/ miércoles 4 de octubre de 2023

SCJN declara inconstitucional requisito del IMSS para acceder a la pensión por viudez

La Corte argumentó que uno de los requisitos en la Ley del Seguro Social vulnera los derechos humanos a la igualdad y no discriminación

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) exija a las viudas o viudos demostrar que el fallecimiento del derechohabiente ocurrió mínimo seis meses después de la celebración del matrimionio, como requisito para acceder a la pensión de viudez.

Esto incluye además, que dicho requisito no sea exigible si se demuestra que se tuvo hijos con la persona asegurada, pues esto "restringe de manera arbitraria los derechos de quienes no tuvieron hijos cuando enfrentan una situación similar a quienes sí los tuvieron".

Te podría interesar: Afore Web: haz tus trámites sin salir de casa; paso a paso para registrarte

Del mismo modo, la Corte explicó en un comunicado que el derecho a recibir una pensión por viudez surge cuando fallece la persona trabajadora o pensionada con la finalidad de proteger a su familia. Por lo cual, exigir requisitos injustificados, "vulnera los derechos humanos a la igualdad, no discriminación y seguridad social previstos en la Constitución Federal".

"En tal sentido, dado que el legislador federal no señaló justificación alguna del porqué el trato diferente otorgado a la viuda o viudo en el caso previsto en el artículo 132, fracción I y último párrafo, de la Ley del Seguro Social, ni esta se aprecia del propio contexto de la ley, debe estimarse que tal exclusión resulta violatoria de los apuntados derechos fundamentales", concluyó la SCJN.

Dicho artículo detalla específicamente que "no se tendrá derecho a la pensión de viudez en los siguientes casos: cuando la muerte del asegurado acaeciera antes de cumplir seis meses de matrimonio. Las limitaciones que establece este Artículo no regirán cuando al morir el asegurado o pensionado, la viuda compruebe haber tenido hijos con él".

➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo

El documento detalla que fue la ministra Loretta Ortiz Ahlf quien propuso conceder el amparo en revisión 470/2023. Los ministros Yasmín Esquivel Mossa, Javier Laynez Potisek y Luis María Aguilar Morales votaron a favor. El ministro Alberto Pérez Dayán no estuvo presente en la sesión.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) exija a las viudas o viudos demostrar que el fallecimiento del derechohabiente ocurrió mínimo seis meses después de la celebración del matrimionio, como requisito para acceder a la pensión de viudez.

Esto incluye además, que dicho requisito no sea exigible si se demuestra que se tuvo hijos con la persona asegurada, pues esto "restringe de manera arbitraria los derechos de quienes no tuvieron hijos cuando enfrentan una situación similar a quienes sí los tuvieron".

Te podría interesar: Afore Web: haz tus trámites sin salir de casa; paso a paso para registrarte

Del mismo modo, la Corte explicó en un comunicado que el derecho a recibir una pensión por viudez surge cuando fallece la persona trabajadora o pensionada con la finalidad de proteger a su familia. Por lo cual, exigir requisitos injustificados, "vulnera los derechos humanos a la igualdad, no discriminación y seguridad social previstos en la Constitución Federal".

"En tal sentido, dado que el legislador federal no señaló justificación alguna del porqué el trato diferente otorgado a la viuda o viudo en el caso previsto en el artículo 132, fracción I y último párrafo, de la Ley del Seguro Social, ni esta se aprecia del propio contexto de la ley, debe estimarse que tal exclusión resulta violatoria de los apuntados derechos fundamentales", concluyó la SCJN.

Dicho artículo detalla específicamente que "no se tendrá derecho a la pensión de viudez en los siguientes casos: cuando la muerte del asegurado acaeciera antes de cumplir seis meses de matrimonio. Las limitaciones que establece este Artículo no regirán cuando al morir el asegurado o pensionado, la viuda compruebe haber tenido hijos con él".

➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo

El documento detalla que fue la ministra Loretta Ortiz Ahlf quien propuso conceder el amparo en revisión 470/2023. Los ministros Yasmín Esquivel Mossa, Javier Laynez Potisek y Luis María Aguilar Morales votaron a favor. El ministro Alberto Pérez Dayán no estuvo presente en la sesión.

Elecciones 2024

Fiscalía investiga posible tentativa de homicidio contra Alessandra Rojo de la Vega

La noche de este sábado la candidata Alessandra Rojo de la Vega sufrió un ataque al término de una asamblea vecinal en la colonia Peralvillo

Sociedad

Ataque armado deja cuatro muertos y tres heridos en Huitzilac, Morelos

La noche de este sábado se registró en el barrio de San Juan del municipio de Huitzilac un ataque armado que dejó al menos cuatro personas muertas y tres heridas

Sociedad

Sismo de magnitud 6.2 sacude a la costa de Chiapas

Sismo de magnitud 6.2 sacude a la costa de Chiapas el domingo 12 de mayo 2024

Elecciones 2024

Desarrollo urbano: la CDMX que visualizan los candidatos

Los abanderados a Jefe de Gobierno expondrán sus propuestas sobre vivienda, uso de suelo y espacio público durante el último debate

Metrópoli

Quieren adaptar Hoy No Circula a nuevas tecnologías

Autoridades capitalinas consideran adaptar el programa a las nuevas tecnologías vehiculares

Sociedad

Pide AGN recursos para digitalizar millones de documentos

La dependencia pidió más de 36 mdp para escáneres especializados y cámaras de videovigilancia a SHCP