/ lunes 23 de diciembre de 2019

Protocolo trans, dos años después de su emisión

En el marco del Proceso Electoral 2017-2018 el INE buscó crear las condiciones para que diferentes grupos que históricamente han visto vulnerados sus derechos políticos pudieran participar de manera plena en las elecciones, esto a partir de la implementación de medidas de nivelación. Una de las más significativas, por el impacto que generó, fue el Protocolo para adoptar las medidas tendientes a garantizar a las personas trans el ejercicio del voto en igualdad de condiciones y sin discriminación en todos los tipos de elección y mecanismos de participación ciudadana, coloquialmente llamado Protocolo Trans.

Apenas el día de ayer, 22 de diciembre, se cumplieron 2 años de la aprobación de este documento por parte del Consejo General del INE. La emisión del Protocolo significó un gran avance en el reconocimiento y el respeto de los derechos humanos de las personas trans, al ser un parteaguas para coadyuvar en la erradicación de la discriminación que enfrentan por motivos de identidad o expresión de género, recordemos que la ENDOSIG 2018[1] reporta que el 59.8% de la población encuestada se sintió discriminada por al menos un motivo en el último año, siendo las causas más comunes el aspecto físico y las expresiones de género.

Reconociendo esta realidad, la medida más importante que se estableció en el protocolo fue señalar que: “En ningún caso la falta de concordancia entre la expresión de género del o de la votante con la fotografía de la Credencial para Votar, o bien con el nombre o el sexo (hombre o mujer) asentados en ella podrá ser causa para impedir el voto”. Aunado a lo anterior, la elaboración e implementación del Protocolo trans dio paso a la adopción de más medidas en beneficio de la población trans, por ejemplo, en el nuevo modelo de la credencial para votar, la ciudadanía podrá decidir que el dato referente al sexo se incorpore visible al anverso o no visible en el código QR. También, aprobamos el Protocolo para garantizar el derecho a la no discriminación por identidad y expresión de género de las personas que laboran en el Instituto Nacional Electoral, con el cual afianzamos nuestro compromiso de garantizar que el Instituto siga siendo un espacio libre de discriminación.

Dichas medidas resultan fundamentales en un contexto en el que no existe una ley federal que reconozca el derecho a la identidad de género. En 2017, cuando se aprobó el Protocolo, únicamente la Ciudad de México, Michoacán y Nayarit contaban con leyes que protegían y reconocían el derecho a la identidad, hoy en día, 6 entidades más se han sumado: Coahuila, San Luis Potosí, Hidalgo, Oaxaca, Tlaxcala y Colima.

Sin embargo, es importante mencionar que, a finales de noviembre, la SCJN aprobó una Tesis de Jurisprudencia[2] cuyo sentido señala que tratándose de una reasignación sexo-genérica, el trámite para la adecuación o expedición de un acta de nacimiento nueva debe efectuarse en la vía administrativa registral. Esto implica que las personas trans podrán solicitar ante las autoridades registrales el trámite para la adecuación o expedición de una nueva acta de nacimiento sin la necesidad de iniciar un juicio, y ante la negativa de la autoridad administrativa podrán interponer un amparo. Aunque aún estamos lejos de garantizar a las personas trans todos sus derechos humanos, es innegable que se han tenido avances significativos.

Ahora debemos tomar conciencia de que todas estas medidas deben ir acompañadas de un cambio cultural puesto que la población trans, en especial las mujeres, según un informe de la CIDH viven “un ciclo de violencia, discriminación y criminalización que generalmente comienza desde muy temprana edad, por la exclusión y violencia sufrida en sus hogares, comunidades y centros educativos”[3]. Por este motivo, uno de los grandes logros del Protocolo Trans es la sensibilización de la ciudadanía que integra las Mesas Directivas de Casilla (MDC), sí, desde luego en temas de organización electoral, pero también bajo la pauta del Protocolo para evitar que las personas trans sean discriminadas el día de la Jornada Electoral: durante el PE 2017-2018 capacitamos a 1,397,380 funcionarios y funcionarias de MDC, este ejercicio no culminó con las elecciones de 2018, lo replicamos en los Procesos locales de 2019 en donde acercamos a 163,834 y lo seguiremos haciendo para cada elección; así, para las elecciones locales del próximo año en Hidalgo y Coahuila proyectamos sensibilizar a 54,810 ciudadanas y ciudadanos.

Aunque el Protocolo Trans está enfocado a las problemáticas de dicha comunidad, es indudable que la implementación de este tipo de acciones conlleva un beneficio mayor, ya que la democracia tiene como máximas la igualdad y la inclusión. En la actualidad resulta imposible imaginar un sistema democrático en el que uno o varios sectores de la población sean excluidos, en este sentido, la autoridad electoral deberá continuar con las tareas que permitan la construcción de una democracia en la que todas y todos puedan hacer escuchar su voz.


[1] Encuesta sobre Discriminación por Motivos de Orientación Sexual e Identidad de Género 2018

[2] Derivada de la contradicción de tesis 346/2019

[3] Comisión Interamericana de Derechos Humanos y Organización de los Estados Americanos. Violencias contra las personas LGBTI en América. 2015. Disponible en http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/ViolenciaPersonasLGBTI.pdf

En el marco del Proceso Electoral 2017-2018 el INE buscó crear las condiciones para que diferentes grupos que históricamente han visto vulnerados sus derechos políticos pudieran participar de manera plena en las elecciones, esto a partir de la implementación de medidas de nivelación. Una de las más significativas, por el impacto que generó, fue el Protocolo para adoptar las medidas tendientes a garantizar a las personas trans el ejercicio del voto en igualdad de condiciones y sin discriminación en todos los tipos de elección y mecanismos de participación ciudadana, coloquialmente llamado Protocolo Trans.

Apenas el día de ayer, 22 de diciembre, se cumplieron 2 años de la aprobación de este documento por parte del Consejo General del INE. La emisión del Protocolo significó un gran avance en el reconocimiento y el respeto de los derechos humanos de las personas trans, al ser un parteaguas para coadyuvar en la erradicación de la discriminación que enfrentan por motivos de identidad o expresión de género, recordemos que la ENDOSIG 2018[1] reporta que el 59.8% de la población encuestada se sintió discriminada por al menos un motivo en el último año, siendo las causas más comunes el aspecto físico y las expresiones de género.

Reconociendo esta realidad, la medida más importante que se estableció en el protocolo fue señalar que: “En ningún caso la falta de concordancia entre la expresión de género del o de la votante con la fotografía de la Credencial para Votar, o bien con el nombre o el sexo (hombre o mujer) asentados en ella podrá ser causa para impedir el voto”. Aunado a lo anterior, la elaboración e implementación del Protocolo trans dio paso a la adopción de más medidas en beneficio de la población trans, por ejemplo, en el nuevo modelo de la credencial para votar, la ciudadanía podrá decidir que el dato referente al sexo se incorpore visible al anverso o no visible en el código QR. También, aprobamos el Protocolo para garantizar el derecho a la no discriminación por identidad y expresión de género de las personas que laboran en el Instituto Nacional Electoral, con el cual afianzamos nuestro compromiso de garantizar que el Instituto siga siendo un espacio libre de discriminación.

Dichas medidas resultan fundamentales en un contexto en el que no existe una ley federal que reconozca el derecho a la identidad de género. En 2017, cuando se aprobó el Protocolo, únicamente la Ciudad de México, Michoacán y Nayarit contaban con leyes que protegían y reconocían el derecho a la identidad, hoy en día, 6 entidades más se han sumado: Coahuila, San Luis Potosí, Hidalgo, Oaxaca, Tlaxcala y Colima.

Sin embargo, es importante mencionar que, a finales de noviembre, la SCJN aprobó una Tesis de Jurisprudencia[2] cuyo sentido señala que tratándose de una reasignación sexo-genérica, el trámite para la adecuación o expedición de un acta de nacimiento nueva debe efectuarse en la vía administrativa registral. Esto implica que las personas trans podrán solicitar ante las autoridades registrales el trámite para la adecuación o expedición de una nueva acta de nacimiento sin la necesidad de iniciar un juicio, y ante la negativa de la autoridad administrativa podrán interponer un amparo. Aunque aún estamos lejos de garantizar a las personas trans todos sus derechos humanos, es innegable que se han tenido avances significativos.

Ahora debemos tomar conciencia de que todas estas medidas deben ir acompañadas de un cambio cultural puesto que la población trans, en especial las mujeres, según un informe de la CIDH viven “un ciclo de violencia, discriminación y criminalización que generalmente comienza desde muy temprana edad, por la exclusión y violencia sufrida en sus hogares, comunidades y centros educativos”[3]. Por este motivo, uno de los grandes logros del Protocolo Trans es la sensibilización de la ciudadanía que integra las Mesas Directivas de Casilla (MDC), sí, desde luego en temas de organización electoral, pero también bajo la pauta del Protocolo para evitar que las personas trans sean discriminadas el día de la Jornada Electoral: durante el PE 2017-2018 capacitamos a 1,397,380 funcionarios y funcionarias de MDC, este ejercicio no culminó con las elecciones de 2018, lo replicamos en los Procesos locales de 2019 en donde acercamos a 163,834 y lo seguiremos haciendo para cada elección; así, para las elecciones locales del próximo año en Hidalgo y Coahuila proyectamos sensibilizar a 54,810 ciudadanas y ciudadanos.

Aunque el Protocolo Trans está enfocado a las problemáticas de dicha comunidad, es indudable que la implementación de este tipo de acciones conlleva un beneficio mayor, ya que la democracia tiene como máximas la igualdad y la inclusión. En la actualidad resulta imposible imaginar un sistema democrático en el que uno o varios sectores de la población sean excluidos, en este sentido, la autoridad electoral deberá continuar con las tareas que permitan la construcción de una democracia en la que todas y todos puedan hacer escuchar su voz.


[1] Encuesta sobre Discriminación por Motivos de Orientación Sexual e Identidad de Género 2018

[2] Derivada de la contradicción de tesis 346/2019

[3] Comisión Interamericana de Derechos Humanos y Organización de los Estados Americanos. Violencias contra las personas LGBTI en América. 2015. Disponible en http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/ViolenciaPersonasLGBTI.pdf