/ miércoles 22 de noviembre de 2023

INE iniciará procedimiento contra aspirantes a capacitadores electorales afiliados a partidos

Así lo aprobó este día el Consejo General del INE en sesión ordinaria para dar respuesta a la sentencia del TEPJF que revocó el acuerdo del árbitro electoral en la materia

El Instituto Nacional Electoral (INE) iniciará un procedimiento sancionador oficioso a los aspirantes a Supervisores Electorales (SE) y Capacitadores Asistentes Electorales (CAE) que estén afiliados a partidos políticos, con el fin de determinar si su afiliación fue voluntaria y evitar que se integren al árbitro electoral.

Así lo aprobó este día el Consejo General del INE en sesión ordinaria para dar respuesta a la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que revocó el acuerdo del árbitro electoral en la materia.

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De acuerdo con lo aprobado, las Juntas Distritales Ejecutivas (JDE) notificarán a los aspirantes que se inició un procedimiento sancionador ordinario oficioso, para determinar la legalidad o ilegalidad de la afiliación que resulte de la compulsa de las bases de afiliados a los partidos.

Asimismo, la apercibirá que en caso de que se demuestre su afiliación voluntaria, se le dará de baja del procedimiento de selección o, en su caso, se rescindirá su contrato; se iniciará procedimiento administrativo sancionador en su contra, y se dará vista a las autoridades competentes por la responsabilidad que pudiera existir en otras materias.

La JDE dará vista a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) en un plazo máximo de dos días hábiles, para que de inmediato realice la investigación y recabe los elementos necesarios para iniciar un procedimiento sancionador ordinario oficioso, a fin de determinar la legalidad o ilegalidad de la afiliación. Al dar la vista, la JDE enviará a la UTCE un expediente con la siguiente documentación: oficio de desconocimiento de afiliación, copia de la credencial para votar del aspirante e impresión de pantalla de la compulsa donde aparece el registro de la o el aspirante como afiliado.

Una vez realizada la investigación correspondiente, la UTCE emplazará al partido político, así como a la o el aspirante para que manifiesten por escrito lo que a su derecho convenga.

La consejera Claudia Zavala explicó que, de acuerdo con estadísticas de procesos electorales anteriores, un cinco por ciento de aspirantes a Capacitadores Asistentes Electorales y Supervisores Electores estaban afiliados a partidos políticos, por lo que consideró adecuada la aprobación del procedimiento sancionador oficioso para evitar la infiltración de militantes de partidos políticos en la capacitación de las personas que fungirán como facilitadoras del voto en las mesas receptoras.

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“No sé de qué partido sean pero lo que tenemos que resguardar es que personas que incumplan con el requisito previsto en la ley no se incorporen a los trabajos del INE, esa es nuestra responsabilidad. Ustedes dicen de unos y otros partidos, nosotros abstraemos el tema y el tema es que los militantes de los partidos políticos no pueden incorporarse a los trabajos, esa es nuestra responsabilidad”, indicó.

El Instituto Nacional Electoral (INE) iniciará un procedimiento sancionador oficioso a los aspirantes a Supervisores Electorales (SE) y Capacitadores Asistentes Electorales (CAE) que estén afiliados a partidos políticos, con el fin de determinar si su afiliación fue voluntaria y evitar que se integren al árbitro electoral.

Así lo aprobó este día el Consejo General del INE en sesión ordinaria para dar respuesta a la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que revocó el acuerdo del árbitro electoral en la materia.

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De acuerdo con lo aprobado, las Juntas Distritales Ejecutivas (JDE) notificarán a los aspirantes que se inició un procedimiento sancionador ordinario oficioso, para determinar la legalidad o ilegalidad de la afiliación que resulte de la compulsa de las bases de afiliados a los partidos.

Asimismo, la apercibirá que en caso de que se demuestre su afiliación voluntaria, se le dará de baja del procedimiento de selección o, en su caso, se rescindirá su contrato; se iniciará procedimiento administrativo sancionador en su contra, y se dará vista a las autoridades competentes por la responsabilidad que pudiera existir en otras materias.

La JDE dará vista a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) en un plazo máximo de dos días hábiles, para que de inmediato realice la investigación y recabe los elementos necesarios para iniciar un procedimiento sancionador ordinario oficioso, a fin de determinar la legalidad o ilegalidad de la afiliación. Al dar la vista, la JDE enviará a la UTCE un expediente con la siguiente documentación: oficio de desconocimiento de afiliación, copia de la credencial para votar del aspirante e impresión de pantalla de la compulsa donde aparece el registro de la o el aspirante como afiliado.

Una vez realizada la investigación correspondiente, la UTCE emplazará al partido político, así como a la o el aspirante para que manifiesten por escrito lo que a su derecho convenga.

La consejera Claudia Zavala explicó que, de acuerdo con estadísticas de procesos electorales anteriores, un cinco por ciento de aspirantes a Capacitadores Asistentes Electorales y Supervisores Electores estaban afiliados a partidos políticos, por lo que consideró adecuada la aprobación del procedimiento sancionador oficioso para evitar la infiltración de militantes de partidos políticos en la capacitación de las personas que fungirán como facilitadoras del voto en las mesas receptoras.

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“No sé de qué partido sean pero lo que tenemos que resguardar es que personas que incumplan con el requisito previsto en la ley no se incorporen a los trabajos del INE, esa es nuestra responsabilidad. Ustedes dicen de unos y otros partidos, nosotros abstraemos el tema y el tema es que los militantes de los partidos políticos no pueden incorporarse a los trabajos, esa es nuestra responsabilidad”, indicó.

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