/ lunes 19 de septiembre de 2016

Multas a patrones que no garanticen seguridad a empleados con discapacidad, a partir de hoy

Para la protección de casi ocho millones de discapacitados enel país, el seis por ciento de la población, la Secretaría delTrabajo (STPS) emitió la Norma Oficial NOM-034-STPS-2016, queentra en vigor hoy y que impondrá a los patrones de casi cincomillones de empresas, multas de 250 a 5 mil salarios mínimos,equivalentes a 18 mil 260 a 365 mil 200 pesos.

La norma contempla, de manera obligatoria, las condiciones deseguridad, para el acceso y desarrollo de actividades detrabajadores con discapacidad, en los centros de trabajo, a fin degarantizar igualdad laboral.

Impone a los patrones de cuatro millones 926 mil 61 empresa,multas de 250 a 5 mil salarios mínimos, equivalentes a 18 mil 260a 365 mil 200 pesos en la Unidad de Medida y Actualización (UMAs),si no toman medidas de seguridad para atención de las seis formasde discapacidad, consideradas en la ley.

La NOM-034-STPS-2016 que fue publicada en julio pasado, entraráen vigor este lunes y consigna multas para el patrón que incumplacon las normas de seguridad e higiene y las de prevención deriesgos laborales.

La Ley Federal del Trabajo, en su artículo 994, prevésancione  que van de 250 a 5 mil veces el salario mínimo,equivalentes a 18 mil 260 hasta 365 mil 200 pesos, conforme alvalor de la nueva (UMA), determinado por el INEGI.

La dependencia precisa que, aunque algunos aspectos en lamateria ya los contempla la Norma Oficial 001-STPS-2008, el nuevoprecepto pormenoriza las obligaciones del patrón, así como loselementos para su instrumentación, en el ámbito de la seguridad ysalud en el trabajo.

El patrón tiene que establecer las acciones preventivas ycorrectivas, que deben instrumentarse en el centro de trabajo yelaborar un análisis para determinar la compatibilidad del puesto,con la discapacidad que presenta el trabajador.

Ordena que en esas acciones, se deben considerar para cadapuesto y lugar de trabajo, la discapacidad de cada trabajador, elárea del puesto de trabajo y los riesgos, asociados con ladiscapacidad de los trabajadores.

También las medidas de control técnicas o administrativasexistentes, así como la evaluación de su efectividad y en sucaso, las medidas de control adicionales que el patrón determine,para minimizar los riesgos.

La nueva Norma oficial establece que se tiene que colocar en loscentros laborales, señalización visual, auditiva y/o táctil quepermitan el desplazamiento, la estadía y las acciones a seguir, encaso de emergencia, según corresponda a la discapacidad de lostrabajadores.

Para la protección de casi ocho millones de discapacitados enel país, el seis por ciento de la población, la Secretaría delTrabajo (STPS) emitió la Norma Oficial NOM-034-STPS-2016, queentra en vigor hoy y que impondrá a los patrones de casi cincomillones de empresas, multas de 250 a 5 mil salarios mínimos,equivalentes a 18 mil 260 a 365 mil 200 pesos.

La norma contempla, de manera obligatoria, las condiciones deseguridad, para el acceso y desarrollo de actividades detrabajadores con discapacidad, en los centros de trabajo, a fin degarantizar igualdad laboral.

Impone a los patrones de cuatro millones 926 mil 61 empresa,multas de 250 a 5 mil salarios mínimos, equivalentes a 18 mil 260a 365 mil 200 pesos en la Unidad de Medida y Actualización (UMAs),si no toman medidas de seguridad para atención de las seis formasde discapacidad, consideradas en la ley.

La NOM-034-STPS-2016 que fue publicada en julio pasado, entraráen vigor este lunes y consigna multas para el patrón que incumplacon las normas de seguridad e higiene y las de prevención deriesgos laborales.

La Ley Federal del Trabajo, en su artículo 994, prevésancione  que van de 250 a 5 mil veces el salario mínimo,equivalentes a 18 mil 260 hasta 365 mil 200 pesos, conforme alvalor de la nueva (UMA), determinado por el INEGI.

La dependencia precisa que, aunque algunos aspectos en lamateria ya los contempla la Norma Oficial 001-STPS-2008, el nuevoprecepto pormenoriza las obligaciones del patrón, así como loselementos para su instrumentación, en el ámbito de la seguridad ysalud en el trabajo.

El patrón tiene que establecer las acciones preventivas ycorrectivas, que deben instrumentarse en el centro de trabajo yelaborar un análisis para determinar la compatibilidad del puesto,con la discapacidad que presenta el trabajador.

Ordena que en esas acciones, se deben considerar para cadapuesto y lugar de trabajo, la discapacidad de cada trabajador, elárea del puesto de trabajo y los riesgos, asociados con ladiscapacidad de los trabajadores.

También las medidas de control técnicas o administrativasexistentes, así como la evaluación de su efectividad y en sucaso, las medidas de control adicionales que el patrón determine,para minimizar los riesgos.

La nueva Norma oficial establece que se tiene que colocar en loscentros laborales, señalización visual, auditiva y/o táctil quepermitan el desplazamiento, la estadía y las acciones a seguir, encaso de emergencia, según corresponda a la discapacidad de lostrabajadores.

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