomo acreditó que se vulneraron los derechos humanos a la protección de la salud e integridad personal, procuración de justicia y daño al proyecto de vida del joven, quien después de ser intervenido quirúrgicamente en 2016 por dos hernias, una inguinal y otra umbilical, presentó broncoespasmo severo que evolucionó a paro cardiorrespiratorio, lo que le generó hipoxia severa y deterioro neurológico.

Esto aunado al hecho de que durante su hospitalización, los servicios de neurología y psiquiatría inicialmente trataron y medicaron al joven como si presentara un trastorno de origen psiquiátrico y se le suministró medicamento contraindicado para pacientes con daño neurológico.

Asimismo se infringió el derecho de acceso a la información en servicios de salud, en perjuicio de la víctima y de sus progenitores.

Se acreditó la responsabilidad institucional de PEMEX respecto de la atención médica que se proporcionó al agraviado, por falta de medicamentos en el hospital, condiciones inadecuadas para que recibiera terapias de rehabilitación en ese nosocomio y obstáculos administrativos para las terapias que recibe actualmente en clínicas privadas, además de inadecuada integración del expediente clínico y probable alteración de diversos documentos sobre el mismo caso.

La madre y padre de la víctima interpusieron denuncia de hechos ante la entonces Procuraduría General de la República (PGR); sin embargo, en la integración de la carpeta de investigación, la Agente del Ministerio Público Federal incurrió en inadecuada procuración de justicia al no centrar su actuación en identificar, investigar y citar a comparecer al personal médico responsable.

El área de servicios periciales de la PGR incurrió en dilación, al transcurrir más de diez meses entre la solicitud de la agente ministerial para la designación de perito y la emisión del dictamen de medicina, cuando la prueba era de crucial importancia, así como la falta de determinación de la investigación.

La CNDH recomendó al Director General de Pemex reparar el daño ocasionado a la víctima y sus familiares, que incluya atención médica, psicológica y de rehabilitación adecuada, en términos de la Ley General de Víctimas, para que se les inscriba en el Registro Nacional de Víctimas para que accedan, en lo conducente, al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral; de esta manera proporcionar compensación económica.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al Director General de Petróleos Mexicanos (PEMEX), Octavio Romero Oropeza, por la inadecuada atención médica de un hombre de 24 años de edad por médicos adscritos a los servicios de anestesiología, neurología y psiquiatría del Hospital Central Sur de Alta Especialidad de esa empresa.

La recomendación también fue enviada al Fiscal General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero, por la inadecuada procuración de justicia, atribuible a personal ministerial y pericial de la Agencia Tercera Investigadora Zona Sur Sin Detenido de la delegación de la Ciudad de México.

En sus investigaciones, el Organismo Autónomo acreditó que se vulneraron los derechos humanos a la protección de la salud e integridad personal, procuración de justicia y daño al proyecto de vida del joven, quien después de ser intervenido quirúrgicamente en 2016 por dos hernias, una inguinal y otra umbilical, presentó broncoespasmo severo que evolucionó a paro cardiorrespiratorio, lo que le generó hipoxia severa y deterioro neurológico.

Esto aunado al hecho de que durante su hospitalización, los servicios de neurología y psiquiatría inicialmente trataron y medicaron al joven como si presentara un trastorno de origen psiquiátrico y se le suministró medicamento contraindicado para pacientes con daño neurológico.

Asimismo se infringió el derecho de acceso a la información en servicios de salud, en perjuicio de la víctima y de sus progenitores.

Se acreditó la responsabilidad institucional de PEMEX respecto de la atención médica que se proporcionó al agraviado, por falta de medicamentos en el hospital, condiciones inadecuadas para que recibiera terapias de rehabilitación en ese nosocomio y obstáculos administrativos para las terapias que recibe actualmente en clínicas privadas, además de inadecuada integración del expediente clínico y probable alteración de diversos documentos sobre el mismo caso.

La madre y padre de la víctima interpusieron denuncia de hechos ante la entonces Procuraduría General de la República (PGR); sin embargo, en la integración de la carpeta de investigación, la Agente del Ministerio Público Federal incurrió en inadecuada procuración de justicia al no centrar su actuación en identificar, investigar y citar a comparecer al personal médico responsable.

El área de servicios periciales de la PGR incurrió en dilación, al transcurrir más de diez meses entre la solicitud de la agente ministerial para la designación de perito y la emisión del dictamen de medicina, cuando la prueba era de crucial importancia, así como la falta de determinación de la investigación.

La CNDH recomendó al Director General de Pemex reparar el daño ocasionado a la víctima y sus familiares, que incluya atención médica, psicológica y de rehabilitación adecuada, en términos de la Ley General de Víctimas, para que se les inscriba en el Registro Nacional de Víctimas para que accedan, en lo conducente, al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral; de esta manera proporcionar compensación económica.

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