Luego que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó hacer ajustes a la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, los legisladores en la Cámara de Diputados aprobaron en lo general y en lo particular el nuevo ordenamiento que permitirá que sea la secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Función Pública las entidades facultadas para decidir el sueldo del presidente.
En esta nueva ley, además de estipular que nadie gane más que el presidente, Morena metió una reserva de último momento, con la cual cambió todo el sentido del ordenamiento y con ello se generaron excepciones en la ley y se devolvieron ingresos extraordinarios a los burócratas.
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En una primera votación con 300 sufragios a favor, 64 en contra y 41 abstenciones, se aprobó el dictamen para derogar la ley y crear una nueva en la materia. Posteriormente, en segunda votación, y con cambios de última hora de Morena, con 287 votos a favor, 57 en contra y 40 abstenciones, se avalaron los artículos reservados, donde este grupo parlamentario modificó totalmente la ley y abrió la posibilidad para que los burócratas tengan nuevamente: precepciones extraordinarias adicionales a sus ingresos, como: premios, recompensas, bonos, reconocimientos o estímulos. Los cuales habían desaparecido anteriormente con la ley de austeridad republicana.
En la reserva morenista, se estipuló que los ingresos de los servidores públicos que integran órganos autónomos, poderes legislativos y del Judicial, estarán sujetos a la ley para percibir menos que el presidente; excepto, los sueldos de los funcionarios del Banco de México, Petróleos Mexicanos y Comisión Federal de Electricidad.
Durante la discusión de las reservas, la oposición demandó que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público establezca los parámetros para los sueldos de los funcionarios, a fin de que no sea devuelta nuevamente esta reforma por su inconstitucionalidad, pues, tanto los diputados del PAN y PRD advirtieron que esta nueva ley sigue con inconsistencias técnicas y es susceptible de ser rechazada otra vez por la SCJN.
De acuerdo con la nueva ley de remuneraciones, los instrumentos para el cálculo de las remuneraciones se basarán en el Producto Interno Bruto per cápita; el Producto Interno Bruto pér cápita de referencia; el límite máximo de referencia; y, el límite mínimo de referencia.
Se estipuló también que el salario presidencial se obtendrá de multiplicar el Producto Interno Bruto per cápita de referencia por los 10 grupos jerárquicos definidos por el Manual de Percepciones de la Administración Pública Federal y el resultado deberá ser dividido entre el monto del salario mínimo general vigente anualizado
Es de recordar que, en mayo del año pasado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró invalida dicha Ley y ordenó establecer un parámetro de ingresos para los servidores públicos.