Niegan amparo a hija de El Ojos contra vinculación a proceso

Magistrados consideraron que hay datos de prueba suficientes para justificar la medida

Manrique Gandaria | El Sol de México 

  · martes 19 de noviembre de 2019

Foto: Especial

Un juez federal negó un amparo Diana Karen Pérez Ramírez La Princesa, hija del líder del Cártel de Tláhuac, José de Jesús Pérez Luna El Ojos, contra la vinculación a proceso por el delito de contra la salud y la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa.

Fueron magistrados del Segundo Tribunal Colegiado en materia penal quienes consideraron infundados los argumentos de la imputada por lo que ratificaron la sentencia del juez de amparo que le negó la protección de la justicia federal, al considerar que hay datos de prueba suficientes para justificar la emisión de la vinculación a proceso.

Acotaron que fue correcto que la juez responsable determinara que el representante social justificó la detención de Pérez Ramírez, pues se actualizó la figura de flagrancia, ya que se le detuvo en el momento de cometer un delito; situación corroborada en la diligencia de cateo practicada en el inmueble de referencia.

En su sentencia, refieren que si en el caso, además de colmarse los requisitos formales, obran datos de prueba con los que es factible establecer que se realizó un hecho que encuadra en la descripción típica del delito contra la salud en su modalidad de posesión con fines de comercio.

"Esto permiten sustentar la probable intervención de la quejosa en ese hecho, entonces, se reúnen los requisitos constitucionales y legales que se exigen para el dictado de un auto de vinculación a proceso, por consiguiente, como se estableció en la resolución recurrida, la Juez de Control estuvo en lo correcto al dictar el acto reclamado consistente en la vinculación a proceso", señala la sentencia.

Por otra parte, señala que no se violó el derecho de presunción de inocencia de la quejosa, toda vez que el juez e control, al analizar los datos de prueba ofrecidos por el Ministerio Público, partió de la base de que la imputada es inocente y que corresponde a la representación social la carga de ofrecer datos de prueba idóneos y pertinentes para establecer un hecho que la ley señala como delito y que es probable la participación en su comisión, lo cual aconteció.

Cabe recordar que en marzo de este año, Luis Felipe Pérez Flores El Felipillo, así como Diana Karen y Samantha Pérez Ramírez, líderes de la Unión Tepito, fueron detenidos por elementos de la entonces Procuraduría General de la República (PGR) y de la Secretaría de Marina.

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