/ martes 4 de mayo de 2021

Es oficial reforma a la Ley de Hidrocarburos

A partir del miércoles la Sener y la CRE podrán condicionar y revocar permisos para operar hidrocarburos

El gobierno federal publicó este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Hidrocarburos.

El Decreto faculta a la Secretaria de Energía (Sener) y a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para condicionar y revocar permisos para operar hidrocarburos cuando los titulares de los mismos incumplan con la legislación.

La legislación plantea la suspensión de permisos expedidos para el transporte, almacenamiento, distribución o expendio de hidrocarburos cuando se prevea un peligro inminente para la seguridad nacional, energética o para la economía nacional.

Asimismo, condiciona la entrega de permisos para operar hidrocarburos al cumplimiento de un nivel mínimo de infraestructura, el cual será definido por la Sener.

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De igual modo, el decreto aprueba ocupaciones temporales e intervenciones por parte del gobierno federal de los permisos e infraestructura de los permisionarios.

“En relación con los permisos a que se refiere esta Ley, la autoridad que lo haya expedido podrá llevar a cabo la ocupación temporal, la intervención o la suspensión, a fin de garantizar los intereses de la Nación, en el entendido de que quedarán salvaguardados los derechos de terceros”, indica.

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El decreto, firmado por el presidente Andrés Manuel López Obrador, entrará en vigor este miércoles y a partir de este día la autoridad procederá a la revocación de aquellos permisos que incumplan con el requisito de almacenamiento determinado por la Sener.

“A la entrada en vigor del presente Decreto se revocarán los permisos respecto de los cuales se compruebe que sus titulares no cumplen con los requisitos correspondientes o que infrinjan las disposiciones de la Ley de Hidrocarburos”, indica.

El gobierno federal publicó este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Hidrocarburos.

El Decreto faculta a la Secretaria de Energía (Sener) y a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para condicionar y revocar permisos para operar hidrocarburos cuando los titulares de los mismos incumplan con la legislación.

La legislación plantea la suspensión de permisos expedidos para el transporte, almacenamiento, distribución o expendio de hidrocarburos cuando se prevea un peligro inminente para la seguridad nacional, energética o para la economía nacional.

Asimismo, condiciona la entrega de permisos para operar hidrocarburos al cumplimiento de un nivel mínimo de infraestructura, el cual será definido por la Sener.

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De igual modo, el decreto aprueba ocupaciones temporales e intervenciones por parte del gobierno federal de los permisos e infraestructura de los permisionarios.

“En relación con los permisos a que se refiere esta Ley, la autoridad que lo haya expedido podrá llevar a cabo la ocupación temporal, la intervención o la suspensión, a fin de garantizar los intereses de la Nación, en el entendido de que quedarán salvaguardados los derechos de terceros”, indica.

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El decreto, firmado por el presidente Andrés Manuel López Obrador, entrará en vigor este miércoles y a partir de este día la autoridad procederá a la revocación de aquellos permisos que incumplan con el requisito de almacenamiento determinado por la Sener.

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