/ jueves 21 de marzo de 2024

¿Qué pasa si desaparecen los poderes en un estado?

Hasta el momento, se ha solicitado desaparecer los poderes de Guerrero, Guanajuato y Campeche

En los últimos días, el Senado ha recibido solicitudes por parte de grupos parlamentarios para desaparecer los poderes de tres estados de la República. Guerrero, Guanajuato y Campeche.

Las solicitudes, que han realizado los partidos, se deben a diversos motivos. En el caso de Guerrero, el PAN realizó la petición ante la “ingobernabilidad registrada por el contubernio entre las autoridades estatales y el crimen organizado”.

Por su parte, la senadora Antares Vázquez Alatorre sugirió desaparecer los poderes en Guanajuato al considerar que hay un “abandono de funciones del gobernador de la entidad, del Congreso del estado y su Poder Judicial”.

Por último, el PRI pidió al Senado desaparecer los poderes de Campeche "por la falta de soluciones por parte de la gobernadora Layda Sansores quien", aseguran, "ha dejado a la deriva la seguridad del estado y ha dado entrada al crimen organizado".

¿Qué pasa si desaparecen los poderes en un estado?

En ese contexto, si desaparecen los poderes en un estado el gobernador no podría seguir ejerciendo como tal; y también quedarían inhabilitadas las funciones del poder legislativo o judicial en la entidad, de acuerdo con la Secretaría de Gobernación.

Aunque el decreto se denomina “declaratoria de desaparición de los poderes”, este no indica que como tal el estado se quedará sin gobierno; sino que los poderes constitucionales deberán ser depositados en otras personas, es decir, se reconstruirán.

¿Quién puede declarar la desaparición de poderes en un estado?

El Artículo 76 de la Constitución Mexicana establece que es una facultad exclusiva del Senado de la República el declarar la desaparición de poderes. En caso de que se active, o apruebe el mecanismo para cualquier estado, iniciará la declaratoria de desaparición de poderes para que inmediatamente el gobernador en turno se remueva del cargo, y se designe a un gobernador, o gobernadora, provisional.

¿Quién decide al gobernador provisional cuando desaparecen los poderes en un estado?

De acuerdo con el Artículo 76 de la Constitución Mexicana, en caso de la desaparición de poderes el presidente es quien decide al gobernador provisional de la siguiente forma:

  • Primero envía tres propuestas de gobernadores provisionales al Senado
  • El Senado votará por la terna y será elegido como gobernador provisional la persona que tenga la aprobación de las dos terceras partes de la Cámara
  • Finalmente, el gobernador provisional, o también conocido como interino, deberá convocar a elecciones estatales y no será elegible para ese cargo.

¿En qué casos se puede solicitar la desaparición de poderes?

La solicitud de desaparición de poderes de un estado se puede realizar en caso de que los titulares de los poderes constitucionales realicen alguna de las siguientes acciones:

  • Quebranten los principios del régimen federal
  • Abandonen sus funciones, en caso de que no sea un asunto de fuerza mayor
  • Estén imposibilitados para ejercer sus funciones, con lo que afectarían la vida del Estado al impedir el orden jurídico
  • Prorroguen su mandato después de cumplir el sexenio, o periodo al que fueron electos o nombrados
  • Cuando adopten otra forma de gobierno distinta a la que establece la Constitución

En los últimos días, el Senado ha recibido solicitudes por parte de grupos parlamentarios para desaparecer los poderes de tres estados de la República. Guerrero, Guanajuato y Campeche.

Las solicitudes, que han realizado los partidos, se deben a diversos motivos. En el caso de Guerrero, el PAN realizó la petición ante la “ingobernabilidad registrada por el contubernio entre las autoridades estatales y el crimen organizado”.

Por su parte, la senadora Antares Vázquez Alatorre sugirió desaparecer los poderes en Guanajuato al considerar que hay un “abandono de funciones del gobernador de la entidad, del Congreso del estado y su Poder Judicial”.

Por último, el PRI pidió al Senado desaparecer los poderes de Campeche "por la falta de soluciones por parte de la gobernadora Layda Sansores quien", aseguran, "ha dejado a la deriva la seguridad del estado y ha dado entrada al crimen organizado".

¿Qué pasa si desaparecen los poderes en un estado?

En ese contexto, si desaparecen los poderes en un estado el gobernador no podría seguir ejerciendo como tal; y también quedarían inhabilitadas las funciones del poder legislativo o judicial en la entidad, de acuerdo con la Secretaría de Gobernación.

Aunque el decreto se denomina “declaratoria de desaparición de los poderes”, este no indica que como tal el estado se quedará sin gobierno; sino que los poderes constitucionales deberán ser depositados en otras personas, es decir, se reconstruirán.

¿Quién puede declarar la desaparición de poderes en un estado?

El Artículo 76 de la Constitución Mexicana establece que es una facultad exclusiva del Senado de la República el declarar la desaparición de poderes. En caso de que se active, o apruebe el mecanismo para cualquier estado, iniciará la declaratoria de desaparición de poderes para que inmediatamente el gobernador en turno se remueva del cargo, y se designe a un gobernador, o gobernadora, provisional.

¿Quién decide al gobernador provisional cuando desaparecen los poderes en un estado?

De acuerdo con el Artículo 76 de la Constitución Mexicana, en caso de la desaparición de poderes el presidente es quien decide al gobernador provisional de la siguiente forma:

  • Primero envía tres propuestas de gobernadores provisionales al Senado
  • El Senado votará por la terna y será elegido como gobernador provisional la persona que tenga la aprobación de las dos terceras partes de la Cámara
  • Finalmente, el gobernador provisional, o también conocido como interino, deberá convocar a elecciones estatales y no será elegible para ese cargo.

¿En qué casos se puede solicitar la desaparición de poderes?

La solicitud de desaparición de poderes de un estado se puede realizar en caso de que los titulares de los poderes constitucionales realicen alguna de las siguientes acciones:

  • Quebranten los principios del régimen federal
  • Abandonen sus funciones, en caso de que no sea un asunto de fuerza mayor
  • Estén imposibilitados para ejercer sus funciones, con lo que afectarían la vida del Estado al impedir el orden jurídico
  • Prorroguen su mandato después de cumplir el sexenio, o periodo al que fueron electos o nombrados
  • Cuando adopten otra forma de gobierno distinta a la que establece la Constitución

Finanzas

SAT recupera 109 mdp por juicios al cierre de marzo

El fisco se enfrentó con contribuyentes que tenían adeudos o inconsistencias en sus declaraciones

Política

AMLO quiere comisión de 1.5% para el Banco del Bienestar por dispersar programas sociales

De acuerdo con la iniciativa presentada al Congreso, la comisión no se trasladaría a los usuarios, por lo que seguirán retirando sus depósitos de manera gratuita

Sociedad

Ola de violencia en Zacatecas deja 22 asesinatos en cuatro días

El martes fueron localizados 10 cuerpos en los municipios de Fresnillo y Guadalupe, además, en una decena de municipios se realizaron bloqueos carreteros

Justicia

Identifican a tres víctimas del presunto feminicida de Iztacalco

Las familias de las tres víctimas identificadas del presunto feminicida de Iztacalco ya fueron notificadas de los resultados

CDMX

Novias fugitivas: desalojan locales de la Calle de las Novias en CDMX

Un grupo de personas sacó las pertenencias de dos negocios en la calle de República de Chile

Mundo

América Latina registró un récord por desastres naturales en 2023

La Organización Meteorológica Mundial confirmó que el año pasado fue el más cálido desde que hay registro