/ martes 23 de abril de 2019

Diputados avalan minuta para que el presidente pueda ser enjuiciado

La minuta permite que al mandatario en turno pueda ser imputado y juzgado, por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales o cualquiera de los señalados en el segundo párrafo del artículo 19

La Comisión de Puntos Constitucional de la Cámara de Diputados, avaló la minuta para que el Presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, pueda ser imputado y juzgado, por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales o cualquiera de los señalados en el segundo párrafo del artículo 19.

En todos los casos se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 111 de esta Constitución.

Los artículos que se reforman son el 108 y 111 constitucionales, mismos que fueron apoyados por 18 votos y una abstención.

El artículo 111 constitucional establece que, para proceder penalmente contra el Presidente de la República, sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110. En este supuesto los senadores resolverán con base en la legislación penal aplicable.

En ese sentido, la diputada del PRI, María Alemán Muñoz Castillo, explicó que se hizo una modificación para que los legisladores no se incluyan, pues ellos pueden ser procesados por cualquier delito.

Para este miércoles la minuta tendrá primera lectura ante el Pleno y antes de que concluya el periodo ordinario de sesiones, que discuta y vote ante el Pleno cameral.

Aclaró que no se trata de eliminar fuero, “eso es una mentira y pretender dar atole con el dedo, engañar a la gente, esto se trata de ampliar los motivos por los cuales el Presidente puede ser enjuiciado, pero la inmunidad con la que cuenta actualmente se mantiene y los legisladores se mantiene’’.

La Comisión de Puntos Constitucional de la Cámara de Diputados, avaló la minuta para que el Presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, pueda ser imputado y juzgado, por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales o cualquiera de los señalados en el segundo párrafo del artículo 19.

En todos los casos se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 111 de esta Constitución.

Los artículos que se reforman son el 108 y 111 constitucionales, mismos que fueron apoyados por 18 votos y una abstención.

El artículo 111 constitucional establece que, para proceder penalmente contra el Presidente de la República, sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110. En este supuesto los senadores resolverán con base en la legislación penal aplicable.

En ese sentido, la diputada del PRI, María Alemán Muñoz Castillo, explicó que se hizo una modificación para que los legisladores no se incluyan, pues ellos pueden ser procesados por cualquier delito.

Para este miércoles la minuta tendrá primera lectura ante el Pleno y antes de que concluya el periodo ordinario de sesiones, que discuta y vote ante el Pleno cameral.

Aclaró que no se trata de eliminar fuero, “eso es una mentira y pretender dar atole con el dedo, engañar a la gente, esto se trata de ampliar los motivos por los cuales el Presidente puede ser enjuiciado, pero la inmunidad con la que cuenta actualmente se mantiene y los legisladores se mantiene’’.

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