/ miércoles 28 de diciembre de 2016

Improcedentes, quejas de Morena, determinó el INE

  • No se imputa a López Obrador, afirmó el instituto

El Instituto Nacional Electoral (INE) determinó improcedenteslas medidas cautelares solicitadas por Morena, debido a lacolocación de mantas en el Estado de México y Puebla, las cualesese partido considera que ofenden y calumnian a Andrés ManuelLópez Obrador, presidente del Comité Ejecutivo Nacional de esteinstituto político.

Derivado de las investigaciones realizadas por la UnidadTécnica de lo Contencioso Electoral, la Comisión de Quejas delINE comprobó la existencia de únicamente dos mantas o lonasdenunciadas, de los cuales no hay indicios del responsable,propietario o administrador de los espacios o de quien hayaordenado, pagado o solicitado su colocación.

Con dos votos a favor y uno en contra, la Comisión de Quejasdeterminó que el material denunciado, así como las frasesutilizadas se ajustan a Derecho, pues se emiten dentro de loslímites de la libertad de expresión; toda vez que no se trata decalumnia sino de una sátira, ya que no se imputa al dirigentepartidista la comisión de algún delito o hecho falso.

El proyecto aprobado argumenta que los dirigentes partidistas,militantes de los partidos políticos, precandidatos, candidatos yservidores públicos se encuentran sujetos al escrutinio público,pues finalmente de ello se trata el debate democrático, esto es,de que se evalúen las acciones de quienes compiten por los cargospúblicos o se encuentren de manera voluntaria en la vidapública.

Asimismo, establece que los personajes públicos, como es elcaso del dirigente partidista Andrés Manuel López Obrador, seencuentran sujetos al escrutinio público y, por tanto, debenresistir mayor nivel de injerencia en sus derechos de imagen,nombre, honra, entre otros, que las personas privadas oparticulares.

  • No se imputa a López Obrador, afirmó el instituto

El Instituto Nacional Electoral (INE) determinó improcedenteslas medidas cautelares solicitadas por Morena, debido a lacolocación de mantas en el Estado de México y Puebla, las cualesese partido considera que ofenden y calumnian a Andrés ManuelLópez Obrador, presidente del Comité Ejecutivo Nacional de esteinstituto político.

Derivado de las investigaciones realizadas por la UnidadTécnica de lo Contencioso Electoral, la Comisión de Quejas delINE comprobó la existencia de únicamente dos mantas o lonasdenunciadas, de los cuales no hay indicios del responsable,propietario o administrador de los espacios o de quien hayaordenado, pagado o solicitado su colocación.

Con dos votos a favor y uno en contra, la Comisión de Quejasdeterminó que el material denunciado, así como las frasesutilizadas se ajustan a Derecho, pues se emiten dentro de loslímites de la libertad de expresión; toda vez que no se trata decalumnia sino de una sátira, ya que no se imputa al dirigentepartidista la comisión de algún delito o hecho falso.

El proyecto aprobado argumenta que los dirigentes partidistas,militantes de los partidos políticos, precandidatos, candidatos yservidores públicos se encuentran sujetos al escrutinio público,pues finalmente de ello se trata el debate democrático, esto es,de que se evalúen las acciones de quienes compiten por los cargospúblicos o se encuentren de manera voluntaria en la vidapública.

Asimismo, establece que los personajes públicos, como es elcaso del dirigente partidista Andrés Manuel López Obrador, seencuentran sujetos al escrutinio público y, por tanto, debenresistir mayor nivel de injerencia en sus derechos de imagen,nombre, honra, entre otros, que las personas privadas oparticulares.

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