/ lunes 4 de marzo de 2024

Todo pasa por justicia ambiental

Por trillado que se escuche, sin agua no hay vida y sin un medio ambiente sano no hay paz. La importancia de reconocer y fortalecer el medio ambiente y los recursos naturales debe de ser una premisa de vida.

Los temas ambientales no son asuntos de raza, credo o ideología, educación e ingreso, son temas de vital importancia para nacer, crecer y desarrollarnos, de la mejor forma posible, es decir son temas de justicia.

En sentido práctico entendemos a la justicia como la solución de un litigio; desde la creación de este concepto se puso sobre la mesa la idea de que “la justicia es la constante y perpetua voluntad de dar o conceder a cada uno su derecho” (Ulpiano); y la justicia al medio ambiente, aunque no se reconoció desde esas épocas, también tiene la necesidad de proteger y preservar los recursos naturales y sus ecosistemas.

Si bien la justicia tiene dos elementos, la ley como expresión del poder público y las instituciones que se encargan de hacer valer la ley, en México en el rubro ambiental podemos afirmar que contamos con un marco jurídico robusto, aunque perfectible, y también con institucionalidad, que lamentablemente se ha visto debilitada en los últimos años, al igual que los recursos económicos etiquetados en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) para atender al sector ambiental.

Siguiendo su propio camino, el concepto de justicia ha ido evolucionando hasta llegar a hablar hoy de justicia ambiental ó socioambiental.

Este término encuentra sustento en los problemas ambientales que se evidenciaron a partir de los años 60s – 70s del siglo pasado, y de la creciente necesidad de dar derechos legales al medio ambiente a fin de prevenir o, en su caso, remediar las afectaciones generadas por el modelo de desarrollo que imperaba en la comunidad internacional. Un desarrollo poco amigable con los recursos naturales y los ecosistemas y donde los modelos de producción y consumo se caracterizaron por generar externalidades ambientales negativas.

A diferencia de otros derechos, el del medio ambiente ha generado análisis profundos y discusiones serias, dado que involucra cuestiones filosóficas y de ética, y hoy siguen siendo objeto de debate.

No es fácil fijar un parámetro de la “mejor” justicia ambiental, dado que depende de factores como la aplicación efectiva de la ley, la participación ciudadana, implementación de mecanismos de protección de los ecosistemas y los recursos naturales principalmente; en la comunidad internacional se toman como ejemplo de buenas prácticas los sistemas de justicia ambiental que tiene Noruega, Nueva Zelanda, Suiza, y por supuesto Costa Rica en el continente americano.

En el sistema jurídico mexicano, la justicia ambiental se puede aplicar por la vía administrativa o la vía judicial, y como señalé arriba, contamos con un marco legal robusto (derecho a un medio ambiente sano, al acceso a agua potable, al acceso preferente a los recursos naturales, derechos relativos a la participación social, a la protección de las áreas naturales, a los recursos forestales, a la vida silvestre, a los mares y costas, a la zona federal marítimo terrestre, y a los derechos relativos a la restauración) , sin embargo el problema central estriba en quien y como tiene acceso a la justicia ambiental y en que plazos legales, a pesar de que está consagrado en la Carta Magna.

Derechos humanos y justicia ambiental van de la mano, como lo señalan los artículos 1 y 4 en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano, sobre el derecho humano a un medio ambiente sano y los Tratados Internacionales Ambientales de los que México es signatario.

Tenemos todo, en términos de ley e instituciones, para que México llegue a estar en la lista de los países que sí cumplen sus derechos de justicia ambiental. Pero lamentablemente en la práctica se ha demostrado lo contrario. Hoy estamos arrancando el proceso electoral más grande de la historia del país, es el momento en que los ciudadanos que van a buscar el voto popular se comprometan de cara a la nación a que sí tomaran en cuenta al medio ambiente y los recursos naturales en el ejercicio del poder público, que dejaremos atrás los tiempos de la justicia de papel y si habrá un compromiso real, serio y robusto en torno al medio ambiente y la sustentabilidad, es el tiempo de volver a fortalecer al sector ambiental, de trabajar en cada uno de los rubros que integran la agenda del sector y de hacer valer la justicia ambiental. Que los artículos constitucionales que consagran el derecho humano a un medio ambiente sano y agua de calidad, se conviertan en el eje rector del nuevo modelo político y de desarrollo, el medio ambiente debe de ser transversal y reconocerse y respetarse por todos los sectores de desarrollo del país. Sin agua y sin recursos naturales no hay vida y no hay política. Escuchemos a quienes nos quieren gobernar, que tienen que decirnos de la justicia ambiental.


Por trillado que se escuche, sin agua no hay vida y sin un medio ambiente sano no hay paz. La importancia de reconocer y fortalecer el medio ambiente y los recursos naturales debe de ser una premisa de vida.

Los temas ambientales no son asuntos de raza, credo o ideología, educación e ingreso, son temas de vital importancia para nacer, crecer y desarrollarnos, de la mejor forma posible, es decir son temas de justicia.

En sentido práctico entendemos a la justicia como la solución de un litigio; desde la creación de este concepto se puso sobre la mesa la idea de que “la justicia es la constante y perpetua voluntad de dar o conceder a cada uno su derecho” (Ulpiano); y la justicia al medio ambiente, aunque no se reconoció desde esas épocas, también tiene la necesidad de proteger y preservar los recursos naturales y sus ecosistemas.

Si bien la justicia tiene dos elementos, la ley como expresión del poder público y las instituciones que se encargan de hacer valer la ley, en México en el rubro ambiental podemos afirmar que contamos con un marco jurídico robusto, aunque perfectible, y también con institucionalidad, que lamentablemente se ha visto debilitada en los últimos años, al igual que los recursos económicos etiquetados en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) para atender al sector ambiental.

Siguiendo su propio camino, el concepto de justicia ha ido evolucionando hasta llegar a hablar hoy de justicia ambiental ó socioambiental.

Este término encuentra sustento en los problemas ambientales que se evidenciaron a partir de los años 60s – 70s del siglo pasado, y de la creciente necesidad de dar derechos legales al medio ambiente a fin de prevenir o, en su caso, remediar las afectaciones generadas por el modelo de desarrollo que imperaba en la comunidad internacional. Un desarrollo poco amigable con los recursos naturales y los ecosistemas y donde los modelos de producción y consumo se caracterizaron por generar externalidades ambientales negativas.

A diferencia de otros derechos, el del medio ambiente ha generado análisis profundos y discusiones serias, dado que involucra cuestiones filosóficas y de ética, y hoy siguen siendo objeto de debate.

No es fácil fijar un parámetro de la “mejor” justicia ambiental, dado que depende de factores como la aplicación efectiva de la ley, la participación ciudadana, implementación de mecanismos de protección de los ecosistemas y los recursos naturales principalmente; en la comunidad internacional se toman como ejemplo de buenas prácticas los sistemas de justicia ambiental que tiene Noruega, Nueva Zelanda, Suiza, y por supuesto Costa Rica en el continente americano.

En el sistema jurídico mexicano, la justicia ambiental se puede aplicar por la vía administrativa o la vía judicial, y como señalé arriba, contamos con un marco legal robusto (derecho a un medio ambiente sano, al acceso a agua potable, al acceso preferente a los recursos naturales, derechos relativos a la participación social, a la protección de las áreas naturales, a los recursos forestales, a la vida silvestre, a los mares y costas, a la zona federal marítimo terrestre, y a los derechos relativos a la restauración) , sin embargo el problema central estriba en quien y como tiene acceso a la justicia ambiental y en que plazos legales, a pesar de que está consagrado en la Carta Magna.

Derechos humanos y justicia ambiental van de la mano, como lo señalan los artículos 1 y 4 en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano, sobre el derecho humano a un medio ambiente sano y los Tratados Internacionales Ambientales de los que México es signatario.

Tenemos todo, en términos de ley e instituciones, para que México llegue a estar en la lista de los países que sí cumplen sus derechos de justicia ambiental. Pero lamentablemente en la práctica se ha demostrado lo contrario. Hoy estamos arrancando el proceso electoral más grande de la historia del país, es el momento en que los ciudadanos que van a buscar el voto popular se comprometan de cara a la nación a que sí tomaran en cuenta al medio ambiente y los recursos naturales en el ejercicio del poder público, que dejaremos atrás los tiempos de la justicia de papel y si habrá un compromiso real, serio y robusto en torno al medio ambiente y la sustentabilidad, es el tiempo de volver a fortalecer al sector ambiental, de trabajar en cada uno de los rubros que integran la agenda del sector y de hacer valer la justicia ambiental. Que los artículos constitucionales que consagran el derecho humano a un medio ambiente sano y agua de calidad, se conviertan en el eje rector del nuevo modelo político y de desarrollo, el medio ambiente debe de ser transversal y reconocerse y respetarse por todos los sectores de desarrollo del país. Sin agua y sin recursos naturales no hay vida y no hay política. Escuchemos a quienes nos quieren gobernar, que tienen que decirnos de la justicia ambiental.