/ martes 17 de enero de 2017

Multa Cofece a Soriana con más de 2.4 millones de pesos

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) multócon más de 2.4 millones de pesos a Organización Soriana porincumplir dos condiciones para la adquisición de diversas tiendasy otros activos de Comercial Mexicana.

Mediante un comunicado, el organismo antimonopolios explicó quedicha sanción al agente económico se debió a que presentó ladeclaración única fuera del plazo, así como nueve declaracionesperiódicas que estaba obligado a entregar.

Señaló que en el caso de la declaración única, Sorianadebió presentarla dentro de los 30 días naturales siguientes a lafecha de cierre de la operación, bajo protesta de decir verdad,con información detallada sobre las acciones y con las medidasrealizadas para cumplir con las estipulaciones de separaciónprevistas en la resolución.

De igual forma, quedó sujeta a presentar declaracionesperiódicas con información respecto a las formas y elcumplimiento de sus obligaciones de desinversión dentro de los 30días naturales siguientes a la fecha de cierre, en el caso de laprimera declaración periódica, y cada 30 días naturales a partirde entonces, para las siguientes.

El organismo recordó que en febrero de 2015, Soriana yComercial Mexicana notificaron a la Cofece una concentración,donde la primera anunció su interés por adquirir 159 tiendas ydiversos activos de la segunda, algunos de los cuales consistíanen inmuebles arrendados a terceras personas, para que fueraautorizada.

En octubre de ese año la Cofece impuso condiciones para evitarque la operación presentada en sus términos originales pusiera enriesgo el proceso de competencia y libre concurrencia en el mercadode tiendas de autoservicio a través de formatos de hiper ymegamercados, supermercados y bodegas.

En ese contexto, Soriana quedó sujeta, entre variascondiciones, a abstenerse de adquirir diversas tiendas propiedad deComercial Mexicana o comprarlas, para venderlas en un periodoestablecido.

Refirió que estas unidades están ubicadas en 27 mercados enlos que se identificaron riesgos de elevadas participaciones demercado o posibilidades de fortalecer barreras a la entrada paranuevos competidores, en especial relacionadas con el desarrollo deredes de distribución, altos costos de inversión y escasez deespacios comerciales.

Al subrayar que estas y otras condiciones impuestas sonobligatorias, recordó que el Artículo 127 de la Ley Federal deCompetencia Económica (LFCE) prevé la imposición de una sanciónpor incumplimiento de condiciones fijadas en la resolución de unaconcentración, la cual es disuasiva al buscar promover elcumplimiento de las resoluciones y atender el principio deproporcionalidad.

La Cofece precisó que Soriana conocía la obligación depresentar la declaración única, así como las declaracionesperiódicas en los plazos establecidos en la resolución emitidapor el pleno, y sabía cuál era la información que debíapresentar a través de ellas, no solo porque se le notificó, sinoporque aceptó las obligaciones.

Sin embargo, Soriana no presentó esa información en el plazoestablecido, con lo cual incumplió con un elemento que seconsideró necesario para verificar la presentación de lasobligaciones impuestas, con objeto de prevenir los riesgosidentificados por la Comisión.

En la resolución de esta sanción, el pleno del organismoaclaró que no existe señalamiento alguno en contra de Sorianarespecto a la realización de una práctica monopólica oconcentración ilícita.

Finalmente, y en cuanto a las condiciones impuestas paracorregir los riesgos detectados con motivo de la concentraciónentre Soriana y Comercial Mexicana, la Cofece puntualizó que losprocedimientos que se desahogan se llevan a cabo con normalidad, enlas formas y plazos que establece la normativa de competenciaeconómica. (Notimex)

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) multócon más de 2.4 millones de pesos a Organización Soriana porincumplir dos condiciones para la adquisición de diversas tiendasy otros activos de Comercial Mexicana.

Mediante un comunicado, el organismo antimonopolios explicó quedicha sanción al agente económico se debió a que presentó ladeclaración única fuera del plazo, así como nueve declaracionesperiódicas que estaba obligado a entregar.

Señaló que en el caso de la declaración única, Sorianadebió presentarla dentro de los 30 días naturales siguientes a lafecha de cierre de la operación, bajo protesta de decir verdad,con información detallada sobre las acciones y con las medidasrealizadas para cumplir con las estipulaciones de separaciónprevistas en la resolución.

De igual forma, quedó sujeta a presentar declaracionesperiódicas con información respecto a las formas y elcumplimiento de sus obligaciones de desinversión dentro de los 30días naturales siguientes a la fecha de cierre, en el caso de laprimera declaración periódica, y cada 30 días naturales a partirde entonces, para las siguientes.

El organismo recordó que en febrero de 2015, Soriana yComercial Mexicana notificaron a la Cofece una concentración,donde la primera anunció su interés por adquirir 159 tiendas ydiversos activos de la segunda, algunos de los cuales consistíanen inmuebles arrendados a terceras personas, para que fueraautorizada.

En octubre de ese año la Cofece impuso condiciones para evitarque la operación presentada en sus términos originales pusiera enriesgo el proceso de competencia y libre concurrencia en el mercadode tiendas de autoservicio a través de formatos de hiper ymegamercados, supermercados y bodegas.

En ese contexto, Soriana quedó sujeta, entre variascondiciones, a abstenerse de adquirir diversas tiendas propiedad deComercial Mexicana o comprarlas, para venderlas en un periodoestablecido.

Refirió que estas unidades están ubicadas en 27 mercados enlos que se identificaron riesgos de elevadas participaciones demercado o posibilidades de fortalecer barreras a la entrada paranuevos competidores, en especial relacionadas con el desarrollo deredes de distribución, altos costos de inversión y escasez deespacios comerciales.

Al subrayar que estas y otras condiciones impuestas sonobligatorias, recordó que el Artículo 127 de la Ley Federal deCompetencia Económica (LFCE) prevé la imposición de una sanciónpor incumplimiento de condiciones fijadas en la resolución de unaconcentración, la cual es disuasiva al buscar promover elcumplimiento de las resoluciones y atender el principio deproporcionalidad.

La Cofece precisó que Soriana conocía la obligación depresentar la declaración única, así como las declaracionesperiódicas en los plazos establecidos en la resolución emitidapor el pleno, y sabía cuál era la información que debíapresentar a través de ellas, no solo porque se le notificó, sinoporque aceptó las obligaciones.

Sin embargo, Soriana no presentó esa información en el plazoestablecido, con lo cual incumplió con un elemento que seconsideró necesario para verificar la presentación de lasobligaciones impuestas, con objeto de prevenir los riesgosidentificados por la Comisión.

En la resolución de esta sanción, el pleno del organismoaclaró que no existe señalamiento alguno en contra de Sorianarespecto a la realización de una práctica monopólica oconcentración ilícita.

Finalmente, y en cuanto a las condiciones impuestas paracorregir los riesgos detectados con motivo de la concentraciónentre Soriana y Comercial Mexicana, la Cofece puntualizó que losprocedimientos que se desahogan se llevan a cabo con normalidad, enlas formas y plazos que establece la normativa de competenciaeconómica. (Notimex)

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