/ viernes 8 de julio de 2022

15 años en busca de Gabriel y Edmundo 

Por René Gerez López, investigador de Causa en Común


El 25 de mayo de 2007, el Ejército Mexicano llevo a cabo una operación militar para detener a dirigentes del Partido Democrático Popular en la ciudad de Oaxaca. Esta gestión, en la cual participó un escuadrón de fusileros compuesto por 37 soldados y dos oficiales del Ejército, además de elementos de la Policía Ministerial y de Seguridad Pública del Estado, resultó en la desaparición de Gabriel Alberto Cruz Sánchez y Edmundo Reyes Amaya. Desde ese día no se les ha vuelto a ver.

Sus familias, en representación de las víctimas, interpusieron en el 2013 un juicio de amparo para exigir su búsqueda y localización, así como para lograr que la justicia encuentre a los responsables de su desaparición y los juzgue como tales. Este amparo fue resuelto 6 años después, mediante sentencia dictada el 6 de mayo de 2019. En aquella, el Cuarto Juzgado de Distrito en Materia Penal de la Ciudad de México otorgó el amparo y protección ordenando, entre otras cosas, la búsqueda de Gabriel y Edmundo.

El tedioso procedimiento judicial parecía llegar a su final. Sin embargo, la Secretaria de la Defensa Nacional (SEDENA) y la Fiscalía General de la República (FGR) se inconformaron con el fallo e interpusieron un recurso de revisión. Este fue turnado al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México, quien más tarde solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que conociera el asunto. El 4 de marzo de 2020, la SCJN determinó que sería ella quien resolvería el caso.

Se necesitaron más de dos años y una serie de movilizaciones por parte de familiares y organizaciones de derechos humanos para ejercer presión política y lograr que la SCJN analizara el caso y propusiera un proyecto de sentencia. Los esfuerzos dieron frutos y la Ministra Ponente, Margarita Ríos Farjat, publicó finalmente un proyecto de sentencia, mismo que confirmaba la sentencia anterior y reconocía que, en los casos de desaparición, las autoridades deben fijar medidas de reparación integral, entendiéndose por éstas la restitución, compensación, medidas de satisfacción, rehabilitación y garantías de no repetición.

Sin embargo, esta sentencia no era precisa en establecer la modalidad de cumplimiento de las medidas a las que hacía alusión, por ejemplo: ¿cuándo y dónde deben comparecer los mandos militares responsables de la desaparición?, ¿cuál es el plazo para que SEDENA publique la sentencia en un diario de circulación nacional a manera de reconocimiento de su responsabilidad?, o ¿bajo qué modalidades se permitirá la entrada a cualquier instalación militar para buscar a Edmundo y Gabriel?

Los familiares, organizaciones de la sociedad civil y otros compañeros se dieron cita el pasado 22 de junio afuera del edificio de la SCJN para esperar el resultado de la sentencia. Sin embargo la Ministra Ponente decidió retirar el asunto de la lista para posponer la discusión y votación del asunto. Al día de hoy, se desconoce cuándo se listará nuevamente para ser resuelto.

Ante esta lamentable situación es importante preguntarse, ¿cuánto tiempo más se necesitará para que la SCJN resuelva sobre una desaparición forzada sucedida en 2007?, ¿es esto a lo que llaman justicia pronta y expedita? Gabriel y Edmundo desaparecieron hace 15 años, durante ese tiempo sus familiares y amigos han buscado incansablemente que se reconozca la desaparición forzada, se busque a los desaparecidos y que se castigue a los responsables de desaparecerlos.

Espero este articulo sume a los esfuerzos para presionar a la Corte a no postergar más la resolución de este asunto y de justicia a Gabriel, a Edmundo y todos aquellos que siguen buscándolos.

Por René Gerez López, investigador de Causa en Común


El 25 de mayo de 2007, el Ejército Mexicano llevo a cabo una operación militar para detener a dirigentes del Partido Democrático Popular en la ciudad de Oaxaca. Esta gestión, en la cual participó un escuadrón de fusileros compuesto por 37 soldados y dos oficiales del Ejército, además de elementos de la Policía Ministerial y de Seguridad Pública del Estado, resultó en la desaparición de Gabriel Alberto Cruz Sánchez y Edmundo Reyes Amaya. Desde ese día no se les ha vuelto a ver.

Sus familias, en representación de las víctimas, interpusieron en el 2013 un juicio de amparo para exigir su búsqueda y localización, así como para lograr que la justicia encuentre a los responsables de su desaparición y los juzgue como tales. Este amparo fue resuelto 6 años después, mediante sentencia dictada el 6 de mayo de 2019. En aquella, el Cuarto Juzgado de Distrito en Materia Penal de la Ciudad de México otorgó el amparo y protección ordenando, entre otras cosas, la búsqueda de Gabriel y Edmundo.

El tedioso procedimiento judicial parecía llegar a su final. Sin embargo, la Secretaria de la Defensa Nacional (SEDENA) y la Fiscalía General de la República (FGR) se inconformaron con el fallo e interpusieron un recurso de revisión. Este fue turnado al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México, quien más tarde solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que conociera el asunto. El 4 de marzo de 2020, la SCJN determinó que sería ella quien resolvería el caso.

Se necesitaron más de dos años y una serie de movilizaciones por parte de familiares y organizaciones de derechos humanos para ejercer presión política y lograr que la SCJN analizara el caso y propusiera un proyecto de sentencia. Los esfuerzos dieron frutos y la Ministra Ponente, Margarita Ríos Farjat, publicó finalmente un proyecto de sentencia, mismo que confirmaba la sentencia anterior y reconocía que, en los casos de desaparición, las autoridades deben fijar medidas de reparación integral, entendiéndose por éstas la restitución, compensación, medidas de satisfacción, rehabilitación y garantías de no repetición.

Sin embargo, esta sentencia no era precisa en establecer la modalidad de cumplimiento de las medidas a las que hacía alusión, por ejemplo: ¿cuándo y dónde deben comparecer los mandos militares responsables de la desaparición?, ¿cuál es el plazo para que SEDENA publique la sentencia en un diario de circulación nacional a manera de reconocimiento de su responsabilidad?, o ¿bajo qué modalidades se permitirá la entrada a cualquier instalación militar para buscar a Edmundo y Gabriel?

Los familiares, organizaciones de la sociedad civil y otros compañeros se dieron cita el pasado 22 de junio afuera del edificio de la SCJN para esperar el resultado de la sentencia. Sin embargo la Ministra Ponente decidió retirar el asunto de la lista para posponer la discusión y votación del asunto. Al día de hoy, se desconoce cuándo se listará nuevamente para ser resuelto.

Ante esta lamentable situación es importante preguntarse, ¿cuánto tiempo más se necesitará para que la SCJN resuelva sobre una desaparición forzada sucedida en 2007?, ¿es esto a lo que llaman justicia pronta y expedita? Gabriel y Edmundo desaparecieron hace 15 años, durante ese tiempo sus familiares y amigos han buscado incansablemente que se reconozca la desaparición forzada, se busque a los desaparecidos y que se castigue a los responsables de desaparecerlos.

Espero este articulo sume a los esfuerzos para presionar a la Corte a no postergar más la resolución de este asunto y de justicia a Gabriel, a Edmundo y todos aquellos que siguen buscándolos.