/ martes 4 de julio de 2023

Comaternidad, madres lesbianas

El avance en la agenda de derechos LGBTTTI en México en los últimos 14 años ha transformado a la sociedad con un particular impacto en materia civil, pues al reconocer distintas estructuras de familias, dignifica realidades que antes permanecían en la indefensión.

El matrimonio igualitario representa un derecho llave para las parejas del mismo sexo al reconocer la filiación, la seguridad social, la tutela, e incluso, una mediación justa en los casos de divorcio. Esto debería estar garantizado también para aquellas parejas que eligen vivir en concubinato, no obstante, este derecho aún está construcción.

Si bien el avance del matrimonio se ha colocado en todo el país como uno de los más importantes, lo cierto es que no en todas las entidades federativas se ha hecho la armonización necesaria para garantizar el reconocimiento pleno de derechos.

De manera particular, conocemos historias de parejas de lesbianas que, tras el anhelo de ser mamás, han acudido al registro civil de Morelos, Michoacán, Tamaulipas, Querétaro, y se les han negado el registro de nacimiento a ambas madres, obligándolas a asumir los costos de la discriminación del Estado, cuando en estricto sentido, debería protegerlas como familias.

Dicho por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la comaternidad es la doble filiación materna, que responde a la voluntad procreacional de ambas en asumir las obligaciones del vínculo de filiación, con respecto a las hijas o los hijos y encargarse de sus cuidados, aun cuando una de ellas no tenga vínculo genético. Este reconocimiento da certeza a la familia lesbomaterna, donde ambas procuran el máximo bienestar en educación, salud, alimentación, recreación, amor y crianza.

Sabemos que la filiación como institución jurídica fue redactada para proteger sólo a parejas heterosexuales y por ello basta únicamente que se presente la mujer con el acta de alumbramiento, acompañada del hombre que manifieste la voluntad de reconocer al niño o la niña. Sin embargo, este concepto debe ser armonizado de manera proactiva en todos los códigos civiles para que esas entidades federativas cumplan cabalmente con el derecho de proteger el desarrollo y la organización de todas las estructuras de familias.

Contamos con leyes y con instituciones de derechos humanos a las cuales puedes acudir en caso de necesitarlo. Ningún gobierno, institución o personas servidora pública puede negarle a un niño ni a una niña el derecho a su identidad y el reconocimiento pleno de su familia.

Gracias a la fortaleza de esas mamás lesbianas y a sus denuncias en torno a la discriminación que es posible continuar transformando a la sociedad.

El avance en la agenda de derechos LGBTTTI en México en los últimos 14 años ha transformado a la sociedad con un particular impacto en materia civil, pues al reconocer distintas estructuras de familias, dignifica realidades que antes permanecían en la indefensión.

El matrimonio igualitario representa un derecho llave para las parejas del mismo sexo al reconocer la filiación, la seguridad social, la tutela, e incluso, una mediación justa en los casos de divorcio. Esto debería estar garantizado también para aquellas parejas que eligen vivir en concubinato, no obstante, este derecho aún está construcción.

Si bien el avance del matrimonio se ha colocado en todo el país como uno de los más importantes, lo cierto es que no en todas las entidades federativas se ha hecho la armonización necesaria para garantizar el reconocimiento pleno de derechos.

De manera particular, conocemos historias de parejas de lesbianas que, tras el anhelo de ser mamás, han acudido al registro civil de Morelos, Michoacán, Tamaulipas, Querétaro, y se les han negado el registro de nacimiento a ambas madres, obligándolas a asumir los costos de la discriminación del Estado, cuando en estricto sentido, debería protegerlas como familias.

Dicho por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la comaternidad es la doble filiación materna, que responde a la voluntad procreacional de ambas en asumir las obligaciones del vínculo de filiación, con respecto a las hijas o los hijos y encargarse de sus cuidados, aun cuando una de ellas no tenga vínculo genético. Este reconocimiento da certeza a la familia lesbomaterna, donde ambas procuran el máximo bienestar en educación, salud, alimentación, recreación, amor y crianza.

Sabemos que la filiación como institución jurídica fue redactada para proteger sólo a parejas heterosexuales y por ello basta únicamente que se presente la mujer con el acta de alumbramiento, acompañada del hombre que manifieste la voluntad de reconocer al niño o la niña. Sin embargo, este concepto debe ser armonizado de manera proactiva en todos los códigos civiles para que esas entidades federativas cumplan cabalmente con el derecho de proteger el desarrollo y la organización de todas las estructuras de familias.

Contamos con leyes y con instituciones de derechos humanos a las cuales puedes acudir en caso de necesitarlo. Ningún gobierno, institución o personas servidora pública puede negarle a un niño ni a una niña el derecho a su identidad y el reconocimiento pleno de su familia.

Gracias a la fortaleza de esas mamás lesbianas y a sus denuncias en torno a la discriminación que es posible continuar transformando a la sociedad.

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