/ martes 28 de febrero de 2023

No hablen de mí

Laura Coronado Contreras. *

@soylaucoronado.

Libertad de expresión y privacidad han causado los más álgidos debates en cuanto hablamos de la regulación de las redes sociales. ¿Dos derechos contrapuestos?

Indudablemente, uno de nuestros principales atributos como personas es proyectarnos hacia los demás y que la comunidad nos reconozca en nuestra individualidad, con nuestras características, virtudes y defectos. Sumado a ello, existe una esfera que corresponde a nuestra intimidad, cuyo conocimiento exclusivamente se circunscribe a un pequeño círculo al que nosotros elegimos. Asimismo, al pertenecer a una colectividad, ésta por el bienestar de todos, necesita conocernos para gobernarnos. Entonces, ¿de dónde surge la polémica?

En los últimos diez años, el llamado “derecho al olvido” contemplado dentro de la Unión Europea ha sembrado la mayor controversia. A partir de una demanda presentada por un ciudadano español en contra de Google, la pregunta esencial que surgió es cual es el tipo de información que se conoce de nosotros, si esta tiene interés noticioso, es oportuna y, en su caso, si al perder actualidad debe dejar de indexarse.

Recientemente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronunció al respecto al resolver la inconstitucionalidad del artículo 1392 Bis del Código Civil para el Distrito Federal (hoy Ciudad de México) en donde se contemplaba la eliminación de imágenes, audio, video, redes sociales y cualquier información en búsquedas de internet de alguna persona fallecida cuando dicha persona no haya dispuesto sobre ello en su testamento, o bien, haya expresado su voluntad en tal sentido.

Con esto, nuestro máximo tribunal, aclara que nuestros datos personales se encuentran protegidos para respetar nuestra autonomía, evitar daños patrimoniales o morales y nuestras actividades de consumo, pero ello, no se contrapone al derecho que tiene el resto de la ciudadanía de conocer sobre nuestras actividades -buenas o malas- y, en su caso, ejercer su libertad de expresión.

La desinformación, la difamación, la vulneración a la intimidad, la violencia digital y otras conductas delictivas no pueden esconderse bajo el manto de la libertad de expresión, pero también es sumamente importante no cobijarse sobre alguna prerrogativa para censurar o perder nuestra memoria colectiva. Como señalaba José Saramago, “hay que recuperar, mantener, y transmitir la memoria histórica, porque se empieza por el olvido y termina en la indiferencia”.

Si lo que deseaba el legislador es respeto a personas fallecidas, ello no implica que dejen de existir y si lo que busca es elevar y promover el debate público democrático debe brindarle un voto de confianza a los usuarios y tratarlos como ciudadanos que pueden analizar críticamente la información que están recibiendo, ver sus fuentes, estudiar sus repercusiones, las circunstancias que se relatan y formar sus propias opiniones.

A nadie le gusta ser criticado y quizás deberíamos seguir el consejo de Napoleón Hill, “si has de hablar mal de alguien, no lo hagas, escríbelo en la arena, ¡cerca de la orilla del mar!” y no en las redes sociales.

*Investigadora de la Universidad Anáhuac, México. Autora de Familias Enredadas: Cultura Digital para papás y novatos (Penguin), la Libertad de Expresión en el Ciberespacio (Tirant), la Regulación global del ciberespacio (Porrúa) y 12 óperas para conocer el Derecho (Bosch).


Laura Coronado Contreras. *

@soylaucoronado.

Libertad de expresión y privacidad han causado los más álgidos debates en cuanto hablamos de la regulación de las redes sociales. ¿Dos derechos contrapuestos?

Indudablemente, uno de nuestros principales atributos como personas es proyectarnos hacia los demás y que la comunidad nos reconozca en nuestra individualidad, con nuestras características, virtudes y defectos. Sumado a ello, existe una esfera que corresponde a nuestra intimidad, cuyo conocimiento exclusivamente se circunscribe a un pequeño círculo al que nosotros elegimos. Asimismo, al pertenecer a una colectividad, ésta por el bienestar de todos, necesita conocernos para gobernarnos. Entonces, ¿de dónde surge la polémica?

En los últimos diez años, el llamado “derecho al olvido” contemplado dentro de la Unión Europea ha sembrado la mayor controversia. A partir de una demanda presentada por un ciudadano español en contra de Google, la pregunta esencial que surgió es cual es el tipo de información que se conoce de nosotros, si esta tiene interés noticioso, es oportuna y, en su caso, si al perder actualidad debe dejar de indexarse.

Recientemente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronunció al respecto al resolver la inconstitucionalidad del artículo 1392 Bis del Código Civil para el Distrito Federal (hoy Ciudad de México) en donde se contemplaba la eliminación de imágenes, audio, video, redes sociales y cualquier información en búsquedas de internet de alguna persona fallecida cuando dicha persona no haya dispuesto sobre ello en su testamento, o bien, haya expresado su voluntad en tal sentido.

Con esto, nuestro máximo tribunal, aclara que nuestros datos personales se encuentran protegidos para respetar nuestra autonomía, evitar daños patrimoniales o morales y nuestras actividades de consumo, pero ello, no se contrapone al derecho que tiene el resto de la ciudadanía de conocer sobre nuestras actividades -buenas o malas- y, en su caso, ejercer su libertad de expresión.

La desinformación, la difamación, la vulneración a la intimidad, la violencia digital y otras conductas delictivas no pueden esconderse bajo el manto de la libertad de expresión, pero también es sumamente importante no cobijarse sobre alguna prerrogativa para censurar o perder nuestra memoria colectiva. Como señalaba José Saramago, “hay que recuperar, mantener, y transmitir la memoria histórica, porque se empieza por el olvido y termina en la indiferencia”.

Si lo que deseaba el legislador es respeto a personas fallecidas, ello no implica que dejen de existir y si lo que busca es elevar y promover el debate público democrático debe brindarle un voto de confianza a los usuarios y tratarlos como ciudadanos que pueden analizar críticamente la información que están recibiendo, ver sus fuentes, estudiar sus repercusiones, las circunstancias que se relatan y formar sus propias opiniones.

A nadie le gusta ser criticado y quizás deberíamos seguir el consejo de Napoleón Hill, “si has de hablar mal de alguien, no lo hagas, escríbelo en la arena, ¡cerca de la orilla del mar!” y no en las redes sociales.

*Investigadora de la Universidad Anáhuac, México. Autora de Familias Enredadas: Cultura Digital para papás y novatos (Penguin), la Libertad de Expresión en el Ciberespacio (Tirant), la Regulación global del ciberespacio (Porrúa) y 12 óperas para conocer el Derecho (Bosch).