TEPJF ordena al Congreso de Nuevo León legislar en materia de violencia política de género

El Congreso de Nuevo León deberá legislar y emitir cuanto antes la normativa relacionada con paridad y la violencia política

Sarahi Uribe | El Sol de México

  · miércoles 5 de agosto de 2020

Por unanimidad, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenaron al Congreso de Nuevo León legislar y emitir cuanto antes la normativa relacionada con paridad y la violencia política en razón de género en la Ley Electoral local, así como en los ordenamientos legales que estime pertinentes, para cumplir así con el mandato constitucional en la materia.

En sesión pública se determinó que por encontrarse dentro de los 90 días previos al inicio del proceso electoral de Nuevo León, dichas disposiciones no resultarían aplicables para esos comicios, por lo que ordenó al Organismo Público Electoral Local (OPLE), emitir los lineamientos para incluir en las próximas elecciones estatales, los parámetros derivados de las últimas reformas constitucional y legal publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 6 de junio de 2019 y el 13 de abril del año en curso materia de paridad y violencia política en razón de género.

En el análisis, los magistrados encontraron que sí existe una omisión por parte de dicho Congreso por no haber cumplido con las obligaciones que derivaron de las referidas reformas que lo vinculaban a establecer diversas disposiciones legales en el marco normativo local.

La decisión es orientadora para las entidades federativas cuyos congresos locales no hayan legislado en torno a paridad y violencia política en razón de género, en las que, el inicio del proceso electoral estatal se dará en menos de 90 días, pues por encontrarse en una situación jurídica similar a la del caso resuelto, se ordenó notificar a todos los organismos públicos electorales del país, con el objetivo de que conozcan cuál fue el criterio tomado por la Sala Superior en la sentencia.

Con este fallo, se construyó un criterio orientador en la forma en que deben actuar las autoridades electorales locales para implementar el principio de paridad y garantizar a las mujeres una vida libre de violencia política en el ámbito estatal, en las entidades federativas cuyo Congreso no ha adaptado la legislación local a las recientes reformas en esos temas e iniciarán proceso electoral en los próximos días.



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