/ lunes 25 de septiembre de 2023

Sader publica límite para pesca de atún en el Pacífico: flota mexicana podrá captura 7 mil toneladas

El límite a la captura de especies marinas busca permitir la recuperación de sus poblaciones

A partir de hoy 25 de septiembre, la flota mexicana podrá capturar hasta 7 mil 307 toneladas de atún aleta azul (Thunnus orientalis), en aguas de jurisdicción federal del Océano Pacifico y marinas que estén en el Área de Regulación de la Comisión Interamericana de Atún Tropical (CIAT), en 2023-2024.

Informa en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Secretaría de Agricultura, que este es el volumen de la captura permisible para el aprovechamiento de esta especie, que constituye una pesquería de importancia nacional en cuanto a la derrama económica que genera.

El CIAT, mediante documento número 0431-537 de fecha 14 de octubre de 2022, notificó a Conapesca que los límites de captura de la flota mexicana para 2023-2024 serán por 7 mil 307 toneladas.

La medida se aplicará sin rebasar en ningún caso las 4 mil 068 toneladas anuales.

Estas disposiciones aplican para las personas titulares de permisos y concesiones de pesca comercial y operarios de las embarcaciones mexicanas que se dedican al aprovechamiento de túnidos y que tengan autorización la captura de atún aleta azul.

De acuerdo a la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca) y la opinión técnica del Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (Inapesca), esta medida contribuye con la recuperación de las poblaciones de la especie en el área de la Convención de la CIAT.

Para el caso de embarcaciones con operación regulada por la NOM-001-SAG/PESC-2013, que se publicó el 16 de enero de 2014, a través de Conapesca se notificará por escrito el volumen de captura permisible anual a los titulares de los permisos y concesiones correspondientes.

E igual con las embarcaciones menores y de mediana altura que operen en aguas marinas de jurisdicción federal de la costa occidental de Baja California, con puertos base en Ensenada y Rosarito.

Este acuerdo entra en vigor a partir de hoy 25 de septiembre de 2023. Quienes incumplan o contravengan las medidas, se harán acreedoras a las sanciones que establece la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y demás disposiciones legales aplicables.

La Secretaría de Agricultura a través de la Conapesca y la Secretaría de Marina, vigilarán el cumplimiento de este acuerdo, cada una de las dependencias en el ámbito de sus respectivas competencias.

Y la dependencia federal precisó que es conveniente regular y administrar el aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas y establecer las medidas administrativas y de control a que deberán sujetarse la pesca y la acuacultura así como los volúmenes de captura permisibles.



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A partir de hoy 25 de septiembre, la flota mexicana podrá capturar hasta 7 mil 307 toneladas de atún aleta azul (Thunnus orientalis), en aguas de jurisdicción federal del Océano Pacifico y marinas que estén en el Área de Regulación de la Comisión Interamericana de Atún Tropical (CIAT), en 2023-2024.

Informa en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Secretaría de Agricultura, que este es el volumen de la captura permisible para el aprovechamiento de esta especie, que constituye una pesquería de importancia nacional en cuanto a la derrama económica que genera.

El CIAT, mediante documento número 0431-537 de fecha 14 de octubre de 2022, notificó a Conapesca que los límites de captura de la flota mexicana para 2023-2024 serán por 7 mil 307 toneladas.

La medida se aplicará sin rebasar en ningún caso las 4 mil 068 toneladas anuales.

Estas disposiciones aplican para las personas titulares de permisos y concesiones de pesca comercial y operarios de las embarcaciones mexicanas que se dedican al aprovechamiento de túnidos y que tengan autorización la captura de atún aleta azul.

De acuerdo a la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca) y la opinión técnica del Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (Inapesca), esta medida contribuye con la recuperación de las poblaciones de la especie en el área de la Convención de la CIAT.

Para el caso de embarcaciones con operación regulada por la NOM-001-SAG/PESC-2013, que se publicó el 16 de enero de 2014, a través de Conapesca se notificará por escrito el volumen de captura permisible anual a los titulares de los permisos y concesiones correspondientes.

E igual con las embarcaciones menores y de mediana altura que operen en aguas marinas de jurisdicción federal de la costa occidental de Baja California, con puertos base en Ensenada y Rosarito.

Este acuerdo entra en vigor a partir de hoy 25 de septiembre de 2023. Quienes incumplan o contravengan las medidas, se harán acreedoras a las sanciones que establece la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y demás disposiciones legales aplicables.

La Secretaría de Agricultura a través de la Conapesca y la Secretaría de Marina, vigilarán el cumplimiento de este acuerdo, cada una de las dependencias en el ámbito de sus respectivas competencias.

Y la dependencia federal precisó que es conveniente regular y administrar el aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas y establecer las medidas administrativas y de control a que deberán sujetarse la pesca y la acuacultura así como los volúmenes de captura permisibles.



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