/ miércoles 5 de agosto de 2020

CASEDE | Extradición y recuperación de activos

Carlos Hernández y Keyla Vargas*

La extradición de Emilio Lozoya a México es muestra de un cambio de paradigma en la aplicación del sistema de justicia penal. Ejemplo de ello es el uso (aún por determinar) de figuras jurídicas como la de testigo protegido, testigo colaborador o criterio de oportunidad. Pero en esta ocasión enfoquémonos en la cooperación internacional, principalmente en dos figuras relevantes: la extradición y la restitución de bienes.

La extradición es una institución del derecho internacional público creada para resolver la serie de problemas que se generan cuando un presunto delincuente se refugia en un Estado que no posee jurisdicción sobre él, ya sea porque esté imposibilitado para procesarlo porque los medios de prueba se encuentran fuera del país.

Sin embargo, en la historia reciente de México la aplicación ha sido poco frecuente cuando se ven involucradas personas funcionarias públicas. De acuerdo con el Informe de México del Primer Ciclo de Evaluación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (UNCAC), algunos de los tratados bilaterales que México ha celebrado con otros países en materia de extradición no comprenden todos los delitos de corrupción. Además, a pesar que el Gobierno de México reportó solicitudes a otros países por delitos de corrupción durante 2014, hasta 2015 ninguna se había materializado. el caso Lozoya representa para nuestro país un impulso para trabajar de manera bilateral con países claves. Tan sólo en una semana de declaraciones por parte del exfuncionario de PEMEX se ha identificado el reparto de más de 400 millones de pesos entre los legisladores de diferentes partidos políticos, bajo el capítulo de “subvenciones extraordinarias” para la aprobación de reformas estructurales en el gobierno de Enrique Peña Nieto, como parte de un esquema de distribución personalizada del dinero.

El caso de la recuperación de activos sigue una suerte similar, a pesar de ser reconocida como una de las partes más importantes para el combate a la corrupción, ya que se busca recuperar los bienes que fueron sustraídos de un Estado y depositados en otras jurisdicciones. Como se menciona en el Informe del Segundo Ciclo de Evaluación de la UNCAC, México prácticamente no tiene abiertos casos pertinentes relativos a delitos de corrupción. La Iniciativa de Recuperación de Activos (StAR), una plataforma que facilita el diálogo, la colaboración y el contacto entre diferentes jurisdicciones involucradas en la recuperación de activos y en el cual México participa, reporta hasta 2019 sólo dos casos concluidos de recuperación de activos – asuntos relacionados con Raúl Salinas de Gortari – mientras sólo otros 7 se encuentran “en proceso”, 5 con fondos en Estados Unidos y 2 en las Islas Bermudas.

Lo antedicho expone la urgencia de mostrar voluntad política por parte de las actuales autoridades mexicanas para promover estos esquemas. Se busca aumentar la confianza en las capacidades del Estado Mexicano para facilitar la repatriación y recuperción de bienes y el procesamiento de personas funcionarias públicas de alto nivel a través de la cooperación internacional. En definitiva, el caso Lozoya representa para nuestro país un impulso para trabajar de manera bilateral con países claves. Tan sólo en una semana de declaraciones por parte del exfuncionario de PEMEX se ha identificado el reparto de más de 400 millones de pesos entre los legisladores de diferentes partidos políticos, bajo el capítulo de “subvenciones extraordinarias” para la aprobación de reformas estructurales en el gobierno de Enrique Peña Nieto, como parte de un esquema de distribución personalizada del dinero.

*Keyla Vargas es Coordinadora de Proyecto Senior del Colectivo de Análisis de la Seguridad con Democracia (CASEDE).

*Carlos Hernández es Maestro en Seguridad e inteligencia Universidad de Buckingham.


Carlos Hernández y Keyla Vargas*

La extradición de Emilio Lozoya a México es muestra de un cambio de paradigma en la aplicación del sistema de justicia penal. Ejemplo de ello es el uso (aún por determinar) de figuras jurídicas como la de testigo protegido, testigo colaborador o criterio de oportunidad. Pero en esta ocasión enfoquémonos en la cooperación internacional, principalmente en dos figuras relevantes: la extradición y la restitución de bienes.

La extradición es una institución del derecho internacional público creada para resolver la serie de problemas que se generan cuando un presunto delincuente se refugia en un Estado que no posee jurisdicción sobre él, ya sea porque esté imposibilitado para procesarlo porque los medios de prueba se encuentran fuera del país.

Sin embargo, en la historia reciente de México la aplicación ha sido poco frecuente cuando se ven involucradas personas funcionarias públicas. De acuerdo con el Informe de México del Primer Ciclo de Evaluación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (UNCAC), algunos de los tratados bilaterales que México ha celebrado con otros países en materia de extradición no comprenden todos los delitos de corrupción. Además, a pesar que el Gobierno de México reportó solicitudes a otros países por delitos de corrupción durante 2014, hasta 2015 ninguna se había materializado. el caso Lozoya representa para nuestro país un impulso para trabajar de manera bilateral con países claves. Tan sólo en una semana de declaraciones por parte del exfuncionario de PEMEX se ha identificado el reparto de más de 400 millones de pesos entre los legisladores de diferentes partidos políticos, bajo el capítulo de “subvenciones extraordinarias” para la aprobación de reformas estructurales en el gobierno de Enrique Peña Nieto, como parte de un esquema de distribución personalizada del dinero.

El caso de la recuperación de activos sigue una suerte similar, a pesar de ser reconocida como una de las partes más importantes para el combate a la corrupción, ya que se busca recuperar los bienes que fueron sustraídos de un Estado y depositados en otras jurisdicciones. Como se menciona en el Informe del Segundo Ciclo de Evaluación de la UNCAC, México prácticamente no tiene abiertos casos pertinentes relativos a delitos de corrupción. La Iniciativa de Recuperación de Activos (StAR), una plataforma que facilita el diálogo, la colaboración y el contacto entre diferentes jurisdicciones involucradas en la recuperación de activos y en el cual México participa, reporta hasta 2019 sólo dos casos concluidos de recuperación de activos – asuntos relacionados con Raúl Salinas de Gortari – mientras sólo otros 7 se encuentran “en proceso”, 5 con fondos en Estados Unidos y 2 en las Islas Bermudas.

Lo antedicho expone la urgencia de mostrar voluntad política por parte de las actuales autoridades mexicanas para promover estos esquemas. Se busca aumentar la confianza en las capacidades del Estado Mexicano para facilitar la repatriación y recuperción de bienes y el procesamiento de personas funcionarias públicas de alto nivel a través de la cooperación internacional. En definitiva, el caso Lozoya representa para nuestro país un impulso para trabajar de manera bilateral con países claves. Tan sólo en una semana de declaraciones por parte del exfuncionario de PEMEX se ha identificado el reparto de más de 400 millones de pesos entre los legisladores de diferentes partidos políticos, bajo el capítulo de “subvenciones extraordinarias” para la aprobación de reformas estructurales en el gobierno de Enrique Peña Nieto, como parte de un esquema de distribución personalizada del dinero.

*Keyla Vargas es Coordinadora de Proyecto Senior del Colectivo de Análisis de la Seguridad con Democracia (CASEDE).

*Carlos Hernández es Maestro en Seguridad e inteligencia Universidad de Buckingham.