Senadores de oposición presentan recurso contra Ley Zaldívar

El artículo impugnado ordena prorrogar por dos años la duración en el ejercicio del cargo del actual presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

Gabriel Xantomila | El Sol de México

  · miércoles 16 de junio de 2021

Foto Laura Lovera | El Sol de México

El bloque opositor en el Senado presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una acción de inconstitucionalidad en contra de prorrogar por dos años la permanencia del actual presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar.

El recurso legal de las y los senadores de diversos grupos parlamentarios, va en contra del Artículo Décimo Tercero Transitorio del Decreto, por el que se emitieron las leyes reglamentarias y reformas a normas secundarias que materializa la reciente reforma constitucional al Poder Judicial de la Federación.

El artículo impugnado ordena prorrogar por dos años la duración en el ejercicio del cargo del actual presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de los actuales consejeros que integran el Consejo de la Judicatura Federal.

Entre los argumentos, prorrogar la duración en el ejercicio del cargo de los servidores públicos mencionados, atenta directamente en contra del principio de división de poderes sobre el que se encuentra construido nuestro sistema constitucional; exceder la duración establecida por la Constitución respecto al ejercicio de estos cargos, impacta a la independencia y autonomía judicial, eje central de cualquier Estado de derecho democrático.

Dice el bloque del PAN, PRI, PRD y MC, que el Artículo Décimo Tercero Transitorio impugnado es resultado de un proceso legislativo que vulneró el derecho a la participación de las minorías parlamentarias en condiciones de libertad e igualdad, de deliberación informada y de discusión pública en el ejercicio de la función legislativa.

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Además, la minoría parlamentaria del Senado de la República promovente, solicita que la acción de inconstitucionalidad presentada sea resuelta de manera preferente, o bien, en la misma sesión, de la que, en su caso, resuelva la consulta entre los ministros, con el fin de garantizar que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación atienda los argumentos puestos a su consideración por las senadoras y los senadores firmantes, como parte legitimada para cuestionar la constitucionalidad del Artículo Décimo Tercero Transitorio.