/ lunes 31 de mayo de 2021

Jueces ordenan restablecer regulación a poder dominante de Pemex

Una de las empresas que obtuvo el beneficio del amparo fue la empresa Process Full

Jueces especializados en materia económica, concedieron dos suspensiones más contra las reformas de la Ley de Hidrocarburos, y el acuerdo mediante el cual el gobierno de la 4T le daba poder dominante a Petróleos Mexicanos (Pemex) para la comercialización de Hidrocarburos, Petrolíferos o Petroquímicos.

“Se concede la suspensión para el efecto de que se suspendan todas las consecuencias derivadas del Decreto por el que se reforma el texto original del artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Hidrocarburos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de mayo, así como del Acuerdo”, señalaron los juzgados Primero y Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones.

Una de las empresas que obtuvo el beneficio del amparo fue la empresa Process Full por el Juzgado Segundo de Distrito, al determinar que la medida tiene la finalidad de que Pemex busca evitar la dominación del mercado.

La empresa impugnó la reforma al artículo décimo tercero de la Ley de Hidrocarburos publicada el 19 de mayo pasado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y el Acuerdo A/015/2021, a lo cual los jueces especializados le dieron la razón.

De la Peza y Gómez Fierro mencionaron que la medida debe de ser aplicada a todo el sector hasta que se determine si se niega o concede la medida definitiva. “Se concede la suspensión para el efecto de que se suspendan todas las consecuencias derivadas del Decreto por el que se reforma el texto original del artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Hidrocarburos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el diecinueve de mayo de dos mil veintiuno, así como del Acuerdo A/015/202”, señalan ambos acuerdos de los jueces.

Como en otras ocasiones, los jueces indicaron que la medida es aplicable a todo el sector, ya de lo que lo contrario se daría preferencia y ventaja a una sola empresa sobre las otras.

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“Dicho en otras palabras, por la propia naturaleza de las normas cuestionadas, es lógico que el efecto de la suspensión implica necesariamente el restablecimiento provisional de la regulación asimétrica que tenía por objeto limitar el poder dominante de Petróleos Mexicanos, lo que innegablemente tendrá como consecuencia que dicha medida cautelar abarque a todos los participantes del sector en los que impacta la referida regulación”.

Jueces especializados en materia económica, concedieron dos suspensiones más contra las reformas de la Ley de Hidrocarburos, y el acuerdo mediante el cual el gobierno de la 4T le daba poder dominante a Petróleos Mexicanos (Pemex) para la comercialización de Hidrocarburos, Petrolíferos o Petroquímicos.

“Se concede la suspensión para el efecto de que se suspendan todas las consecuencias derivadas del Decreto por el que se reforma el texto original del artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Hidrocarburos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de mayo, así como del Acuerdo”, señalaron los juzgados Primero y Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones.

Una de las empresas que obtuvo el beneficio del amparo fue la empresa Process Full por el Juzgado Segundo de Distrito, al determinar que la medida tiene la finalidad de que Pemex busca evitar la dominación del mercado.

La empresa impugnó la reforma al artículo décimo tercero de la Ley de Hidrocarburos publicada el 19 de mayo pasado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y el Acuerdo A/015/2021, a lo cual los jueces especializados le dieron la razón.

De la Peza y Gómez Fierro mencionaron que la medida debe de ser aplicada a todo el sector hasta que se determine si se niega o concede la medida definitiva. “Se concede la suspensión para el efecto de que se suspendan todas las consecuencias derivadas del Decreto por el que se reforma el texto original del artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Hidrocarburos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el diecinueve de mayo de dos mil veintiuno, así como del Acuerdo A/015/202”, señalan ambos acuerdos de los jueces.

Como en otras ocasiones, los jueces indicaron que la medida es aplicable a todo el sector, ya de lo que lo contrario se daría preferencia y ventaja a una sola empresa sobre las otras.

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“Dicho en otras palabras, por la propia naturaleza de las normas cuestionadas, es lógico que el efecto de la suspensión implica necesariamente el restablecimiento provisional de la regulación asimétrica que tenía por objeto limitar el poder dominante de Petróleos Mexicanos, lo que innegablemente tendrá como consecuencia que dicha medida cautelar abarque a todos los participantes del sector en los que impacta la referida regulación”.

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