/ miércoles 26 de agosto de 2020

Así es el Derecho | Justicia alternativa, opción viable ante la pandemia

Estamos acostumbrados a la justicia tradicional, esto es, llevar un juicio escrito u oral ante los juzgados de proceso, con un procedimiento establecido en la ley con la finalidad de resolver conflicto de intereses entre las partes a través de una sentencia emitida por órgano jurisdiccional competente, pero ahora contamos con justicia alternativa, que agiliza todo.

La justicia alternativa es la vía para que las controversias se ventilen por medios de solución como la mediación, con la que las partes lleguen a acuerdo sin la intervención de tercero para resolverlas, lo que, desde luego, reduce el tiempo para el caso.

La mediación es el medio al que se ha recurrido más a escala nacional y sobre todo en la Ciudad de México. Es muy efectivo, aun con sus limitantes, como es el que, en materia penal, sólo puede tener lugar una vez que el asunto se ha judicializado, y en materia familiar también tiene limitaciones como pueden ser los temas de patria potestad y el divorcio en sí mismo.

La mediación es dinámica comunicacional por naturaleza extrajudicial, en la que participan de manera colaborativa y asociativa las personas que desean prevenir, solucionar o minimizar los efectos de determinado conflicto. Está a cargo de mediador certificado hasta que las partes resuelven llegar a convenio y redactarlo, que le ponga fin al diferendo; el funcionario judicial es únicamente guía en el proceso de elaboración del pacto.

El convenio de mediación es acuerdo de voluntades en el que concurren las intenciones y las necesidades y, como en el contrato, el consentimiento se manifiesta como elemento existencial.

Los beneficios de la mediación son:

• Se requiere menos tiempo en comparación con un juicio, pues el asunto se resuelve más rápido.

• Genera menos gastos, dado que su trámite es gratuito en el Centro de Justicia Alternativa.

• Permite mayor número de solución de conflictos es porque los litigios son unilineales, es decir que al ejercitarse una acción determinada, únicamente tiene dirección hacia posible solución; en la mediación se pueden proponer y considerar diferentes posibilidades de resolverlos.

• Se consideran los intereses de todas las partes y se llega a equilibrio de los mismos para que el beneficio sea equitativo y no solamente se atienda a los intereses de una de ellas y salga adelante en sus pretensiones, como en un litigio.

• Permite la comunicación entre las partes, por lo que se puede dilucidar de mejor forma el conflicto. Resulta contraria al litigio, en el que la comunicación se rompe o es prácticamente nula o limitada.

• Es mayor la posibilidad de que se cumpla y ejecute el convenio, al provenir de la voluntad de las partes y no de fallo con carácter de condena y, por ende, obligatorio, emitido por un juzgado.

Hoy más que nunca, ante las limitantes por el distanciamiento social a causa de la pandemia de Covid-19 y la pausa en la impartición de justicia que acarreó el confinamiento en los últimos meses, los abogados postulantes deben tener en cuenta este medio de justicia en beneficio de sus clientes, convirtiéndose no sólo en litigantes o promotores de juicios, sino en resolutores de juicios, apoyados en esta herramienta que es la justicia alternativa.


Lo anterior es así porque pueden solucionar los conflictos al orientar a las partes para la elaboración de un convenio que beneficie los intereses de sus clientes y coadyuve de alguna manera a la paz social a través de medios menos combativos y extensos que el litigio.


En la Ciudad de México el Centro de Justicia Alternativa está ubicado en Avenida Niños Héroes 133, esquina Doctor Navarro, Colonia Doctores Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06720, a una cuadra de la estación del Metro Niños Héroes. El horario de atención es de 09:00 a 17:00 horas de lunes a viernes.

Teléfono5591564997, extensión 311202 y varias más.


Así es el Derecho.

Estamos acostumbrados a la justicia tradicional, esto es, llevar un juicio escrito u oral ante los juzgados de proceso, con un procedimiento establecido en la ley con la finalidad de resolver conflicto de intereses entre las partes a través de una sentencia emitida por órgano jurisdiccional competente, pero ahora contamos con justicia alternativa, que agiliza todo.

La justicia alternativa es la vía para que las controversias se ventilen por medios de solución como la mediación, con la que las partes lleguen a acuerdo sin la intervención de tercero para resolverlas, lo que, desde luego, reduce el tiempo para el caso.

La mediación es el medio al que se ha recurrido más a escala nacional y sobre todo en la Ciudad de México. Es muy efectivo, aun con sus limitantes, como es el que, en materia penal, sólo puede tener lugar una vez que el asunto se ha judicializado, y en materia familiar también tiene limitaciones como pueden ser los temas de patria potestad y el divorcio en sí mismo.

La mediación es dinámica comunicacional por naturaleza extrajudicial, en la que participan de manera colaborativa y asociativa las personas que desean prevenir, solucionar o minimizar los efectos de determinado conflicto. Está a cargo de mediador certificado hasta que las partes resuelven llegar a convenio y redactarlo, que le ponga fin al diferendo; el funcionario judicial es únicamente guía en el proceso de elaboración del pacto.

El convenio de mediación es acuerdo de voluntades en el que concurren las intenciones y las necesidades y, como en el contrato, el consentimiento se manifiesta como elemento existencial.

Los beneficios de la mediación son:

• Se requiere menos tiempo en comparación con un juicio, pues el asunto se resuelve más rápido.

• Genera menos gastos, dado que su trámite es gratuito en el Centro de Justicia Alternativa.

• Permite mayor número de solución de conflictos es porque los litigios son unilineales, es decir que al ejercitarse una acción determinada, únicamente tiene dirección hacia posible solución; en la mediación se pueden proponer y considerar diferentes posibilidades de resolverlos.

• Se consideran los intereses de todas las partes y se llega a equilibrio de los mismos para que el beneficio sea equitativo y no solamente se atienda a los intereses de una de ellas y salga adelante en sus pretensiones, como en un litigio.

• Permite la comunicación entre las partes, por lo que se puede dilucidar de mejor forma el conflicto. Resulta contraria al litigio, en el que la comunicación se rompe o es prácticamente nula o limitada.

• Es mayor la posibilidad de que se cumpla y ejecute el convenio, al provenir de la voluntad de las partes y no de fallo con carácter de condena y, por ende, obligatorio, emitido por un juzgado.

Hoy más que nunca, ante las limitantes por el distanciamiento social a causa de la pandemia de Covid-19 y la pausa en la impartición de justicia que acarreó el confinamiento en los últimos meses, los abogados postulantes deben tener en cuenta este medio de justicia en beneficio de sus clientes, convirtiéndose no sólo en litigantes o promotores de juicios, sino en resolutores de juicios, apoyados en esta herramienta que es la justicia alternativa.


Lo anterior es así porque pueden solucionar los conflictos al orientar a las partes para la elaboración de un convenio que beneficie los intereses de sus clientes y coadyuve de alguna manera a la paz social a través de medios menos combativos y extensos que el litigio.


En la Ciudad de México el Centro de Justicia Alternativa está ubicado en Avenida Niños Héroes 133, esquina Doctor Navarro, Colonia Doctores Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06720, a una cuadra de la estación del Metro Niños Héroes. El horario de atención es de 09:00 a 17:00 horas de lunes a viernes.

Teléfono5591564997, extensión 311202 y varias más.


Así es el Derecho.