/ lunes 29 de abril de 2019

Igualdad sustantiva; derechos políticos de las mujeres

A María de los Ángeles Moreno, aliada de causas feministas.

La categoría política de ciudadanía ha ido transformándose conforme ha ido cambiando el mundo y se inventaron los derechos humanos de todas las personas físicas a partir de su condición humana. 2019 seguimos aprendiendo sobre los derechos humanos de las mujeres, particularmente cuando alertamos sobre la agresión perpetuada contra ellas por serlo.

Cierto, se han logrado graduales avances trascendentales para el reconocimiento de nuestra ciudadanía. Aunque todavía insuficientes, los preceptos jurídicos construidos tienen como objeto y objetivo erradicar formas discriminatorias que impiden precisamente nuestros derechos.

En 1952 se determina una ruta constitucional a favor de los derechos políticos de las mujeres, aunque realmente comienza la discusión formal en 1937 cuando ambas cámaras y los congresos locales necesarios, reforman en el mismo sentido el artículo 34 de la Constitución al adicionar en la carta magna que son ciudadanos los hombres y las mujeres, de manera que tienen derechos -las mujeres- a votar y ser votadas. Por prejuicios de que “las mujeres van a ser usadas por la iglesia católica”, aquella otrora reforma del 37 no se concreta en términos del 135 constitucional.

1974 se reconoce la igualdad jurídica entre “el varón y la mujer” que para efectos laborales y planificación familiar son un avance, sin embargo los derechos políticos, los que sustentan la garantía de participación en los asuntos de decisión y de poder seguían siendo escatimados.

Con el nuevo siglo devienen las cuotas para que en un tanto por ciento establecido en las leyes participen las mujeres en encargos de elección, y de ahí transitamos hacia establecer la paridad en otra reforma constitucional en 2014 al artículo 41 para lograr congresos paritarios a nivel federal y congresos locales.

Hoy se gesta otra reforma desde el Senado, a propósito de las iniciativas de las Senadoras Malú Micher, Kenia López, Claudia Anaya y otras senadoras para reformar los artículos 2, 4, 35, 41, 52, 56, 94 y 115 de la Constitución y adicionar los principios de Igualdad Sustantiva y Paridad en las candidaturas de Presidencias, regidurías y sindicaturas en el tercer orden de gobierno, así como de la integración de la SCJN y reafirmar la presencia de mujeres en el Congreso; a las ciudadanas se les llama ciudadanas.

De aquellos conceptos esgrimidos por el Presidente Ruiz Cortines respecto que la mujer mexicana es “ejemplo de abnegación, de trabajo y de moral” responsable única de inculcar “en sus hijos los principios morales que han sido un firme sostén de la familia mexicana” a los preceptos de las reformas que hemos venido promoviendo hay una gran trecho. La erradicación de las todas las formas de discriminación visibles e invisibles ha sido una constante, incluidas aquellas que obligan como única responsable de la familia a la mujer. Igual desmontar el absurdo impedimento de que somos pasionales y emotivas y que nuestra única virtud es ser abnegadas, lo que hace impropio participar en los asuntos del ámbito público.

Gradual, permanente, insistente, remontando obstáculos, pasando la estafeta de unas a otras, hermanadas desde generaciones atrás, así ha sido nuestro quehacer para lograr la Igualdad entre mujeres y hombres; la Igualdad Sustantiva, real, objetiva, concreta.

@angelicadelap

A María de los Ángeles Moreno, aliada de causas feministas.

La categoría política de ciudadanía ha ido transformándose conforme ha ido cambiando el mundo y se inventaron los derechos humanos de todas las personas físicas a partir de su condición humana. 2019 seguimos aprendiendo sobre los derechos humanos de las mujeres, particularmente cuando alertamos sobre la agresión perpetuada contra ellas por serlo.

Cierto, se han logrado graduales avances trascendentales para el reconocimiento de nuestra ciudadanía. Aunque todavía insuficientes, los preceptos jurídicos construidos tienen como objeto y objetivo erradicar formas discriminatorias que impiden precisamente nuestros derechos.

En 1952 se determina una ruta constitucional a favor de los derechos políticos de las mujeres, aunque realmente comienza la discusión formal en 1937 cuando ambas cámaras y los congresos locales necesarios, reforman en el mismo sentido el artículo 34 de la Constitución al adicionar en la carta magna que son ciudadanos los hombres y las mujeres, de manera que tienen derechos -las mujeres- a votar y ser votadas. Por prejuicios de que “las mujeres van a ser usadas por la iglesia católica”, aquella otrora reforma del 37 no se concreta en términos del 135 constitucional.

1974 se reconoce la igualdad jurídica entre “el varón y la mujer” que para efectos laborales y planificación familiar son un avance, sin embargo los derechos políticos, los que sustentan la garantía de participación en los asuntos de decisión y de poder seguían siendo escatimados.

Con el nuevo siglo devienen las cuotas para que en un tanto por ciento establecido en las leyes participen las mujeres en encargos de elección, y de ahí transitamos hacia establecer la paridad en otra reforma constitucional en 2014 al artículo 41 para lograr congresos paritarios a nivel federal y congresos locales.

Hoy se gesta otra reforma desde el Senado, a propósito de las iniciativas de las Senadoras Malú Micher, Kenia López, Claudia Anaya y otras senadoras para reformar los artículos 2, 4, 35, 41, 52, 56, 94 y 115 de la Constitución y adicionar los principios de Igualdad Sustantiva y Paridad en las candidaturas de Presidencias, regidurías y sindicaturas en el tercer orden de gobierno, así como de la integración de la SCJN y reafirmar la presencia de mujeres en el Congreso; a las ciudadanas se les llama ciudadanas.

De aquellos conceptos esgrimidos por el Presidente Ruiz Cortines respecto que la mujer mexicana es “ejemplo de abnegación, de trabajo y de moral” responsable única de inculcar “en sus hijos los principios morales que han sido un firme sostén de la familia mexicana” a los preceptos de las reformas que hemos venido promoviendo hay una gran trecho. La erradicación de las todas las formas de discriminación visibles e invisibles ha sido una constante, incluidas aquellas que obligan como única responsable de la familia a la mujer. Igual desmontar el absurdo impedimento de que somos pasionales y emotivas y que nuestra única virtud es ser abnegadas, lo que hace impropio participar en los asuntos del ámbito público.

Gradual, permanente, insistente, remontando obstáculos, pasando la estafeta de unas a otras, hermanadas desde generaciones atrás, así ha sido nuestro quehacer para lograr la Igualdad entre mujeres y hombres; la Igualdad Sustantiva, real, objetiva, concreta.

@angelicadelap