/ jueves 23 de marzo de 2023

Declaración anual 2023: fecha límite y quiénes deben hacer el trámite ante el SAT

El reporte en el que los contribuyentes le informan al SAT la cantidad de dinero que percibieron debe presentarse antes del 3 de abril

Para evitar multas ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) las personas físicas y molares deben presentar su declaración de impuestos anual.

De acuerdo con el artículo 150 de la Ley del ISR, las personas físicas que deben presentar su declaración de manera obligatoria son las que "obtengan ingresos en un año de calendario, a excepción de los exentos y de aquellos por los que se haya pagado impuesto definitivo, están obligadas a pagar su impuesto anual mediante declaración que presentarán en el mes de abril del año siguiente, ante las oficinas autorizadas”.

Te podría interesar: Declaración anual 2023: qué requisitos necesito para presentarla ante el SAT

Del mismo modo, en el caso de las personas físicas que realicen actividades empresariales y profesionales que cumplan con alguno de estos requisitos también deben presentar su declaración anual:

  • Que realicen una actividad profesional para una empresa que les haya pagado un salario mayor de 400 mil pesos anuales antes de impuestos
  • Si perciben ingresos como trabajador independiente
  • Si reciben un salario de dos patrones y la suma supera los 400 mil pesos
  • Si percibiste algún ingreso por indemnización, pensión, liquidación o jubilación
  • Si ganaron un premio, rifa, concurso o sorteo
  • Reciben la renta de un inmueble
  • Reciben intereses por inversiones o fondos financieros que superan los 100 mil pesos anuales

En el caso de las personas físicas, el último día para realizar su declaración anual 2023 es el 2 de mayo.

En el caso de las personas morales, de acuerdo con el artículo 7 de la Ley del ISR están obligadas a presentar sus declaraciones anuales:

  • Sociedades y asociaciones civiles
  • Sociedades mercantiles
  • Sociedades cooperativas
  • Instituciones de créditos
  • Sistemas financieros
  • Fideicomisos con actividad empresarial
  • Organismos descentralizados con actividades empresariales
  • Asociación en participación si realiza actividades empresariales en el país

Por su parte, las personas morales tienen hasta el 3 de abril para cumplir con su declaración.

La declaración anual es el reporte en el que los contribuyentes le informan al SAT la cantidad de dinero que percibieron por sus actividades laborales o empresariales y cuánto porcentaje corresponde a la recaudación de los impuestos. Incluye los ingresos, deducciones personales, pagos provisionales y las retenciones

Para evitar multas ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) las personas físicas y molares deben presentar su declaración de impuestos anual.

De acuerdo con el artículo 150 de la Ley del ISR, las personas físicas que deben presentar su declaración de manera obligatoria son las que "obtengan ingresos en un año de calendario, a excepción de los exentos y de aquellos por los que se haya pagado impuesto definitivo, están obligadas a pagar su impuesto anual mediante declaración que presentarán en el mes de abril del año siguiente, ante las oficinas autorizadas”.

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Del mismo modo, en el caso de las personas físicas que realicen actividades empresariales y profesionales que cumplan con alguno de estos requisitos también deben presentar su declaración anual:

  • Que realicen una actividad profesional para una empresa que les haya pagado un salario mayor de 400 mil pesos anuales antes de impuestos
  • Si perciben ingresos como trabajador independiente
  • Si reciben un salario de dos patrones y la suma supera los 400 mil pesos
  • Si percibiste algún ingreso por indemnización, pensión, liquidación o jubilación
  • Si ganaron un premio, rifa, concurso o sorteo
  • Reciben la renta de un inmueble
  • Reciben intereses por inversiones o fondos financieros que superan los 100 mil pesos anuales

En el caso de las personas físicas, el último día para realizar su declaración anual 2023 es el 2 de mayo.

En el caso de las personas morales, de acuerdo con el artículo 7 de la Ley del ISR están obligadas a presentar sus declaraciones anuales:

  • Sociedades y asociaciones civiles
  • Sociedades mercantiles
  • Sociedades cooperativas
  • Instituciones de créditos
  • Sistemas financieros
  • Fideicomisos con actividad empresarial
  • Organismos descentralizados con actividades empresariales
  • Asociación en participación si realiza actividades empresariales en el país

Por su parte, las personas morales tienen hasta el 3 de abril para cumplir con su declaración.

La declaración anual es el reporte en el que los contribuyentes le informan al SAT la cantidad de dinero que percibieron por sus actividades laborales o empresariales y cuánto porcentaje corresponde a la recaudación de los impuestos. Incluye los ingresos, deducciones personales, pagos provisionales y las retenciones

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