/ jueves 14 de julio de 2022

AMLO libra acusación por actos anticipados de campaña

Los magistrados desecharon la queja del PAN, pues no se pudo comprobar que el presidente haya solicitado el voto de la ciudadanía

El presidente Andrés Manuel López Obrador no ha cometido actos anticipados de precampaña y campaña como acusó el Partido Acción Nacional (PAN), aseguró este jueves la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Al analizar el asunto, derivado de una queja del PAN, los magistrados de la Sala Especializada negaron que el mandatario federal haya cometido delitos electorales por mencionar los nombres de sus “corcholatas” rumbo a las elecciones presidenciales de 2024 en conferencias de prensa del 28 de abril y 1 de mayo.

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De igual manera, consideraron que el presidente López Obrador no vulneró los principios de equidad y neutralidad en la contienda por mencionar a los posibles candidatos de su partido o por haberse reunido con legisladores de Morena en Palacio Nacional el 28 de abril.

Por unanimidad, los magistrados desecharon la queja de Acción Nacional, pues consideraron que pese a dar los nombres de su gabinete y exaltar a funcionarios como el secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, no se pudo comprobar que lo haya hecho para solicitar el voto de la ciudadanía.

“No se acredita el elemento subjetivo de los actos anticipados de campaña y precampaña que atiende a la finalidad o intención de llamar a votar o pedir apoyo a favor o en contra de cualquier persona o partido para contender en un procedimiento interno o en un proceso electoral”, explicó el proyecto.

En razón de lo anterior, se declararon inexistentes las infracciones atribuidas al presidente López Obrador, así como contra Morena por la supuesta violación del deber de cuidado al no evitar que el mandatario federal hiciera dichas declaraciones.

Esta es la segunda vez que la Sala Regional del TEPJF desecha una acusación por actos anticipados de precampaña y campaña contra funcionarios y miembros de Morena.

El pasado 30 de junio, la misma Sala hizo lo propio con una queja presentada por el PRI contra la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, a quien acusó de violar el principio de equidad mediante publicaciones en redes sociales y por su asistencia a eventos proselitistas en el pasado proceso electoral.

Durante los actos, señaló el Revolucionario Institucional, la mandataria local dejó entrever sus aspiraciones a competir por la candidatura de su partido en las elecciones federales de 2024, señalamiento que desecharon los magistrados bajo el argumento de que Sheinbaum no hizo ningún llamado directo e inequívoco al voto.



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El presidente Andrés Manuel López Obrador no ha cometido actos anticipados de precampaña y campaña como acusó el Partido Acción Nacional (PAN), aseguró este jueves la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Al analizar el asunto, derivado de una queja del PAN, los magistrados de la Sala Especializada negaron que el mandatario federal haya cometido delitos electorales por mencionar los nombres de sus “corcholatas” rumbo a las elecciones presidenciales de 2024 en conferencias de prensa del 28 de abril y 1 de mayo.

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De igual manera, consideraron que el presidente López Obrador no vulneró los principios de equidad y neutralidad en la contienda por mencionar a los posibles candidatos de su partido o por haberse reunido con legisladores de Morena en Palacio Nacional el 28 de abril.

Por unanimidad, los magistrados desecharon la queja de Acción Nacional, pues consideraron que pese a dar los nombres de su gabinete y exaltar a funcionarios como el secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, no se pudo comprobar que lo haya hecho para solicitar el voto de la ciudadanía.

“No se acredita el elemento subjetivo de los actos anticipados de campaña y precampaña que atiende a la finalidad o intención de llamar a votar o pedir apoyo a favor o en contra de cualquier persona o partido para contender en un procedimiento interno o en un proceso electoral”, explicó el proyecto.

En razón de lo anterior, se declararon inexistentes las infracciones atribuidas al presidente López Obrador, así como contra Morena por la supuesta violación del deber de cuidado al no evitar que el mandatario federal hiciera dichas declaraciones.

Esta es la segunda vez que la Sala Regional del TEPJF desecha una acusación por actos anticipados de precampaña y campaña contra funcionarios y miembros de Morena.

El pasado 30 de junio, la misma Sala hizo lo propio con una queja presentada por el PRI contra la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, a quien acusó de violar el principio de equidad mediante publicaciones en redes sociales y por su asistencia a eventos proselitistas en el pasado proceso electoral.

Durante los actos, señaló el Revolucionario Institucional, la mandataria local dejó entrever sus aspiraciones a competir por la candidatura de su partido en las elecciones federales de 2024, señalamiento que desecharon los magistrados bajo el argumento de que Sheinbaum no hizo ningún llamado directo e inequívoco al voto.



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