Permite EU uso del dólar a los cubanos

Redacción El Sol de México

  · miércoles 16 de marzo de 2016

Carmen Flores / El Sol de México

Corresponsal

WASHINGTON, DC. (OEM-Informex).- En la antesala del viaje de lapróxima semana del presidente Barack Obama a Cuba, la Casa Blancaanunció que se autoriza a los ciudadanos cubanos en la isla, usaral dólar estadunidense como moneda de transacciones, que seamplían las licencias comerciales y la autorización de vueloscomerciales entre los dos países.

Los cambios emitidos por los Departamentos del Tesoro, Comercioy Transporte; amplían el acceso de Cuba y sus ciudadanos a lasinstituciones financieras estadunidenses y al dólar, así como laextensión de servicios aéreos entre los dos países quefacilitarán un aumento en el permiso de viajes a la isla para losciudadanos estadunidenses.

Lo más notable de los cambios -previos a la visita de Obama aCuba, el próximo 21 y 22 de marzo-, es que el Departamento delTesoro levantó la prohibición del uso del dólar estadunidenseentre la población cubana en la misma isla.

“Estas enmiendas promueven el avance de la nueva direccióncon respecto a Cuba que el presidente Obama estableció endiciembre de 2014”, destacó la Casa Blanca al difundir elanuncio.

El Departamento del Tesoro destacó que las acciones estánconcentradas en consolidar el restablecimiento total de lasrelaciones con Cuba, derribando barreras económicas, empoderandoal pueblo cubano y fomentando sus libertades financieras.

El Departamento de Transportes levantó la restricción a losviajes de estadunidenses a Cuba, con el propósito de incrementarproyectos de promoción educativa entre los dos países.

El solicitante de este tipo de viajes a Cuba, deberá demostrarque está involucrado en programas de tiempo completo deactividades de intercambio educativo destinadas a mejorar elcontacto con el pueblo cubano. Que apoyen “a la sociedad civil deCuba a promover la independencia de la población de lasautoridades”.

La modificación en esta restricción, eliminó el requerimientode que este tipo de viajes fueran patrocinados por unaorganización sujeta a la jurisdicción de los Estados Unidos y quelos viajeros fueran a Cuba; acompañados de un representante deorganización no-gubernamental patrocinadora.

El Gobierno de Obama autoriza ahora que los ciudadanos cubanosen Estados Unidos que tengan estatus de no inmigrante o que estánen proceso de recibir un cambio en su estatus de residencia,perciban un salario o compensación empatada a los términos de susituación de estancia; siempre y cuando su receptor no estésujeto a ninguna valoración tributaria en Cuba.

Bajo este mecanismo, el Departamento del Tesoro permite que lasempresas estadunidenses establezcan transacciones relacionadas conel patrocinio o la contratación de ciudadanos cubanos para quetrabajen o se desempeñen en Estados Unidos. Esto se aplicará alos atletas, artistas, intérpretes y otras personas que obtenganvisados requeridos para viajar a Estados Unidos y ganar salarios yestipendios que superen los gastos de subsistencia básicos.

La Oficina para el Control de Bienes Extranjeros (OFAC) delDepartamento del Tesoro, autoriza “ciertos” tratos enmercadería de origen cubano por parte de personas para el consumopersonal mientras estén en países terceros, y para que reciban uobtengan servicios de Cuba o de una persona cubana que seannaturales habituales. “Esta autorización permitirá, porejemplo, que los estadunidenses que viajan a Europa compren yconsuman productos de alcohol y tabaco de origen cubano mientrasestán en el extranjero, de manera similar a lo que ocurre con lasexenciones para viajes en otros programas de sanciones”, explicóla OFAC.

Se autorizó a las instituciones bancarias de Estados Unidos aprocesar transacciones tipo U-Turn, en las que tenga un interésCuba o un ciudadano de ese país. Con ello se permiten lastransferencias de fondos desde un banco fuera de Estados Unidos quepasen a través de una o más instituciones financieras, antes deque se transfieran a un banco fuera de Estados Unidos, donde ni eloriginario ni el beneficiario es una persona sujeta a lajurisdicción estadunidense.

“Se autoriza a las instituciones bancarias de Estados Unidos aque procesen instrumentos monetarios en dólares estadunidenses,que incluyen efectivo y cheques de viajero, presentadosindirectamente por instituciones financieras cubanas”, informóel Departamento del Tesoro. Se libera a su vez el que las cuentascorresponsales en instituciones financieras de países tercerosusadas para dichas transacciones, puedan ser denominadas endólares estadunidenses.

Por otro lado, se autoriza a instituciones bancarias de EstadosUnidos a que abran y mantengan cuentas bancarias en el territorioestadunidense, para que ciudadanos cubanos en Cuba reciban pagos enEstados Unidos por transacciones autorizadas o exentas y queremitan dichos pagos a Cuba.

En acuerdo con el Departamento de Comercio, el del Tesoroautoriza “la presencia física” (oficinas, almacenes) deentidades estadunidenses en Cuba que participan en proyectoshumanitarios, en actividades no comerciales enfocadas aproporcionar apoyo al pueblo cubano, y para las fundacionesprivadas o institutos de investigación o educación en ciertasactividades autorizadas.

Se expande la autorización existente para la “presenciacomercial” (como un empresa conjunta) para que incluyaexportadores de bienes que están autorizados para la exportacióny reexportacion a Cuba o que estén exentos. Para entidades queproporcionan servicios de transmisión de correo postal o paqueteso servicios de transportes de cargas, y proveedores de servicios detransporte de carga y viajes para facilitar las transaccionesautorizadas.

La OFAC amplio el acceso para la importación de “software”de origen cubano. Emitió la autorización para que navíostransporten carga autorizada desde Estados Unidos a Cuba y queluego naveguen a otros países cualquier resto de carga embalada enEstados Unidos.

Se adopta una política de licenciamiento de revisión, “casopor caso” para las exportaciones y reexportaciones de elementosque permitirían o facilitarían las exportaciones de Cuba deartículos producidos por el sector privado de ese país.

Por último, se autoriza la provisión de becas y subvencioneseducativas, y aclarando que una autorización existente se aplicaal otorgamiento de becas y subvenciones para los proyectoshumanitarios autorizados en los reglamentes de la OFAC.

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