/ miércoles 7 de septiembre de 2016

Publica Hacienda valores mínimos de participación en convocatoria de la Ronda 1

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), publicólos valores mínimos de la participación del Estado en la utilidadoperativa en los contratos de la cuarta convocatoria de la RondaUno para la extracción de petróleo en aguas profundas.

De esta manera, a través de un reporte, la dependenciaencabezada por Luis Videgaray, precisó que para las áreascontractuales uno y hasta la cuatro el valor mínimo de la regalíaadicional será de 3.1 por ciento; mientras que para las áreascinco a la 10 será de 1.9 por ciento.

“Los valores mínimos garantizan que el Estado recibirá larenta petrolera, a la vez que se promueve la inversión y eldesarrollo de la industria petrolera nacional”, señaló. La SHCPrecordó que la cuarta convocatoria de la Ronda 1, se publicó el17 de diciembre de 2015 y en la cual se establecieron dos variablesde adjudicación: El Factor de Inversión, la cual es una variablerelativa al compromiso de inversión ofrecido para cada áreacontractual.

Y la otra, agregó la dependencia, es la Regalía Adicional,determinada como porcentaje del valor de los hidrocarburos.

“Los valores finales para ambas variables serán determinadosa través de una licitación competitiva y transparente”,apuntó.

De esta manera, dijo que, con respecto a la primera variable deadjudicación, recordó que la Comisión Nacional de Hidrocarburos(CNH) ya estableció un programa mínimo de trabajo aplicable acada bloque, y que las bases de licitación establecen que losvalores que serán aceptables para el Factor de Inversión sonequivalentes a la perforación de ninguno, uno o dos pozosadicionales al programa mínimo de trabajo durante el periodo deexploración.

Por otro lado, agregó, la Regalía Adicional es una de lasprincipales contraprestaciones en favor del Estado y define elbalance económico esperado de las partes que suscriben elcontrato, complementando los otros ingresos que recibirá el Estadoa través de otros instrumentos como el Impuesto sobre la Renta yla Regalía Básica.

“El valor mínimo que se establezca para la Regalía Adicionaldebe garantizar que el Estado recibirá la renta petrolera queresulte de la exploración y la extracción de hidrocarburos, almismo tiempo que se establece un marco competitivo que permita lainversión y se promueva el desarrollo de la industria petroleranacional”, señaló.

Por ello, afirmó, que considerando las condiciones económicasimperantes en la industria a nivel internacional y lascaracterísticas técnicas de las áreas contempladas en lalicitación, procedió a informar el valor mínimo de la RegalíaAdicional para cada bloque.

“Los valores mínimos establecidos permitirán que,considerando todos los elementos económicos incluidos en el marcocontractual y tributario, el Estado reciba una proporción de lasutilidades totales de cada proyecto acorde con la prácticainternacional para la exploración y desarrollo de campos en aguasprofundas y ultra profundas”, comentó.

Finalmente, apuntó que, conforme lo establecido en la Ley deIngresos sobre Hidrocarburos, todos los contratos contienen unmecanismo de ajuste, que garantiza que el Estado recibirácualquier renta extraordinaria asociada a incrementossignificativos en precios o al descubrimiento de volúmenes mayoresa los esperados.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), publicólos valores mínimos de la participación del Estado en la utilidadoperativa en los contratos de la cuarta convocatoria de la RondaUno para la extracción de petróleo en aguas profundas.

De esta manera, a través de un reporte, la dependenciaencabezada por Luis Videgaray, precisó que para las áreascontractuales uno y hasta la cuatro el valor mínimo de la regalíaadicional será de 3.1 por ciento; mientras que para las áreascinco a la 10 será de 1.9 por ciento.

“Los valores mínimos garantizan que el Estado recibirá larenta petrolera, a la vez que se promueve la inversión y eldesarrollo de la industria petrolera nacional”, señaló. La SHCPrecordó que la cuarta convocatoria de la Ronda 1, se publicó el17 de diciembre de 2015 y en la cual se establecieron dos variablesde adjudicación: El Factor de Inversión, la cual es una variablerelativa al compromiso de inversión ofrecido para cada áreacontractual.

Y la otra, agregó la dependencia, es la Regalía Adicional,determinada como porcentaje del valor de los hidrocarburos.

“Los valores finales para ambas variables serán determinadosa través de una licitación competitiva y transparente”,apuntó.

De esta manera, dijo que, con respecto a la primera variable deadjudicación, recordó que la Comisión Nacional de Hidrocarburos(CNH) ya estableció un programa mínimo de trabajo aplicable acada bloque, y que las bases de licitación establecen que losvalores que serán aceptables para el Factor de Inversión sonequivalentes a la perforación de ninguno, uno o dos pozosadicionales al programa mínimo de trabajo durante el periodo deexploración.

Por otro lado, agregó, la Regalía Adicional es una de lasprincipales contraprestaciones en favor del Estado y define elbalance económico esperado de las partes que suscriben elcontrato, complementando los otros ingresos que recibirá el Estadoa través de otros instrumentos como el Impuesto sobre la Renta yla Regalía Básica.

“El valor mínimo que se establezca para la Regalía Adicionaldebe garantizar que el Estado recibirá la renta petrolera queresulte de la exploración y la extracción de hidrocarburos, almismo tiempo que se establece un marco competitivo que permita lainversión y se promueva el desarrollo de la industria petroleranacional”, señaló.

Por ello, afirmó, que considerando las condiciones económicasimperantes en la industria a nivel internacional y lascaracterísticas técnicas de las áreas contempladas en lalicitación, procedió a informar el valor mínimo de la RegalíaAdicional para cada bloque.

“Los valores mínimos establecidos permitirán que,considerando todos los elementos económicos incluidos en el marcocontractual y tributario, el Estado reciba una proporción de lasutilidades totales de cada proyecto acorde con la prácticainternacional para la exploración y desarrollo de campos en aguasprofundas y ultra profundas”, comentó.

Finalmente, apuntó que, conforme lo establecido en la Ley deIngresos sobre Hidrocarburos, todos los contratos contienen unmecanismo de ajuste, que garantiza que el Estado recibirácualquier renta extraordinaria asociada a incrementossignificativos en precios o al descubrimiento de volúmenes mayoresa los esperados.

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