/ sábado 13 de mayo de 2023

Suprema Corte discute transparencia en el gobierno de la 4T

El gobierno resolverá en esta sesi el gobierno cuenta con esta facultad o no

El decreto por el que el presidente Andrés Manuel López Obrador ordenó declarar todas las obras de su gobierno como de seguridad nacional y por ende clasificar la información como confidencial será discutido esta semana por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El proyecto se desprende de la controversia constitucional 217/2021 presentada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) en contra del acuerdo presidencial que entró en vigor en noviembre del 2021.

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Dicho organismo autónomo busca que éste sea declarado invalido en lo que respecta a la clasificación de la información de los proyectos de infraestructura, pues advirtió que esto va en contra del principio de máxima publicidad y el acceso a la información pública.

Entre sus argumentos, señaló que con la publicación del llamado “decretazo” se transgredieron los principios de supremacía constitucional y legalidad, porque se realizó una reserva anticipada y generalizada de la información relativa a proyectos y obras, situación que debería analizarse caso por caso.

Cuando se publicó el decreto controvertido, el presidente López Obrador argumentó por su parte, que éste se daba ante la necesidad de terminar obras como el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, el Tren Maya, la refinería de Dos Bocas, entre otras, las cuales se habían retrasado derivado de los amparos promovidos en su contra.

De esta manera, su administración sorteaba procesos de revisión ambiental y los trámites de permisos correspondientes para la construcción de los “proyectos y obras a cargo del Gobierno de México asociados a infraestructura de los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades energético, puertos, aeropuertos y aquellos que, por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios y/o estratégicos para el desarrollo nacional”.

Además, dio un plazo de cinco días a partir de la publicación del decreto para que las autoridades y entidades de la Administración Pública Federal entregaran las autorizaciones, permisos, dictámenes o licencias necesarias para iniciar o continuar, según fuera el caso, con los trabajos de construcción.

Aunque en el acuerdo no se establece explícitamente la clasificación de la información, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública refiera que podrá ser declarada confidencial aquella relacionada con la seguridad nacional, es decir, a partir de la publicación del decreto, toda la que tuviera que ver con las obras de infraestructura del gobierno.

Ante esta situación fue que el INAI se inconformó y presentó la controversia constitucional ante la SCJN, la cual le otorgó una suspensión provisional para que el gobierno no pudiera catalogar la información como tal.

Sin embargo, esta semana el Máximo Tribunal discutirá el asunto de fondo y resolverá si el gobierno cuenta con esta facultad o no.

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El proyecto aún no ha sido publicado, por lo que se desconoce el sentido de la propuesta a cargo del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, aunque de acuerdo con el antecedente, se le podría dar la razón una vez más al INAI.

El decreto por el que el presidente Andrés Manuel López Obrador ordenó declarar todas las obras de su gobierno como de seguridad nacional y por ende clasificar la información como confidencial será discutido esta semana por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El proyecto se desprende de la controversia constitucional 217/2021 presentada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) en contra del acuerdo presidencial que entró en vigor en noviembre del 2021.

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Dicho organismo autónomo busca que éste sea declarado invalido en lo que respecta a la clasificación de la información de los proyectos de infraestructura, pues advirtió que esto va en contra del principio de máxima publicidad y el acceso a la información pública.

Entre sus argumentos, señaló que con la publicación del llamado “decretazo” se transgredieron los principios de supremacía constitucional y legalidad, porque se realizó una reserva anticipada y generalizada de la información relativa a proyectos y obras, situación que debería analizarse caso por caso.

Cuando se publicó el decreto controvertido, el presidente López Obrador argumentó por su parte, que éste se daba ante la necesidad de terminar obras como el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, el Tren Maya, la refinería de Dos Bocas, entre otras, las cuales se habían retrasado derivado de los amparos promovidos en su contra.

De esta manera, su administración sorteaba procesos de revisión ambiental y los trámites de permisos correspondientes para la construcción de los “proyectos y obras a cargo del Gobierno de México asociados a infraestructura de los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades energético, puertos, aeropuertos y aquellos que, por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios y/o estratégicos para el desarrollo nacional”.

Además, dio un plazo de cinco días a partir de la publicación del decreto para que las autoridades y entidades de la Administración Pública Federal entregaran las autorizaciones, permisos, dictámenes o licencias necesarias para iniciar o continuar, según fuera el caso, con los trabajos de construcción.

Aunque en el acuerdo no se establece explícitamente la clasificación de la información, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública refiera que podrá ser declarada confidencial aquella relacionada con la seguridad nacional, es decir, a partir de la publicación del decreto, toda la que tuviera que ver con las obras de infraestructura del gobierno.

Ante esta situación fue que el INAI se inconformó y presentó la controversia constitucional ante la SCJN, la cual le otorgó una suspensión provisional para que el gobierno no pudiera catalogar la información como tal.

Sin embargo, esta semana el Máximo Tribunal discutirá el asunto de fondo y resolverá si el gobierno cuenta con esta facultad o no.

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El proyecto aún no ha sido publicado, por lo que se desconoce el sentido de la propuesta a cargo del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, aunque de acuerdo con el antecedente, se le podría dar la razón una vez más al INAI.

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