El diputado morenista Edelmiro Santiago Santos Díaz presentó una polémica propuesta para obligar y castigar con cuatro años de cárcel y multa de hasta 70 mil 850 pesos a los usuarios de redes sociales y medios de comunicación que difundan información que violente o perjudique la intimidad de una persona.
El diputado precisa con su propuesta que, además, se debe sancionar a quienes atenten contra la imagen personal de los ciudadanos y pongan en duda su integridad o su reputacion, con grabaciones de video reales o simuladas, sin su consentimiento o mediante engaño.
La iniciativa de reforma del diputado Santos Díaz a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal Federal, plantea castigar a las personas que difundan información o imágenes que violenten la intimidad de una persona a través de cualquier medio digital o impreso, sin su consentimiento.
Esta propuesta plantea que se haría responsables de ello, a los dueños, directores, administradores y representantes de medios digitales, redes sociales y medios de comunicación, como Televisión, así como medios impresos.
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En su exposición de motivos, el diputado morenista justifica que la violencia digital, al tratarse de un tema novedoso, es un tema en México que necesita un límite legal, pues asegura que es preciso evitar que este contenido en redes sociales y diversas plataformas digitales, se dé sin restricciones, “para lograr así, evitar que la esfera jurídica de las víctimas se vea afectada”.
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El objetivo de la iniciativa, señala el legislador lopezobradorista, es ampliar el alcance de la responsabilidad en materia de violencia digital, estableciendo una responsabilidad, no solamente para el agresor directo, sino también a quien ofrece y pone a disposición los medios para realizar la violencia digital y subraya que debe vincularse también a los dueños y responsables de los medios de comunicación.
Por lo anterior, propone que en el Código Penal Federal se agregue una sanción de dos a cuatro años de prision y multa de doscientos a quientos días de salario (unos 70 mil 850 pesos) a quien “haciendo uso de sus medios de radiodifusión, telecomunicaciones, digitales, informáticos o cualquier otro medio de transmision de datos, incluyendo televisión, medios impresos, periódicos, revistas, redes sociales y plataformas digitales”, difunda contenido o material digital, “de tipo sexual o íntimo, potencialmente violento” en contra de las personas que atenten contra “su privacidad, autoestima, su libertad e intimidad sexual”.