Vecinos presentan queja en Derechos Humanos por cambios de uso de suelo en Nuevo Polanco

Afirman que el Congreso de la capital "violó arbitrariamente el derecho a la consulta"

Israel Zamarrón | El Sol de México

  · jueves 4 de marzo de 2021

Moliere 515. Foto Google Maps

Vecinos de la colonia Ampliación Granada acudieron este jueves a la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) para presentar una queja por no haber sido consultados antes de que el Congreso capitalino aprobará cuatro cambios de uso de suelo de oficina y vivienda a hotel en Nuevo Polanco (colonias Granada y Ampliación Granada), alcaldía Miguel Hidalgo.

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En el documento, entregado por los residentes Iván Guerra y Eduardo Cervantes, se acusa que la aprobación de los dictámenes de cambios de uso de suelo por parte del Congreso, sin previamente haber escuchado a los vecinos de Nuevo Polanco, “violó arbitrariamente el derecho a la consulta, establecido en el artículo 16, apartado C, numeral 6 de la Constitución Política de la Ciudad de México, y el procedimiento en el artículo 94 bis de la Ley de Desarrollo Urbano”.

Dichos cambios de uso de suelo para hotel fueron promovidos desde marzo de 2020 por particulares en los desarrollos de Ejército Nacional 769 (Miyana-Grupo Gigante); Ejército Nacional 843 (Antara Fase II- Grupo Sordo Madaleno); Moliere 515 (Hotel Moliere- Eli Sitt) y Río San Joaquín 498 (Cuadrante Neuchatel- Mira Companies), y fueron aprobados el 29 de enero de este año por la Comisión de Desarrollo e Infraestructura Urbana y el 11 de febrero por el Pleno del Congreso.

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La Ley de Desarrollo Urbano mandata que, para analizar la pertinencia del cambio de uso de suelo, la Comisión de Desarrollo e Infraestructura Urbana debía consultar la opinión técnica de secretarías como la Seduvi, la de Movilidad, Protección Civil o la alcaldía Miguel Hidalgo, así como los comités vecinales. Sin embargo, el artículo 94 bis establece el proceso de publicitación vecinal para cambios de uso de suelo, el cual, acusan los vecinos, no se llevó a cabo.

“El Procedimiento de Publicitación Vecinal es un requisito indispensable para la procedencia del registro de manifestación de construcción tipo B o C, así como para la expedición de permisos o licencias referentes a cambios de uso de suelo, fusiones, subdivisiones, transferencias de potencialidad, afectaciones y restricciones de construcción, edificación, modificación, ampliación, reparación, demolición de construcciones y demás medidas que establezca esta Ley”, se lee en el artículo 94 bis.

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Por ello, en la queja interpuesta ante la CDHCM los vecinos de Nuevo Polanco piden “emitir medidas cautelares urgentes para la reposición del proceso de publicitación vecinal contemplado en la Ley de Desarrollo Urbano, parte esencial del proceso de consulta, contemplado en la Constitución Política de la Ciudad de México”.




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