/ jueves 28 de julio de 2022

Política energética mexicana y T-MEC 

La semana pasada, en el marco del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), el Gobierno federal recibió dos solicitudes, una del Gobierno de la Unión Americana y otra del canadiense, para iniciar la etapa denominada de consultas, en relación con la política energética y las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) de nuestro país.

Cabe recordar que en abril pasado la Suprema Corte de Justicia de la Nación hizo válidos los cambios propuestos por el presidente López Obrador a la LIE, para mantener su compromiso de no aumentar el precio de la electricidad por arriba de la inflación, buscando evitar situaciones como la acontecida en Texas en febrero de 2021, en donde hubo recibos de luz que llegaron hasta los 16,000 dólares, debido a las gélidas temperaturas de aquel momento; o, como en España, en octubre de ese mismo año, en donde el megavatio hora alcanzó un costo de 6,890 pesos en el mercado mayorista, lo que significó un 500 por ciento más que su precio en 2018.

Las consultas representan la fase no contenciosa del mecanismo general de solución de controversias previsto en el T-MEC, y ya se utilizaron en otras ocasiones. Estados Unidos comenzó un procedimiento similar en contra de Canadá por la distribución de cupos en el sector lácteo; Canadá, por su parte, las interpuso en contra de Estados Unidos por una medida de salvaguarda en materia de células fotovoltaicas. México y Canadá igualmente usaron este recurso en contra de Estados Unidos por la interpretación y aplicación de las reglas de origen en el sector automotriz. En el caso que nos ocupa, se trata de dudas que tienen los Gobiernos estadounidense y canadiense sobre la actual política energética de México, particularmente en materia eléctrica.

Lo que ha buscado el presidente López Obrador es, entre otros objetivos, poner orden en el mercado eléctrico, para que exista una verdadera competencia en generación de electricidad, y asegurar que el Estado mexicano cumpla con su responsabilidad de llevar a cabo la planeación y el control del sistema eléctrico nacional (SEN), así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica (Art. 27 constitucional).

En efecto, por un lado, se reordenó el despacho eléctrico —es decir, la entrega de electricidad a la red nacional de transmisión (RNT) por parte de productores de la misma—, a través del reconocimiento del costo fijo de generación eléctrica, por ejemplo, que se considere cuánto costaron la construcción, el mantenimiento y funcionamiento de las plantas generadoras de electricidad de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), para brindar el respaldo eléctrico a las plantas fotovoltaicas o eólicas privadas cuando no producen electricidad, debido a su intermitencia por falta de luz solar o viento, a fin de que la CFE pague un precio justo al comprar la electricidad.

Al integrar este monto al precio final de la producción eléctrica se podrá saber qué empresa la genera al precio más competitivo, y no a un costo subsidiado debido al respaldo eléctrico referido, o incluso a una suma que no refleja el pago justo al Estado mexicano por la utilización que hacen empresas de generación privadas de la RNT, la cual es responsabilidad y propiedad de la CFE.

Por otro lado, y en relación con la obligación constitucional de la nación respecto de la planeación y el control del SEN, las reformas a la LIE disponen que en el otorgamiento de permisos de generación eléctrica la Comisión Reguladora de Energía deberá considerar los criterios de planeación de la Secretaría de Energía. Esto significa cuidar el balance entre la oferta y la demanda de electricidad que circula a través de la RNT, a fin de que el SEN no colapse por el exceso de electricidad, debido a un otorgamiento desbordado de permisos.

Las reformas a la LIE buscan establecer un mercado de electricidad más justo y equitativo para todos los participantes, en apego a la letra y el espíritu del T-MEC. El objetivo es evitar acciones que provoquen daños y que vayan en contra de los intereses del Estado mexicano



ricardomonreala@yahoo.com.mx

Twitter y Facebook: @RicardoMonrealA


La semana pasada, en el marco del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), el Gobierno federal recibió dos solicitudes, una del Gobierno de la Unión Americana y otra del canadiense, para iniciar la etapa denominada de consultas, en relación con la política energética y las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) de nuestro país.

Cabe recordar que en abril pasado la Suprema Corte de Justicia de la Nación hizo válidos los cambios propuestos por el presidente López Obrador a la LIE, para mantener su compromiso de no aumentar el precio de la electricidad por arriba de la inflación, buscando evitar situaciones como la acontecida en Texas en febrero de 2021, en donde hubo recibos de luz que llegaron hasta los 16,000 dólares, debido a las gélidas temperaturas de aquel momento; o, como en España, en octubre de ese mismo año, en donde el megavatio hora alcanzó un costo de 6,890 pesos en el mercado mayorista, lo que significó un 500 por ciento más que su precio en 2018.

Las consultas representan la fase no contenciosa del mecanismo general de solución de controversias previsto en el T-MEC, y ya se utilizaron en otras ocasiones. Estados Unidos comenzó un procedimiento similar en contra de Canadá por la distribución de cupos en el sector lácteo; Canadá, por su parte, las interpuso en contra de Estados Unidos por una medida de salvaguarda en materia de células fotovoltaicas. México y Canadá igualmente usaron este recurso en contra de Estados Unidos por la interpretación y aplicación de las reglas de origen en el sector automotriz. En el caso que nos ocupa, se trata de dudas que tienen los Gobiernos estadounidense y canadiense sobre la actual política energética de México, particularmente en materia eléctrica.

Lo que ha buscado el presidente López Obrador es, entre otros objetivos, poner orden en el mercado eléctrico, para que exista una verdadera competencia en generación de electricidad, y asegurar que el Estado mexicano cumpla con su responsabilidad de llevar a cabo la planeación y el control del sistema eléctrico nacional (SEN), así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica (Art. 27 constitucional).

En efecto, por un lado, se reordenó el despacho eléctrico —es decir, la entrega de electricidad a la red nacional de transmisión (RNT) por parte de productores de la misma—, a través del reconocimiento del costo fijo de generación eléctrica, por ejemplo, que se considere cuánto costaron la construcción, el mantenimiento y funcionamiento de las plantas generadoras de electricidad de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), para brindar el respaldo eléctrico a las plantas fotovoltaicas o eólicas privadas cuando no producen electricidad, debido a su intermitencia por falta de luz solar o viento, a fin de que la CFE pague un precio justo al comprar la electricidad.

Al integrar este monto al precio final de la producción eléctrica se podrá saber qué empresa la genera al precio más competitivo, y no a un costo subsidiado debido al respaldo eléctrico referido, o incluso a una suma que no refleja el pago justo al Estado mexicano por la utilización que hacen empresas de generación privadas de la RNT, la cual es responsabilidad y propiedad de la CFE.

Por otro lado, y en relación con la obligación constitucional de la nación respecto de la planeación y el control del SEN, las reformas a la LIE disponen que en el otorgamiento de permisos de generación eléctrica la Comisión Reguladora de Energía deberá considerar los criterios de planeación de la Secretaría de Energía. Esto significa cuidar el balance entre la oferta y la demanda de electricidad que circula a través de la RNT, a fin de que el SEN no colapse por el exceso de electricidad, debido a un otorgamiento desbordado de permisos.

Las reformas a la LIE buscan establecer un mercado de electricidad más justo y equitativo para todos los participantes, en apego a la letra y el espíritu del T-MEC. El objetivo es evitar acciones que provoquen daños y que vayan en contra de los intereses del Estado mexicano



ricardomonreala@yahoo.com.mx

Twitter y Facebook: @RicardoMonrealA