/ lunes 20 de febrero de 2017

Reprobadas en transparencia, entidades de ahorro y crédito popular

Las entidades financieras del sector Ahorro y Crédito Popularobtuvieron una calificación reprobatoria de 3.0 puntos en lasegunda supervisión de 2016 en materia de transparencia delproducto “crédito en cuenta corriente (línea de crédito)”.Así lo informó la Comisión Nacional para la Protección yDefensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), aldetallar que en esta evaluación se consideraron siete SociedadesCooperativas de Ahorro y Préstamo (Socap) y tres SociedadesFinancieras Populares (Sofipo).

Aclaró que a dos Socap no fue posible realizarles laevaluación porque dejaron de ofrecer el producto, o bien, no hubocontratación de crédito dentro del periodo solicitado.

La información indica que mientras que una Sofipo dejó decolocar el producto, por lo que solo cumplieron con todo elprocedimiento siete entidades, aprobando únicamente dos deellas.

Recordó que el crédito en cuenta corriente o línea decrédito es otorgado por una institución financiera, con un montolímite para ser usado en cualquier momento y debe ser cubierto enlos plazos que se indiquen en el contrato.

Da derecho al acreditado a hacer disposiciones antes de la fechafijada para la liquidación, en reembolso parcial o total de lasdisposiciones que previamente hubiere hecho.

Este crédito ocasiona el pago de intereses únicamente sobre elmonto que se haya utilizado y dependiendo del caso, también puedeoriginar comisiones por su utilización y/o por seguros asociados,añadió.

Explicó que la supervisión en materia de transparenciafinanciera se realiza con base en el análisis de expedientesreales de clientes contratantes del producto, considerando elcontrato, la carátula, los estados de cuenta, comprobantes deoperación, y además se revisa la publicidad y el contenido de lapágina de Internet institucional relacionada con el tipo decrédito que se evalúa.

Dada la importancia de este tipo de crédito en el sector, seconsidera que a partir de un contrato claro, un estado de cuentaentendible e información suficiente y transparente, se estaránsentando las bases para el desarrollo de un mejor producto quepermita al usuario decidir cuál es el que más se adecúe a susnecesidades.

La Condusef señaló que si bien el promedio de calificación delas Sofipo y Socap mejoró en esta segunda supervisión, losresultados en general, continuaron siendo negativos, con uncalificación final promedio de 3.0 puntos, desde 1.65 puntos de laevaluación previa.

Para el caso de las Sofipo, en ambas supervisiones ningunaentidad obtuvo calificación aprobatoria, por lo que el promedio decalificación en el sector pasó de 0.9 a 1.0. En el caso de lasupervisión de cinco Socap en la segunda supervisión, solo dosaprobaron: Caja Popular Cristóbal Colón con 10.0 después dereprobar con 4.3 en la primera evaluación; y Caja Popular Mexicanacon 7.3 después de obtener 2.9 en la primera revisión, lo quedemuestra que sí se puede cumplir con la norma aplicable.

De esta forma, la calificación promedio de las cinco Socapsupervisadas mejoró al pasar de 2.4 en la primera revisión a 4.9en la segunda. Sobre el cumplimiento normativo de las entidadesfinancieras supervisadas, el organismo apuntó que si bien lasprincipales observaciones pasaron de 383 a 130 entre la primera ysegunda revisión, aún son relevantes, lo que conlleva laaplicación de diversas sanciones económicas.

De la primera revisión se iniciaron 10 procesos de sanción alas entidades financieras por distintas causas, como utilizarcontratos, estados de cuenta y publicidad que incumplen la norma,así como no realizar los cambios ordenados, situación que podríaser similar en esta segunda evaluación.

La Condusef aclaró que en el proceso de supervisión, no juzgala viabilidad de la institución, ni tampoco aspectos decosto-beneficio (comisiones y costos) o la bondad del producto.

Las entidades financieras del sector Ahorro y Crédito Popularobtuvieron una calificación reprobatoria de 3.0 puntos en lasegunda supervisión de 2016 en materia de transparencia delproducto “crédito en cuenta corriente (línea de crédito)”.Así lo informó la Comisión Nacional para la Protección yDefensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), aldetallar que en esta evaluación se consideraron siete SociedadesCooperativas de Ahorro y Préstamo (Socap) y tres SociedadesFinancieras Populares (Sofipo).

Aclaró que a dos Socap no fue posible realizarles laevaluación porque dejaron de ofrecer el producto, o bien, no hubocontratación de crédito dentro del periodo solicitado.

La información indica que mientras que una Sofipo dejó decolocar el producto, por lo que solo cumplieron con todo elprocedimiento siete entidades, aprobando únicamente dos deellas.

Recordó que el crédito en cuenta corriente o línea decrédito es otorgado por una institución financiera, con un montolímite para ser usado en cualquier momento y debe ser cubierto enlos plazos que se indiquen en el contrato.

Da derecho al acreditado a hacer disposiciones antes de la fechafijada para la liquidación, en reembolso parcial o total de lasdisposiciones que previamente hubiere hecho.

Este crédito ocasiona el pago de intereses únicamente sobre elmonto que se haya utilizado y dependiendo del caso, también puedeoriginar comisiones por su utilización y/o por seguros asociados,añadió.

Explicó que la supervisión en materia de transparenciafinanciera se realiza con base en el análisis de expedientesreales de clientes contratantes del producto, considerando elcontrato, la carátula, los estados de cuenta, comprobantes deoperación, y además se revisa la publicidad y el contenido de lapágina de Internet institucional relacionada con el tipo decrédito que se evalúa.

Dada la importancia de este tipo de crédito en el sector, seconsidera que a partir de un contrato claro, un estado de cuentaentendible e información suficiente y transparente, se estaránsentando las bases para el desarrollo de un mejor producto quepermita al usuario decidir cuál es el que más se adecúe a susnecesidades.

La Condusef señaló que si bien el promedio de calificación delas Sofipo y Socap mejoró en esta segunda supervisión, losresultados en general, continuaron siendo negativos, con uncalificación final promedio de 3.0 puntos, desde 1.65 puntos de laevaluación previa.

Para el caso de las Sofipo, en ambas supervisiones ningunaentidad obtuvo calificación aprobatoria, por lo que el promedio decalificación en el sector pasó de 0.9 a 1.0. En el caso de lasupervisión de cinco Socap en la segunda supervisión, solo dosaprobaron: Caja Popular Cristóbal Colón con 10.0 después dereprobar con 4.3 en la primera evaluación; y Caja Popular Mexicanacon 7.3 después de obtener 2.9 en la primera revisión, lo quedemuestra que sí se puede cumplir con la norma aplicable.

De esta forma, la calificación promedio de las cinco Socapsupervisadas mejoró al pasar de 2.4 en la primera revisión a 4.9en la segunda. Sobre el cumplimiento normativo de las entidadesfinancieras supervisadas, el organismo apuntó que si bien lasprincipales observaciones pasaron de 383 a 130 entre la primera ysegunda revisión, aún son relevantes, lo que conlleva laaplicación de diversas sanciones económicas.

De la primera revisión se iniciaron 10 procesos de sanción alas entidades financieras por distintas causas, como utilizarcontratos, estados de cuenta y publicidad que incumplen la norma,así como no realizar los cambios ordenados, situación que podríaser similar en esta segunda evaluación.

La Condusef aclaró que en el proceso de supervisión, no juzgala viabilidad de la institución, ni tampoco aspectos decosto-beneficio (comisiones y costos) o la bondad del producto.

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