/ sábado 3 de junio de 2023

Aplicación del Plan B en elecciones de 2024, en manos de la SCJN

De momento, la segunda parte de la iniciativa de AMLO se encuentra suspendida por la Suprema Corte

A falta de tres meses para que dé inicio el proceso electoral de 2024 donde se renovarán nueve gubernaturas, 30 congresos locales, el Congreso de la Unión y la presidencia de la República aún se desconoce si podrán ser aplicadas o no las reformas de la segunda parte del llamado Plan B, por lo que esta determinación se encuentra en manos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

En el propio Instituto Nacional Electoral (INE) existe confusión sobre si el paquete de reformas aprobado por la mayoría de Morena y sus aliados en el Congreso podría ser aplicado a la contienda más grande de la historia a pesar de que por Ley se prohíbe promulgar y publicar modificaciones electorales a menos de 90 días de que inicie un proceso.

Puedes leer también: Ordena INE a Movimiento Ciudadano bajar de sus redes sociales spot contra el PRI

De momento, el decreto publicado por el cual se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en el que además se creó una nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral se encuentra suspendido por la SCJN.

Sin embargo, la suspensión otorgada por el ministro Javier Laynez Potisek tiene efectos en tanto el Alto Tribunal discute la controversia constitucional presentada por el INE en contra de estas modificaciones que, entre otras cosas, reducen la estructura del ente autónomo y la de los Organismos Públicos Locales Electorales, reduce también los salarios de los consejeros electorales y desaparece la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

En dicha discusión, el Pleno de la Suprema Corte deberá resolver si las modificaciones publicadas en marzo pasado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) son constitucionales o no. De estimarlas legales existe incertidumbre sobre si éstas podrían ser aplicadas en las elecciones del año entrante o si será en el proceso inmediatamente posterior.

El jueves, al ser cuestionados en conferencia de prensa previo a los comicios de este fin de semana en el Estado de México y Coahuila, los consejeros del INE no supieron dar certeza sobre el tema.

Foto: Cuartoscuro

Algunos de ellos señalaron que el plazo con el que cuenta la Suprema Corte para resolver la controversia constitucional y que sus efectos apliquen en el proceso vencerá esta semana, pues el próximo proceso electoral dará inicio en septiembre de este año, por lo que cualquier decisión que tome no podrá ser ejecutada debido a la restricción de 90 días establecida en el artículo 105 constitucional.

Otros señalaron que la Carta Magna no es clara al establecer si este lapso sólo impacta a los congresos locales y el federal o también a la SCJN, por lo que advirtieron que será el propio colegiado el que determinará si, en caso de validar las reformas, éstas aplicarán o no para las elecciones de 2024.

“La literalidad de la Constitución solamente se refiere a la promulgación de leyes, pero siempre la Corte, como la máxima autoridad de interpretación constitucional, podría determinar que estos efectos también aplicarán a sus resoluciones. Habrá que esperar qué deciden ellos”, refirió el consejero Arturo Castillo.

Esto, porque además el artículo 105 de la Constitución habla expresamente de que una ley electoral no deberá “promulgarse y publicarse” en un lapso menor a 90 días, no obstante, las reformas aprobadas fueron publicadas en el DOF desde el 2 de marzo pasado, pese a que en este momento se encuentren suspendidas temporalmente.

La presidenta del INE, Guadalupe Taddei, al advertir los señalamientos de algunos de sus compañeros sobre la dificultad de lograr las posibles modificaciones a escasos días de que inicie el proceso electoral de 2024, adelantó que si se ven imposibilitados de llevarlas a cabo el Instituto se lo comunicará a los ministros de la Corte para que pueda haber una solución.

Por otra parte, aunque se dibuja un eventual escenario adverso para el INE, apenas en mayo pasado la SCJN ya invalidó la primera parte del Plan B electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador en el que se reformó la Ley General de Comunicación Social y la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

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En ese precedente, el proyecto a cargo del ministro Alberto Pérez Dayán sostuvo que las bancadas de Morena y sus aliados cometieron violaciones al proceso legislativo, por lo que las modificaciones aprobadas en diciembre fueron eliminadas luego de que sus compañeros acompañaran su propuesta, algo que la oposición estima pueda volver a suceder debido a la premura con la que se aprobaron las reformas, aunque aún no hay fecha para discutir el tema bajo la ponencia de Laynez Potisek.

A falta de tres meses para que dé inicio el proceso electoral de 2024 donde se renovarán nueve gubernaturas, 30 congresos locales, el Congreso de la Unión y la presidencia de la República aún se desconoce si podrán ser aplicadas o no las reformas de la segunda parte del llamado Plan B, por lo que esta determinación se encuentra en manos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

En el propio Instituto Nacional Electoral (INE) existe confusión sobre si el paquete de reformas aprobado por la mayoría de Morena y sus aliados en el Congreso podría ser aplicado a la contienda más grande de la historia a pesar de que por Ley se prohíbe promulgar y publicar modificaciones electorales a menos de 90 días de que inicie un proceso.

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De momento, el decreto publicado por el cual se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en el que además se creó una nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral se encuentra suspendido por la SCJN.

Sin embargo, la suspensión otorgada por el ministro Javier Laynez Potisek tiene efectos en tanto el Alto Tribunal discute la controversia constitucional presentada por el INE en contra de estas modificaciones que, entre otras cosas, reducen la estructura del ente autónomo y la de los Organismos Públicos Locales Electorales, reduce también los salarios de los consejeros electorales y desaparece la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

En dicha discusión, el Pleno de la Suprema Corte deberá resolver si las modificaciones publicadas en marzo pasado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) son constitucionales o no. De estimarlas legales existe incertidumbre sobre si éstas podrían ser aplicadas en las elecciones del año entrante o si será en el proceso inmediatamente posterior.

El jueves, al ser cuestionados en conferencia de prensa previo a los comicios de este fin de semana en el Estado de México y Coahuila, los consejeros del INE no supieron dar certeza sobre el tema.

Foto: Cuartoscuro

Algunos de ellos señalaron que el plazo con el que cuenta la Suprema Corte para resolver la controversia constitucional y que sus efectos apliquen en el proceso vencerá esta semana, pues el próximo proceso electoral dará inicio en septiembre de este año, por lo que cualquier decisión que tome no podrá ser ejecutada debido a la restricción de 90 días establecida en el artículo 105 constitucional.

Otros señalaron que la Carta Magna no es clara al establecer si este lapso sólo impacta a los congresos locales y el federal o también a la SCJN, por lo que advirtieron que será el propio colegiado el que determinará si, en caso de validar las reformas, éstas aplicarán o no para las elecciones de 2024.

“La literalidad de la Constitución solamente se refiere a la promulgación de leyes, pero siempre la Corte, como la máxima autoridad de interpretación constitucional, podría determinar que estos efectos también aplicarán a sus resoluciones. Habrá que esperar qué deciden ellos”, refirió el consejero Arturo Castillo.

Esto, porque además el artículo 105 de la Constitución habla expresamente de que una ley electoral no deberá “promulgarse y publicarse” en un lapso menor a 90 días, no obstante, las reformas aprobadas fueron publicadas en el DOF desde el 2 de marzo pasado, pese a que en este momento se encuentren suspendidas temporalmente.

La presidenta del INE, Guadalupe Taddei, al advertir los señalamientos de algunos de sus compañeros sobre la dificultad de lograr las posibles modificaciones a escasos días de que inicie el proceso electoral de 2024, adelantó que si se ven imposibilitados de llevarlas a cabo el Instituto se lo comunicará a los ministros de la Corte para que pueda haber una solución.

Por otra parte, aunque se dibuja un eventual escenario adverso para el INE, apenas en mayo pasado la SCJN ya invalidó la primera parte del Plan B electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador en el que se reformó la Ley General de Comunicación Social y la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

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En ese precedente, el proyecto a cargo del ministro Alberto Pérez Dayán sostuvo que las bancadas de Morena y sus aliados cometieron violaciones al proceso legislativo, por lo que las modificaciones aprobadas en diciembre fueron eliminadas luego de que sus compañeros acompañaran su propuesta, algo que la oposición estima pueda volver a suceder debido a la premura con la que se aprobaron las reformas, aunque aún no hay fecha para discutir el tema bajo la ponencia de Laynez Potisek.

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