/ jueves 6 de febrero de 2020

Niegan amparo a Rosario Robles por ejercicio indebido de servicio público

Pese a este revés Robles Berlanga, aún pude impugnar esta resolución ante un tribunal colegiado

A 24 horas de que un juez negara a Rosario Robles la libertad condicional, el juez Patricio Leopoldo Vargas Alarcón, titular del Juzgado Décimo de Distrito de Amparo en materia Penal, le negó la protección de la justicia federal contra la vinculación a proceso por el delito del ejercicio indebido del servicio público relacionado con la Estafa Maestra.

El impartidor de justicia resolvió la demanda de garantías que interpuso la ex secretaria de Desarrollo Social, el pasado 3 de septiembre de 2019, y en la que señaló como acto reclamado la vinculación a proceso dictado en la audiencia inicial del 13 de agosto de 2019 y su ejecución en la causa penal 314/2019.

En su resolución, el juez Leopoldo sostuvo: “Resuelve. Primero, se sobresee. Segundo, la Justicia de la Unión no ampara ni protege”.

Pese a este revés Robles Berlanga, aún puede impugnar esta resolución ante un tribunal colegiado. Sin embargo, el pasado 16 de diciembre de 2019, el Noveno Tribunal Colegiado en materia Penal resolvió confirmar la sentencia del juez Vargas Alarcón, quien le negó la suspensión definitiva a Robles Berlanga contra la vinculación a proceso.

En esa ocasión el juez argumentó que concederle la medida cautelar a la ex jefa de Gobierno contravendría disposiciones de orden público y se causaría perjuicio al interés social, pues los procedimientos jurisdiccionales son de orden público y la sociedad está interesada en que se lleven a cabo.

A 24 horas de que un juez negara a Rosario Robles la libertad condicional, el juez Patricio Leopoldo Vargas Alarcón, titular del Juzgado Décimo de Distrito de Amparo en materia Penal, le negó la protección de la justicia federal contra la vinculación a proceso por el delito del ejercicio indebido del servicio público relacionado con la Estafa Maestra.

El impartidor de justicia resolvió la demanda de garantías que interpuso la ex secretaria de Desarrollo Social, el pasado 3 de septiembre de 2019, y en la que señaló como acto reclamado la vinculación a proceso dictado en la audiencia inicial del 13 de agosto de 2019 y su ejecución en la causa penal 314/2019.

En su resolución, el juez Leopoldo sostuvo: “Resuelve. Primero, se sobresee. Segundo, la Justicia de la Unión no ampara ni protege”.

Pese a este revés Robles Berlanga, aún puede impugnar esta resolución ante un tribunal colegiado. Sin embargo, el pasado 16 de diciembre de 2019, el Noveno Tribunal Colegiado en materia Penal resolvió confirmar la sentencia del juez Vargas Alarcón, quien le negó la suspensión definitiva a Robles Berlanga contra la vinculación a proceso.

En esa ocasión el juez argumentó que concederle la medida cautelar a la ex jefa de Gobierno contravendría disposiciones de orden público y se causaría perjuicio al interés social, pues los procedimientos jurisdiccionales son de orden público y la sociedad está interesada en que se lleven a cabo.

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