/ jueves 21 de abril de 2022

El agua del molino | El estado y las empresas privadas

La llamada rectoría económica del Estado es un principio constitucional de primer rango. En efecto, el artículo 25 de la Constitución define con absoluta claridad aquélla garantía enfatizando que la soberanía nacional y la democracia son los pilares del desarrollo en el país. El articulo del caso es minucioso y extenso pero tiene como punto de partida esos principios. Sin embargo, en el ejercicio de la democracia se han atomizado los intereses de toda clase al respecto. ¿Qué ha sucedido aquí en realidad? Que como en toda democracia, de suyo dinámica, lo esencial casi se pulveriza cimbrándose así el edificio constitucional. Es decir, sucede algo similar a si se debilitaran, o en el extremo quitaran, los arcos que sostienen el techo de un edificio. Sobrevendía el derrumbe constitucional. Voy a lo siguiente. Pienso en principio que el sustento constitucional, en lo general y en lo particular de cada artículo, es muy simple o sencillo y que en pocas palabras se enuncia. Por ejemplo, y en lo que concierne al tema que trato, soberanía y democracia dan por resultado el desarrollo. No hay más, y todo lo que se aleje de esto desviará el camino. Pero discusión tras discusión, interés tras interés, van alejándose de la ruta esencial y dejando a lo lejos “un mayor crecimiento económico”, “la promoción de la inversión”, y “la generación de empleo”. Así se pierde la luz que orienta el punto de partida.

Ahora bien, se trata de las discusiones bizantinas tan frecuentes en los parlamentos, artificiosas de suyo y que nebulizan, repito, la idea original. Como dice el refrán, hay que ir al grano. Afirma Werner Jaeger, el famoso autor de la “Paideia: los ideales de la cultura griega”, que aunque se hubieran perdido para siempre los textos constitucionales de Aristóteles, su idea es de sobra conocida pues se deriva a su vez de los conceptos básicos del estagirita. O sea, ni mil tratados sobre el arte gótico nos dicen, por ejemplo, lo que una sola ojiva de la catedral de Chartres. En suma, el Estado y las empresas privadas están al servicio de un mismo fin, que es el fin específico del Estado. Y no es difícil detectar todo aquello que pretenda nulificar su rectoría -siempre en beneficio del pueblo- y favorecer a un sector de la sociedad que por más poder económico que tenga lleva la carga de distribuirse entre los menos. ¿Pero a qué Poder corresponde en realidad vigilar que el Estado no sacrifique sus fines -me refiero a los hombres que lo representan- alterando lo que tutela y consagra la Constitución? Al Poder Legislativo. Pero hay tres fuerzas que deben mantener el equilibrio: el Estado, la Constitución y las empresas. No se trata de anular la iniciativa de los empresarios, ni de hacer del Estado un poder totalitario ni de la Constitución un cuerpo rígido, inflexible, marmóreo -al final de cuentas una lápida-, sino de que los representantes populares apliquen la Constitución en su substancia y sin irse, como se dice, por las ramas. Aquí la prioridad del Estado es la prioridad de todos, y en tanto los empresarios no se sientan parte de esa prioridad, abandonarán su función social. La verdadera empresa se integra al núcleo social. Por lo mismo el Poder Legislativo es el único que tiene facultades para poner los medios que lo logren. Es muy claro, no hay rectoría del desarrollo nacional sin empresas y no hay empresas sin Estado; siendo que el Poder Legislativo es parte esencial del Estado. Que se cumpla con esto, sin hundirse en un marasmo de complicaciones, intereses y reglas que paralizan el progreso.


PROFESOR EMÉRITO DE LA UNAM

PREMIO UNIVERSIDAD NACIONAL


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Y Facebook: www.facebook.com/despacho raulcarranca


La llamada rectoría económica del Estado es un principio constitucional de primer rango. En efecto, el artículo 25 de la Constitución define con absoluta claridad aquélla garantía enfatizando que la soberanía nacional y la democracia son los pilares del desarrollo en el país. El articulo del caso es minucioso y extenso pero tiene como punto de partida esos principios. Sin embargo, en el ejercicio de la democracia se han atomizado los intereses de toda clase al respecto. ¿Qué ha sucedido aquí en realidad? Que como en toda democracia, de suyo dinámica, lo esencial casi se pulveriza cimbrándose así el edificio constitucional. Es decir, sucede algo similar a si se debilitaran, o en el extremo quitaran, los arcos que sostienen el techo de un edificio. Sobrevendía el derrumbe constitucional. Voy a lo siguiente. Pienso en principio que el sustento constitucional, en lo general y en lo particular de cada artículo, es muy simple o sencillo y que en pocas palabras se enuncia. Por ejemplo, y en lo que concierne al tema que trato, soberanía y democracia dan por resultado el desarrollo. No hay más, y todo lo que se aleje de esto desviará el camino. Pero discusión tras discusión, interés tras interés, van alejándose de la ruta esencial y dejando a lo lejos “un mayor crecimiento económico”, “la promoción de la inversión”, y “la generación de empleo”. Así se pierde la luz que orienta el punto de partida.

Ahora bien, se trata de las discusiones bizantinas tan frecuentes en los parlamentos, artificiosas de suyo y que nebulizan, repito, la idea original. Como dice el refrán, hay que ir al grano. Afirma Werner Jaeger, el famoso autor de la “Paideia: los ideales de la cultura griega”, que aunque se hubieran perdido para siempre los textos constitucionales de Aristóteles, su idea es de sobra conocida pues se deriva a su vez de los conceptos básicos del estagirita. O sea, ni mil tratados sobre el arte gótico nos dicen, por ejemplo, lo que una sola ojiva de la catedral de Chartres. En suma, el Estado y las empresas privadas están al servicio de un mismo fin, que es el fin específico del Estado. Y no es difícil detectar todo aquello que pretenda nulificar su rectoría -siempre en beneficio del pueblo- y favorecer a un sector de la sociedad que por más poder económico que tenga lleva la carga de distribuirse entre los menos. ¿Pero a qué Poder corresponde en realidad vigilar que el Estado no sacrifique sus fines -me refiero a los hombres que lo representan- alterando lo que tutela y consagra la Constitución? Al Poder Legislativo. Pero hay tres fuerzas que deben mantener el equilibrio: el Estado, la Constitución y las empresas. No se trata de anular la iniciativa de los empresarios, ni de hacer del Estado un poder totalitario ni de la Constitución un cuerpo rígido, inflexible, marmóreo -al final de cuentas una lápida-, sino de que los representantes populares apliquen la Constitución en su substancia y sin irse, como se dice, por las ramas. Aquí la prioridad del Estado es la prioridad de todos, y en tanto los empresarios no se sientan parte de esa prioridad, abandonarán su función social. La verdadera empresa se integra al núcleo social. Por lo mismo el Poder Legislativo es el único que tiene facultades para poner los medios que lo logren. Es muy claro, no hay rectoría del desarrollo nacional sin empresas y no hay empresas sin Estado; siendo que el Poder Legislativo es parte esencial del Estado. Que se cumpla con esto, sin hundirse en un marasmo de complicaciones, intereses y reglas que paralizan el progreso.


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