/ viernes 2 de junio de 2017

Sanciona Cofece por 10.3 mdp a HSBC, Monex, Cibanco, México Multifamily Fund VIII, e Invex

Por SILVIA BAUTISTA

La Comisión Federal de CompetenciaEconómica (Cofece) impuso a HSBC, Monex, Cibaco, Invex, y MéxicoMultifamily Fund VIII (MMF), multas por 365 mil pesos, a cada uno,así como al Notario Público número 151 de la Ciudad de México,una sanción por 8 millones 545 mil pesos, al acreditarse suresponsabilidad por cerrar y formalizar una compra que aún notenía la aprobación de la autoridad de competencia.

La Comisión se percató que lacompradora era México Multifamily Fund VIII, propiedad deCIM Group

En abril de 2016, el Pleno de la Cofece autorizó queCIM Group Acquisitions y Compass Group Holdings adquirieran seisinmuebles de fideicomisos operados HSBC México, sin embargo, mesesdespués, cuando los agentes económicos intentaron acreditar quela transacción autorizada se había concretado, la Comisión sepercató que la compradora era México Multifamily Fund VIII,propiedad de CIM Group, aunque sociedad distinta a la autorizadapor Cofece, la cual no contaba con la respectiva aprobación pararealizar dicha concentración.

Por su parte, el Notario Públiconúmero 151 de la Ciudad de México formalizó la transacción através de seis instrumentos notariales, sin observar que MMF noera parte de los agentes autorizados por la Cofece, por lo que laomisión de notificar una concentración cuando por Ley debehacerse, impide a la Comisión ejercer sus funciones deprevención. Por estos motivos, y de conformidad con la Ley, losinvolucrados fueron sancionados.

De acuerdo con el órgano reguladory conforme con el artículo 86 de la Ley Federal de CompetenciaEconómica (LFCE), las concentraciones deben ser notificadas a laComisión, entre otros casos, cuando el monto de la operaciónsupere los 18 millones de veces el salario mínimo general diariovigente para el Distrito Federal (SMGVDF).

Asimismo, a raíz de la reformaconstitucional en materia de competencia de 2013, la fracción XIIIdel artículo 127 de la nueva LFCE, en vigor desde 2014, estableceque los Notarios que formalicen con escrituras aquellas operacionesque rebasen los umbrales que marca la Ley y no hayan sidoautorizadas por la Comisión serán sancionados hasta con 180 milsalarios mínimos.

Por SILVIA BAUTISTA

La Comisión Federal de CompetenciaEconómica (Cofece) impuso a HSBC, Monex, Cibaco, Invex, y MéxicoMultifamily Fund VIII (MMF), multas por 365 mil pesos, a cada uno,así como al Notario Público número 151 de la Ciudad de México,una sanción por 8 millones 545 mil pesos, al acreditarse suresponsabilidad por cerrar y formalizar una compra que aún notenía la aprobación de la autoridad de competencia.

La Comisión se percató que lacompradora era México Multifamily Fund VIII, propiedad deCIM Group

En abril de 2016, el Pleno de la Cofece autorizó queCIM Group Acquisitions y Compass Group Holdings adquirieran seisinmuebles de fideicomisos operados HSBC México, sin embargo, mesesdespués, cuando los agentes económicos intentaron acreditar quela transacción autorizada se había concretado, la Comisión sepercató que la compradora era México Multifamily Fund VIII,propiedad de CIM Group, aunque sociedad distinta a la autorizadapor Cofece, la cual no contaba con la respectiva aprobación pararealizar dicha concentración.

Por su parte, el Notario Públiconúmero 151 de la Ciudad de México formalizó la transacción através de seis instrumentos notariales, sin observar que MMF noera parte de los agentes autorizados por la Cofece, por lo que laomisión de notificar una concentración cuando por Ley debehacerse, impide a la Comisión ejercer sus funciones deprevención. Por estos motivos, y de conformidad con la Ley, losinvolucrados fueron sancionados.

De acuerdo con el órgano reguladory conforme con el artículo 86 de la Ley Federal de CompetenciaEconómica (LFCE), las concentraciones deben ser notificadas a laComisión, entre otros casos, cuando el monto de la operaciónsupere los 18 millones de veces el salario mínimo general diariovigente para el Distrito Federal (SMGVDF).

Asimismo, a raíz de la reformaconstitucional en materia de competencia de 2013, la fracción XIIIdel artículo 127 de la nueva LFCE, en vigor desde 2014, estableceque los Notarios que formalicen con escrituras aquellas operacionesque rebasen los umbrales que marca la Ley y no hayan sidoautorizadas por la Comisión serán sancionados hasta con 180 milsalarios mínimos.

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