/ jueves 4 de marzo de 2021

Autoridad electoral de Tamaulipas sanciona a periodista por violencia política

Alejandro M incurrió en faltas contra la diputada local, Gloria B tras un análisis en 19 espacios informativos

Ciudad Victoria, Tam.- El Instituto Estatal Electoral de Tamaulipas a través de su Consejo Estatal, reconoció de manera unánime por primera vez un caso de violencia política contra una militante del partido Acción Nacional por parte de un periodista en la ciudad de Matamoros.

Durante la sesión plenaria, el Instituto Electoral de Tamaulipas aprobó por unanimidad de votos de las consejeras y los consejeros electorales, la resolución que recae al expediente PSE-03/2021.

Ello en relación a una denuncia interpuesta por el Representante propietario del Partido Acción Nacional ante el Consejo Local del Instituto Nacional Electoral en Tamaulipas, contra del periodista de Matamoros, Alejandro M, considerando que se incurrió en faltas y acciones de violencia política y de género contra la ciudadana diputada local, Gloria B.

Foto: Ietam

Durante la sesión del Consejo General del Ietam, la Consejera Presidenta de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación Nohemí Argüello Sosa, señaló que dicha denuncia fue atendida a partir de una vista ordenada por el Instituto Nacional Electoral por lo que se procedió a su análisis minucioso.

Concluidas las indagatorias, que involucraron análisis de 19 espacios informativos electrónicos que fueron objeto de la denuncia, se encontraron elementos que acreditadas el sustento de la que y las afectaciones a la víctima en razón de violencia política en razón de género.

Se explicó que las “conductas que afectan a la víctima y que constituyen violencia política contra la mujer en razón de género, conforme a los parámetros definidos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación contenidos en la Jurisprudencia 21/2018”.

UN CASO HISTÓRICO

En ese sentido, la Consejera Electoral María de los Ángeles Quintero Rentería señaló que el reconocimiento de este caso de violencia política en Tamaulipas, pasará a la historia por ser el primero y por el contexto en el que se da y marca el inicio de la erradicación de la violencia política contra las mujeres de manera más formal y con un marco jurídico establecido con acciones contundentes de las autoridades electorales, invitando a las y los integrantes del Pleno a reflexionar en dicho tema y poner empeño en las acciones para erradicar dicho flajelo para la sociedad.

De igual manera, el Consejero Presidente Juan José G. Ramos Charre calificó como “un hito en la vida democrática de la sociedad tamaulipeca, y en el ejercicio político electoral del derecho a las mujeres a una vida libre de violencia y de no discriminación…” que el Instituto Electoral de Tamaulipas apruebe una resolución en la que por primera vez, es sancionado un ciudadano por caso de violencia política en razón de género.

Destacó que “si bien la libertad de expresión en materia política tiene un estándar reforzado de protección en tanto detona el debate político y el intercambio de ideas, no es posible considerarlo como un derecho superior sobre la posibilidad de que en su ejercicio se vulnere, a través de mensajes estereotipados, el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia…”.

MEDIDAS

A. - Correspondió el Secretario Ejecutivo informar sobre los puntos resolutivos destacándose: a) la existencia de la infracción atribuida al Alejandro M consistente en violencia política contra las mujeres en razón de género, por lo que se le impuso una sanción consistente en amonestación pública, la cual podría aumentar en caso de reincidencia

B. - Se ordenó a Alejandro M, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a que le sea notificada la resolución, ofrecer una disculpa pública a la víctima, a través del mismo medio electrónico y por la temporalidad que transcurrió de la primera publicación a la fecha.

C. - Se ordenó al infractor el retiro inmediato de las publicaciones materia de la resolución

D. - Se ordenaron medidas de reparación integral consistentes en: 1. Medidas de restitución, 2. Medidas de satisfacción, consistente en la disculpa pública, 3. Medidas de no repetición, consistentes en cursar al menos dos cursos sobre: género, masculinidades y lenguaje incluyente y no sexista; curso de Derechos Humanos y género; y, Autonomía y Derechos Humanos de las Mujeres, los cuales se encuentran disponibles para la ciudadanía en la oferta permanente de capacitación que ofrece la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

E. - Se informó a Alejandro M que, en caso de desacato, se le podría imponer alguno de los medios de apremio o correcciones disciplinarias previstas en el artículo 32 de la Ley de Medios, o en su caso, iniciarse un nuevo procedimiento sancionador en su contra.

F. - Una vez que cause ejecutoria la resolución se inscribirá al Alejandro M al Registro de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género en Tamaulipas, en la temporalidad y términos previstos en el artículo 10 de los Lineamientos.

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Ciudad Victoria, Tam.- El Instituto Estatal Electoral de Tamaulipas a través de su Consejo Estatal, reconoció de manera unánime por primera vez un caso de violencia política contra una militante del partido Acción Nacional por parte de un periodista en la ciudad de Matamoros.

Durante la sesión plenaria, el Instituto Electoral de Tamaulipas aprobó por unanimidad de votos de las consejeras y los consejeros electorales, la resolución que recae al expediente PSE-03/2021.

Ello en relación a una denuncia interpuesta por el Representante propietario del Partido Acción Nacional ante el Consejo Local del Instituto Nacional Electoral en Tamaulipas, contra del periodista de Matamoros, Alejandro M, considerando que se incurrió en faltas y acciones de violencia política y de género contra la ciudadana diputada local, Gloria B.

Foto: Ietam

Durante la sesión del Consejo General del Ietam, la Consejera Presidenta de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación Nohemí Argüello Sosa, señaló que dicha denuncia fue atendida a partir de una vista ordenada por el Instituto Nacional Electoral por lo que se procedió a su análisis minucioso.

Concluidas las indagatorias, que involucraron análisis de 19 espacios informativos electrónicos que fueron objeto de la denuncia, se encontraron elementos que acreditadas el sustento de la que y las afectaciones a la víctima en razón de violencia política en razón de género.

Se explicó que las “conductas que afectan a la víctima y que constituyen violencia política contra la mujer en razón de género, conforme a los parámetros definidos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación contenidos en la Jurisprudencia 21/2018”.

UN CASO HISTÓRICO

En ese sentido, la Consejera Electoral María de los Ángeles Quintero Rentería señaló que el reconocimiento de este caso de violencia política en Tamaulipas, pasará a la historia por ser el primero y por el contexto en el que se da y marca el inicio de la erradicación de la violencia política contra las mujeres de manera más formal y con un marco jurídico establecido con acciones contundentes de las autoridades electorales, invitando a las y los integrantes del Pleno a reflexionar en dicho tema y poner empeño en las acciones para erradicar dicho flajelo para la sociedad.

De igual manera, el Consejero Presidente Juan José G. Ramos Charre calificó como “un hito en la vida democrática de la sociedad tamaulipeca, y en el ejercicio político electoral del derecho a las mujeres a una vida libre de violencia y de no discriminación…” que el Instituto Electoral de Tamaulipas apruebe una resolución en la que por primera vez, es sancionado un ciudadano por caso de violencia política en razón de género.

Destacó que “si bien la libertad de expresión en materia política tiene un estándar reforzado de protección en tanto detona el debate político y el intercambio de ideas, no es posible considerarlo como un derecho superior sobre la posibilidad de que en su ejercicio se vulnere, a través de mensajes estereotipados, el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia…”.

MEDIDAS

A. - Correspondió el Secretario Ejecutivo informar sobre los puntos resolutivos destacándose: a) la existencia de la infracción atribuida al Alejandro M consistente en violencia política contra las mujeres en razón de género, por lo que se le impuso una sanción consistente en amonestación pública, la cual podría aumentar en caso de reincidencia

B. - Se ordenó a Alejandro M, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a que le sea notificada la resolución, ofrecer una disculpa pública a la víctima, a través del mismo medio electrónico y por la temporalidad que transcurrió de la primera publicación a la fecha.

C. - Se ordenó al infractor el retiro inmediato de las publicaciones materia de la resolución

D. - Se ordenaron medidas de reparación integral consistentes en: 1. Medidas de restitución, 2. Medidas de satisfacción, consistente en la disculpa pública, 3. Medidas de no repetición, consistentes en cursar al menos dos cursos sobre: género, masculinidades y lenguaje incluyente y no sexista; curso de Derechos Humanos y género; y, Autonomía y Derechos Humanos de las Mujeres, los cuales se encuentran disponibles para la ciudadanía en la oferta permanente de capacitación que ofrece la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

E. - Se informó a Alejandro M que, en caso de desacato, se le podría imponer alguno de los medios de apremio o correcciones disciplinarias previstas en el artículo 32 de la Ley de Medios, o en su caso, iniciarse un nuevo procedimiento sancionador en su contra.

F. - Una vez que cause ejecutoria la resolución se inscribirá al Alejandro M al Registro de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género en Tamaulipas, en la temporalidad y términos previstos en el artículo 10 de los Lineamientos.

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