/ miércoles 7 de septiembre de 2022

Adán Augusto y Sheinbaum libran nuevas acusaciones por actos anticipados de campaña

La Sala Regional Especializada sí hizo un estudio correcto de las acciones denunciadas

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó ratificar las sentencias emitidas por la Sala Regional Especializada y la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE) en la que el secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, y la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, libraron nuevas acusaciones en su contra por presuntos actos anticipados de campaña y pre campaña.

En el caso del secretario federal, los magistrados de la Sala Superior del TEPJF analizaron si cometió violaciones al proceso electoral de 2024 por su participación en eventos proselitistas de diferentes candidatos de Morena en los comicios celebrados el pasado 5 de junio.

Te puede interesar: TEPJF ordena volver a revisar si Sheinbaum y Ebrard cometieron actos anticipados de campaña

Presentado por el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, el pleno del Tribunal aprobó el proyecto por unanimidad y rechazó la solicitud del PRI al considerar que López Hernández no hizo ningún llamado inequívoco a la ciudadanía para votar por él o unirse a una plataforma política de cara a los comicios federales donde se renovará la Presidencia de la República.

Contrario a lo planteado por el partido político, argumentó el documento, la Sala Regional Especializada sí hizo un estudio correcto de las acciones denunciadas, por lo que se desechó la denuncia.

Por otra parte, la Sala Superior también rechazó emitir algún tipo de sanción contra la jefa de Gobierno por presuntos actos anticipados de campaña y precampaña.

Claudia Sheinbaum ya había librado con anterioridad este tipo de acusaciones el pasado 30 de junio, sin embargo, dicho asunto se refirió a su participación en actos políticos de los candidatos de su partido en las recientes elecciones, ahora, a petición del PAN, se estudió si incurrió en tales violaciones por la realización de un evento en Irapuato, Guanajuato.

De acuerdo con el PAN, la jefa de Gobierno cometió actos anticipados de campaña y precampaña, además de hacer uso de recursos públicos para fin de promoción personalizada por la colocación de al menos dos espectaculares y la realización del evento “Conformación del Comité Estatal #ESCLAUDIA Guanajuato” el pasado 16 de julio con el fin de mostrar la trayectoria de la mandataria, que a decir suyo vulneró los principios de equidad en la contienda.

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No obstante, el proyecto del magistrado Indalfer Infante propuso confirmar la sentencia de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE, que estableció que Claudia Sheinbaum no cometió dichas infracciones, pues el evento al que hizo referencia Acción Nacional fue de carácter privado en donde solo participaron militantes de Morena por lo que no tenía la intención de incidir en el voto de la ciudadanía, además de que fue organizado en un día inhábil y no se comprobó que se haya realizado con recursos públicos, argumento que aprobó la Sala Superior por unanimidad.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó ratificar las sentencias emitidas por la Sala Regional Especializada y la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE) en la que el secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, y la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, libraron nuevas acusaciones en su contra por presuntos actos anticipados de campaña y pre campaña.

En el caso del secretario federal, los magistrados de la Sala Superior del TEPJF analizaron si cometió violaciones al proceso electoral de 2024 por su participación en eventos proselitistas de diferentes candidatos de Morena en los comicios celebrados el pasado 5 de junio.

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Presentado por el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, el pleno del Tribunal aprobó el proyecto por unanimidad y rechazó la solicitud del PRI al considerar que López Hernández no hizo ningún llamado inequívoco a la ciudadanía para votar por él o unirse a una plataforma política de cara a los comicios federales donde se renovará la Presidencia de la República.

Contrario a lo planteado por el partido político, argumentó el documento, la Sala Regional Especializada sí hizo un estudio correcto de las acciones denunciadas, por lo que se desechó la denuncia.

Por otra parte, la Sala Superior también rechazó emitir algún tipo de sanción contra la jefa de Gobierno por presuntos actos anticipados de campaña y precampaña.

Claudia Sheinbaum ya había librado con anterioridad este tipo de acusaciones el pasado 30 de junio, sin embargo, dicho asunto se refirió a su participación en actos políticos de los candidatos de su partido en las recientes elecciones, ahora, a petición del PAN, se estudió si incurrió en tales violaciones por la realización de un evento en Irapuato, Guanajuato.

De acuerdo con el PAN, la jefa de Gobierno cometió actos anticipados de campaña y precampaña, además de hacer uso de recursos públicos para fin de promoción personalizada por la colocación de al menos dos espectaculares y la realización del evento “Conformación del Comité Estatal #ESCLAUDIA Guanajuato” el pasado 16 de julio con el fin de mostrar la trayectoria de la mandataria, que a decir suyo vulneró los principios de equidad en la contienda.

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No obstante, el proyecto del magistrado Indalfer Infante propuso confirmar la sentencia de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE, que estableció que Claudia Sheinbaum no cometió dichas infracciones, pues el evento al que hizo referencia Acción Nacional fue de carácter privado en donde solo participaron militantes de Morena por lo que no tenía la intención de incidir en el voto de la ciudadanía, además de que fue organizado en un día inhábil y no se comprobó que se haya realizado con recursos públicos, argumento que aprobó la Sala Superior por unanimidad.

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