/ miércoles 5 de julio de 2023

Jueza da tres días a la SEP para cumplir con requisitos para imprimir libros de texto

La SEP debe comprobar que se realizó una consulta y revisión del material educativo para el ciclo escolar 2023-2024 antes de continuar con la impresión de los libros de texto

Una jueza federal dio un plazo de tres días hábiles para que la Secretaría de Educación Pública (SEP) y la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos (Conaliteg) cumplan con una sentencia en la que se les ordenó comprobar que se realizó una consulta y revisión del material educativo para el ciclo escolar 2023-2024 antes de continuar con la impresión de los libros de texto.

Al resolver un incidente por defecto, la jueza Yadira Elizabeth Medina Alcántara, titular del tercer juzgado de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, señaló que la SEP y la Conaliteg han hecho caso omiso de atender la sentencia referida, la cual fue dictada por ella misma el pasado 25 de mayo.

En ella, a raíz de un amparo promovido por la Unión Nacional de Padres de Familia (UNPF) en contra de la impresión de los libros de texto gratuitos, debido a que supuestamente no se cumplieron con los requisitos legales para ello, la juzgadora determinó que las dependencias podrían continuar con ello en tanto comprobaran que sí hicieron una consulta y revisión del material educativo.

Sin embargo, a más de un mes de ese fallo, la SEP y la Conaliteg no han cumplido con lo solicitado por Medina Alcántara, por lo que dio hasta este miércoles para que fuera acatado, de lo contrario podrían ser acreedoras de las sanciones correspondientes.

“En caso de no obedecer lo aquí ordenado y continuar con una actitud omisa, o bien, en caso de eludir el acatamiento de la suspensión definitiva, con actos que no tiendan de manera directa a satisfacerla, se continuará con el procedimiento previsto en el artículo 192 de la ley de la materia, requiriéndosele por conducto de su superior jerárquico y este Juzgado Federal podrá continuar con los trámites que en derecho correspondan y en su caso se dará vista al Agente del Ministerio Público de la Federación, para los efectos del artículo 262, fracción III de la Ley de Amparo”, advirtió en su sentencia.

Dicho artículo establece penas de entre tres y nueve años de prisión, destitución o inhabilitación por los mismos años y una multa de cincuenta a 500 días al servidor público que con el carácter de autoridad responsable en el juicio de amparo o en el incidente de suspensión no obedezca un auto de suspensión debidamente notificado.

Como sucedió con el fallo anterior, éste no impide que se lleve a cabo la impresión de los libros de texto gratuitos para el próximo ciclo escolar, pero sí pretende justificar su legalidad, misma que ha sido puesta en duda por organizaciones como la UNPF, pues según han denunciado carecen de bases científicas, técnicas pedagógicas y de una correcta revisión.

Una jueza federal dio un plazo de tres días hábiles para que la Secretaría de Educación Pública (SEP) y la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos (Conaliteg) cumplan con una sentencia en la que se les ordenó comprobar que se realizó una consulta y revisión del material educativo para el ciclo escolar 2023-2024 antes de continuar con la impresión de los libros de texto.

Al resolver un incidente por defecto, la jueza Yadira Elizabeth Medina Alcántara, titular del tercer juzgado de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, señaló que la SEP y la Conaliteg han hecho caso omiso de atender la sentencia referida, la cual fue dictada por ella misma el pasado 25 de mayo.

En ella, a raíz de un amparo promovido por la Unión Nacional de Padres de Familia (UNPF) en contra de la impresión de los libros de texto gratuitos, debido a que supuestamente no se cumplieron con los requisitos legales para ello, la juzgadora determinó que las dependencias podrían continuar con ello en tanto comprobaran que sí hicieron una consulta y revisión del material educativo.

Sin embargo, a más de un mes de ese fallo, la SEP y la Conaliteg no han cumplido con lo solicitado por Medina Alcántara, por lo que dio hasta este miércoles para que fuera acatado, de lo contrario podrían ser acreedoras de las sanciones correspondientes.

“En caso de no obedecer lo aquí ordenado y continuar con una actitud omisa, o bien, en caso de eludir el acatamiento de la suspensión definitiva, con actos que no tiendan de manera directa a satisfacerla, se continuará con el procedimiento previsto en el artículo 192 de la ley de la materia, requiriéndosele por conducto de su superior jerárquico y este Juzgado Federal podrá continuar con los trámites que en derecho correspondan y en su caso se dará vista al Agente del Ministerio Público de la Federación, para los efectos del artículo 262, fracción III de la Ley de Amparo”, advirtió en su sentencia.

Dicho artículo establece penas de entre tres y nueve años de prisión, destitución o inhabilitación por los mismos años y una multa de cincuenta a 500 días al servidor público que con el carácter de autoridad responsable en el juicio de amparo o en el incidente de suspensión no obedezca un auto de suspensión debidamente notificado.

Como sucedió con el fallo anterior, éste no impide que se lleve a cabo la impresión de los libros de texto gratuitos para el próximo ciclo escolar, pero sí pretende justificar su legalidad, misma que ha sido puesta en duda por organizaciones como la UNPF, pues según han denunciado carecen de bases científicas, técnicas pedagógicas y de una correcta revisión.

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