/ viernes 1 de diciembre de 2023

¿Se pueden proteger nuestros "post" en las redes sociales?

Las plataformas socio digitales pueden eliminar, promover o limitar la distribución de nuestras publicaciones, pero todo eso podría cambiar pronto, al menos en Estados Unidos

Actualmente las empresas propietarias de las plataformas pueden (y lo hacen) eliminar, promover o limitar la distribución de cualquier publicación de acuerdo con las políticas corporativas. Pero todo eso podría cambiar pronto.

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La Corte Suprema de EU acordó escuchar cinco casos que en conjunto le brindan al tribunal la oportunidad de reexaminar la naturaleza de la moderación de contenido: las reglas que rigen las discusiones en plataformas de redes sociales como Facebook y X (antes Twitter) y las limitaciones constitucionales que impone el gobierno para afectar el discurso en las plataformas.

La moderación de contenido, ya sea que la realicen manualmente los empleados de la empresa o automáticamente mediante el software y los algoritmos de una plataforma, afecta lo que los espectadores pueden ver en una página de medios digitales.

Los mensajes promocionados obtienen una mayor audiencia y una mayor interacción; aquellos a los que se les ha quitado prioridad o se han eliminado obviamente recibirán menos atención. Las políticas de moderación de contenido reflejan decisiones de las plataformas digitales sobre el valor relativo de los mensajes publicados.

Como abogada, profesora y autora de un libro sobre los límites de la Primera Enmienda, creo que los desafíos constitucionales presentados por estos casos darán al tribunal la oportunidad de asesorar al gobierno, las corporaciones y los usuarios de tecnologías interactivas cuáles son sus derechos y responsabilidades, a medida que las tecnologías de las comunicaciones siguen evolucionando.

Son foros públicos

A fines de octubre de 2023, la Corte Suprema escuchó argumentos orales sobre dos casos relacionados en los que ambos grupos de demandantes argumentaron que los funcionarios electos que usan sus cuentas de redes sociales, exclusiva o parcialmente, para promover sus políticas y políticas no pueden impedir constitucionalmente que los electores publiquen comentarios sobre el páginas de funcionarios.

Elon Musk cumplió con su objetivo de darle un giro a la imagen de la aplicación. | Foto: AFP

En uno de esos casos, O'Connor-Radcliff v. Garnier, dos miembros de la junta escolar del Distrito Escolar Unificado de Poway en California bloquearon a un grupo de padres, que frecuentemente publicaban comentarios repetitivos y críticos en las cuentas de Facebook y Twitter de los miembros de la junta de ver las cuentas de los miembros de la junta.

En el otro caso, Lindke v. Freed, el administrador de la ciudad de Port Huron, Michigan, aparentemente enojado por los comentarios críticos sobre una fotografía publicada, bloqueó a un elector para que no pudiera ver o publicar en la página de Facebook del administrador.

Los tribunales han sostenido durante mucho tiempo que los espacios públicos, como parques y aceras, son foros públicos que deben permanecer abiertos a conversaciones y debates libres y sólidos, sujetos únicamente a reglas neutrales no relacionadas con el contenido del discurso expresado.

Los electores silenciados en los casos actuales insistieron en que en un mundo donde gran parte del debate público se lleva a cabo en redes sociales interactivas, los espacios digitales utilizados por los representantes gubernamentales para comunicarse con sus electores también son foros públicos y deberían estar sujetos a las mismas reglas de la Primera Enmienda. como sus contrapartes físicas.

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Si la Corte Suprema dictamina que los foros públicos pueden ser tanto físicos como virtuales, los funcionarios del gobierno no podrán bloquear arbitrariamente a los usuarios para que no vean y respondan a su contenido ni eliminar los comentarios de los electores con los que no estén de acuerdo. Por otro lado, si la Corte Suprema rechaza el argumento de los demandantes, el único recurso para los electores frustrados será crear espacios competitivos en las redes sociales donde puedan criticar y argumentar a voluntad.

La decisión del tribunal en este caso podría tener efectos de amplio alcance en la forma y los métodos de los esfuerzos del gobierno para influir en la información que guía los debates y decisiones del público.


* Profesora Emérita de Comunicación y Estudios Retóricos, Universidad de Syracuse.

Actualmente las empresas propietarias de las plataformas pueden (y lo hacen) eliminar, promover o limitar la distribución de cualquier publicación de acuerdo con las políticas corporativas. Pero todo eso podría cambiar pronto.

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La moderación de contenido, ya sea que la realicen manualmente los empleados de la empresa o automáticamente mediante el software y los algoritmos de una plataforma, afecta lo que los espectadores pueden ver en una página de medios digitales.

Los mensajes promocionados obtienen una mayor audiencia y una mayor interacción; aquellos a los que se les ha quitado prioridad o se han eliminado obviamente recibirán menos atención. Las políticas de moderación de contenido reflejan decisiones de las plataformas digitales sobre el valor relativo de los mensajes publicados.

Como abogada, profesora y autora de un libro sobre los límites de la Primera Enmienda, creo que los desafíos constitucionales presentados por estos casos darán al tribunal la oportunidad de asesorar al gobierno, las corporaciones y los usuarios de tecnologías interactivas cuáles son sus derechos y responsabilidades, a medida que las tecnologías de las comunicaciones siguen evolucionando.

Son foros públicos

A fines de octubre de 2023, la Corte Suprema escuchó argumentos orales sobre dos casos relacionados en los que ambos grupos de demandantes argumentaron que los funcionarios electos que usan sus cuentas de redes sociales, exclusiva o parcialmente, para promover sus políticas y políticas no pueden impedir constitucionalmente que los electores publiquen comentarios sobre el páginas de funcionarios.

Elon Musk cumplió con su objetivo de darle un giro a la imagen de la aplicación. | Foto: AFP

En uno de esos casos, O'Connor-Radcliff v. Garnier, dos miembros de la junta escolar del Distrito Escolar Unificado de Poway en California bloquearon a un grupo de padres, que frecuentemente publicaban comentarios repetitivos y críticos en las cuentas de Facebook y Twitter de los miembros de la junta de ver las cuentas de los miembros de la junta.

En el otro caso, Lindke v. Freed, el administrador de la ciudad de Port Huron, Michigan, aparentemente enojado por los comentarios críticos sobre una fotografía publicada, bloqueó a un elector para que no pudiera ver o publicar en la página de Facebook del administrador.

Los tribunales han sostenido durante mucho tiempo que los espacios públicos, como parques y aceras, son foros públicos que deben permanecer abiertos a conversaciones y debates libres y sólidos, sujetos únicamente a reglas neutrales no relacionadas con el contenido del discurso expresado.

Los electores silenciados en los casos actuales insistieron en que en un mundo donde gran parte del debate público se lleva a cabo en redes sociales interactivas, los espacios digitales utilizados por los representantes gubernamentales para comunicarse con sus electores también son foros públicos y deberían estar sujetos a las mismas reglas de la Primera Enmienda. como sus contrapartes físicas.

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Si la Corte Suprema dictamina que los foros públicos pueden ser tanto físicos como virtuales, los funcionarios del gobierno no podrán bloquear arbitrariamente a los usuarios para que no vean y respondan a su contenido ni eliminar los comentarios de los electores con los que no estén de acuerdo. Por otro lado, si la Corte Suprema rechaza el argumento de los demandantes, el único recurso para los electores frustrados será crear espacios competitivos en las redes sociales donde puedan criticar y argumentar a voluntad.

La decisión del tribunal en este caso podría tener efectos de amplio alcance en la forma y los métodos de los esfuerzos del gobierno para influir en la información que guía los debates y decisiones del público.


* Profesora Emérita de Comunicación y Estudios Retóricos, Universidad de Syracuse.

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