Corte plantea abrir información de fosas en Veracruz

La Policía Federal deberá entregar a un particular datos de la investigación en Colinas de Santa Fe

Manrique Gandaria | El Sol de México

  · lunes 9 de septiembre de 2019

El INAI dio 10 días a la PF para dar una nueva respuesta en la que confirme la clasificación de la información de fosas clandestinas / Foto: Cuartoscuro

El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Javier Laynez Potisek, propone que la Policía Federal debe entregara a un particular toda la información sobre las fosas clandestinas en el predio de Colinas de Santa Fe, Veracruz, donde han sido hallados 253 cráneos y 14 mil restos humanos, ya que no es válido el argumento que la entrega de dicha información podía comprometer la seguridad pública y obstruir la prevención o persecución de los delitos.

El 17 de abril de 2017, Eirinet Gómez López presentó, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, una solicitud de acceso de información dirigida a la Policía Federal requiriendo todos los expedientes, inventarios, bases de datos, fotografías y videos que dieran cuenta de los zapatos, ropa, credenciales, osamenta y otros indicios encontrados en el cementerio clandestino de Colinas de Santa Fe, ubicado al norte del puerto de Veracruz.

El 17 de mayo siguiente la Policía Federal negó a la ciudadana la información solicitada argumentando que la difusión de la información solicitada podía comprometer la seguridad pública y obstruir la prevención o persecución de los delitos y en consecuencia, estableció un periodo de reserva de cinco años.

Inconforme el ciudadano interpuso un recurso de revisión ante el INAI, argumentando que la Policía Federal debía entregarle una versión pública de la información solicitada, la cual no entorpecería las investigaciones del sujeto obligado en tanto que se testarían las porciones que no pudieran ser reveladas.

El pleno del INAI estimó que la entrega de la información solicitada no comprometía las funciones de seguridad pública, sin embargo, consideró que sí se actualizaba la causa de reserva de información establecida y consideró que la prueba de daño acreditaba un perjuicio al interés público, pues al tratarse de diligencias que formaban parte de las investigaciones a cargo de la Fiscalía General de Veracruz, la publicidad de la información requerida por la solicitante representaba un riesgo real, demostrable e identificable que era susceptible de entorpecer la prevención y persecución de los delitos, así como de poner en riesgo la investigación correspondiente.