/ jueves 1 de septiembre de 2022

Siete de cada 10 presos por corrupción no tienen sentencia

La mayoría de los encarcelados están acusados de cohecho, abuso de autoridad y ejercicio indebido del servicio público

De mil 458 presos que había en las cárceles federales y estatales del país por hechos de corrupción hasta el año pasado, mil 27 aún no recibían sentencia, lo que equivale a siete de cada 10 personas privadas de la libertad, revela el Censo Nacional de Sistema Penitenciario 2022.

El último ejercicio censal hecho por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) –que reúne datos del año 2021– indica además que sobre 131 personas en prisión pesa una sentencia no definitiva en tanto que 300 ya cuentan con una condena en firme, es decir, apenas una quinta parte.

Cohecho, abuso de autoridad y ejercicio indebido del servicio público son los principales delitos relacionados con actos de corrupción que tienen a más de un millar de personas tras las rejas, la mayoría sin haber recibido sentencia.

En el caso de los presos por cohecho, 731 de 997 están en el limbo jurídico (73 por ciento), lo mismo que 72 de 102 presos por ejercicio indebido del servicio público (71 por ciento) y 92 de 190 encarcelados por abuso de autoridad (48 por ciento).

Asimismo, 15 de los 37 aprehendidos por peculado, 16 de los 22 privados de la libertad por enriquecimiento ilícito, los 15 presos por ejercicio abusivo de funciones y el único encarcelado por tráfico de influencias siguen esperando desde la cárcel una resolución a sus casos.

En 2019 se modificó el artículo 19 constitucional para extender el catálogo de delitos graves y meritorios de prisión preventiva oficiosa, sin derecho a fianza. A los seis que ya existían se agregaron el feminicidio, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, violencia sexual contra menores, desaparición forzada, robo al transporte de carga, huachicol y corrupción.

También se incluyeron en este listado los delitos de contrabando, defraudación fiscal y comprobantes fiscales falsos, pero la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió invalidar estos tres y no contemplarlos dentro de la prisión preventiva oficiosa.

El 18 de febrero de 2021, el Senado de la República aprobó con la mayoría de Morena y sus partidos aliados las reformas secundarias a diversas leyes para concretar la reforma. El cambio obedeció a una promesa de López Obrador de incluir a la corrupción, los fraudes electorales, el huachicoleo y la emisión de facturas falsas como delitos graves.

Uno de los casos más mediáticos de un funcionario enviado a la cárcel por presuntos actos de corrupción sin que recibiera condena es el de Rosario Robles Berlanga.

La exfuncionaria federal está acusada de ejercicio indebido del servicio público en su modalidad de omisión ya que como titular de las secretarías de Desarrollo Urbano (Sedatu) y de Desarrollo Social (Sedesol) en el sexenio de Enrique Peña Nieto habría conocido del desvío de más de cinco mil millones de pesos, en el caso conocido como la Estafa Maestra, sin informar de ello a su superior jerárquico, es decir, al propio presidente Peña.

Robles pasó tres años en prisión preventiva sin recibir sentencia hasta que el pasado 19 de agosto un juez ordenó que llevara su juicio en libertad provisional.

Llevan más de dos años esperando sentencia

La prisión preventiva es una figura legal que permite encarcelar a una persona acusada de un delito grave sin que haya sido condenada a fin de garantizar la seguridad de las víctimas o testigos y evitar que se fugue.

Se trata de la medida cautelar más severa que contempla la ley porque implica mantener en la cárcel a una persona mientras se desarrolla su juicio. En pocas palabras, significa ir a la cárcel sin condena.

La legislación mexicana contempla dos tipos de prisión preventiva. La primera es la oficiosa, que dicta automáticamente el juez cuando vincula a una persona a proceso por alguno de los delitos previstos en el artículo 19 constitucional. La segunda es la justificada, que admite un juez con base en las evidencias que proporcione el ministerio público.

El próximo lunes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá un proyecto elaborado por el ministro Luis María Aguilar Morales que plantea derogar la prisión preventiva oficiosa en México, no así la justificada, lo que ha provocado el rechazo del presidente López Obrador y del Gobierno federal.

“Ahora resulta que como se hizo una reforma para que la corrupción sea delito grave, que no lo era… ahora quieren los del Poder Judicial regresar a que la corrupción no sea delito grave”, se quejó el primer mandatario en su conferencia de ayer.

Uno de los argumentos a favor de eliminar la prisión preventiva oficiosa es que no toma en cuenta el derecho a la presunción de inocencia y tampoco ha sido eficaz para disuadir el crimen, mientras que los que se oponen a quitarla indican que aumentará la ya de por sí elevada impunidad.

En este contexto, los datos del censo del Inegi revelan que hay 219 mil 27 presos en las cárceles federales y estatales acusados de todos los delitos, pero 92 mil 554 aún no reciben sentencia, es decir, cuatro de cada 10 internos.

Por otro lado, 25 mil 670 tienen una sentencia no definitiva y 100 mil 114 –menos de la mitad de la población en reclusión– cuenta con una condena en firme.

Por si fuera poco, del grupo que aún no está sentenciado, 15 mil 656 personas llevan esperando la resolución de un juez entre uno y dos años, mientras que 11 mil 790 han esperado por más tiempo.

La prisión preventiva no puede ser superior a dos años. Cumplido este tiempo, si al imputado aún no se le dicta sentencia condenatoria debe ser puesto en libertad en tanto sigue su proceso. Los datos, sin embargo, indican que para más de 11 mil personas la ley es letra muerta.



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De mil 458 presos que había en las cárceles federales y estatales del país por hechos de corrupción hasta el año pasado, mil 27 aún no recibían sentencia, lo que equivale a siete de cada 10 personas privadas de la libertad, revela el Censo Nacional de Sistema Penitenciario 2022.

El último ejercicio censal hecho por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) –que reúne datos del año 2021– indica además que sobre 131 personas en prisión pesa una sentencia no definitiva en tanto que 300 ya cuentan con una condena en firme, es decir, apenas una quinta parte.

Cohecho, abuso de autoridad y ejercicio indebido del servicio público son los principales delitos relacionados con actos de corrupción que tienen a más de un millar de personas tras las rejas, la mayoría sin haber recibido sentencia.

En el caso de los presos por cohecho, 731 de 997 están en el limbo jurídico (73 por ciento), lo mismo que 72 de 102 presos por ejercicio indebido del servicio público (71 por ciento) y 92 de 190 encarcelados por abuso de autoridad (48 por ciento).

Asimismo, 15 de los 37 aprehendidos por peculado, 16 de los 22 privados de la libertad por enriquecimiento ilícito, los 15 presos por ejercicio abusivo de funciones y el único encarcelado por tráfico de influencias siguen esperando desde la cárcel una resolución a sus casos.

En 2019 se modificó el artículo 19 constitucional para extender el catálogo de delitos graves y meritorios de prisión preventiva oficiosa, sin derecho a fianza. A los seis que ya existían se agregaron el feminicidio, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, violencia sexual contra menores, desaparición forzada, robo al transporte de carga, huachicol y corrupción.

También se incluyeron en este listado los delitos de contrabando, defraudación fiscal y comprobantes fiscales falsos, pero la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió invalidar estos tres y no contemplarlos dentro de la prisión preventiva oficiosa.

El 18 de febrero de 2021, el Senado de la República aprobó con la mayoría de Morena y sus partidos aliados las reformas secundarias a diversas leyes para concretar la reforma. El cambio obedeció a una promesa de López Obrador de incluir a la corrupción, los fraudes electorales, el huachicoleo y la emisión de facturas falsas como delitos graves.

Uno de los casos más mediáticos de un funcionario enviado a la cárcel por presuntos actos de corrupción sin que recibiera condena es el de Rosario Robles Berlanga.

La exfuncionaria federal está acusada de ejercicio indebido del servicio público en su modalidad de omisión ya que como titular de las secretarías de Desarrollo Urbano (Sedatu) y de Desarrollo Social (Sedesol) en el sexenio de Enrique Peña Nieto habría conocido del desvío de más de cinco mil millones de pesos, en el caso conocido como la Estafa Maestra, sin informar de ello a su superior jerárquico, es decir, al propio presidente Peña.

Robles pasó tres años en prisión preventiva sin recibir sentencia hasta que el pasado 19 de agosto un juez ordenó que llevara su juicio en libertad provisional.

Llevan más de dos años esperando sentencia

La prisión preventiva es una figura legal que permite encarcelar a una persona acusada de un delito grave sin que haya sido condenada a fin de garantizar la seguridad de las víctimas o testigos y evitar que se fugue.

Se trata de la medida cautelar más severa que contempla la ley porque implica mantener en la cárcel a una persona mientras se desarrolla su juicio. En pocas palabras, significa ir a la cárcel sin condena.

La legislación mexicana contempla dos tipos de prisión preventiva. La primera es la oficiosa, que dicta automáticamente el juez cuando vincula a una persona a proceso por alguno de los delitos previstos en el artículo 19 constitucional. La segunda es la justificada, que admite un juez con base en las evidencias que proporcione el ministerio público.

El próximo lunes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá un proyecto elaborado por el ministro Luis María Aguilar Morales que plantea derogar la prisión preventiva oficiosa en México, no así la justificada, lo que ha provocado el rechazo del presidente López Obrador y del Gobierno federal.

“Ahora resulta que como se hizo una reforma para que la corrupción sea delito grave, que no lo era… ahora quieren los del Poder Judicial regresar a que la corrupción no sea delito grave”, se quejó el primer mandatario en su conferencia de ayer.

Uno de los argumentos a favor de eliminar la prisión preventiva oficiosa es que no toma en cuenta el derecho a la presunción de inocencia y tampoco ha sido eficaz para disuadir el crimen, mientras que los que se oponen a quitarla indican que aumentará la ya de por sí elevada impunidad.

En este contexto, los datos del censo del Inegi revelan que hay 219 mil 27 presos en las cárceles federales y estatales acusados de todos los delitos, pero 92 mil 554 aún no reciben sentencia, es decir, cuatro de cada 10 internos.

Por otro lado, 25 mil 670 tienen una sentencia no definitiva y 100 mil 114 –menos de la mitad de la población en reclusión– cuenta con una condena en firme.

Por si fuera poco, del grupo que aún no está sentenciado, 15 mil 656 personas llevan esperando la resolución de un juez entre uno y dos años, mientras que 11 mil 790 han esperado por más tiempo.

La prisión preventiva no puede ser superior a dos años. Cumplido este tiempo, si al imputado aún no se le dicta sentencia condenatoria debe ser puesto en libertad en tanto sigue su proceso. Los datos, sin embargo, indican que para más de 11 mil personas la ley es letra muerta.



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