/ martes 2 de julio de 2019

Desjudicialización de la política

No me refiero a la realidad mexicana en la cual la sobrerregulación y la tendencia a buscar obtener en la mesa lo que no se ha conseguido en las urnas, ha conducido a una judicialización insana cuya reversión sería conveniente. No digo que sea mala la existencia de órganos jurisdiccionales especializados en la solución de controversias electorales, pero el abuso en la recurrencia a estas instancias para dilucidar, no una litis jurídica sobre el resultado comicial, sino la disputa política de fondo entre los contendientes a veces apelando a argumentos absurdos, demerita su función.

La reflexión viene a cuento a raíz de la decisión adoptada el jueves pasado por la Corte Suprema de los EU según la cual los tribunales federales de ese país deben declararse incompetentes para resolver conflictos relacionados con la práctica del llamado “gerrymandering”. La cuestión tiene que ver con la manera como se delimitan los distritos en los que se elige a los diputados, la cual ha sido materia de encendidas discusiones políticas pues resulta innegable que, por la desigual distribución de las preferencias de los votantes, los resultados electorales pueden verse influidos por el criterio que se haya empleado para su correspondiente asignación en cada circunscripción electoral. La manipulación de la población en cuanto a su distribución para estos fines se conoce en la doctrina como gerrymandering , término derivado del nombre de un gobernador del estado de Massachusetts, apellidado Gerry, que en 1842, llegó a constituir distritos en forma de salamandra (salamander, en inglés), para favorecer sus aspiraciones políticas.

A diferencia de lo que ocurre en México, en los Estados Unidos son los congresos estatales los que definen la geografía electoral federal para cada Estado y, por supuesto, el partido que tiene la mayoría en dicho congreso suele ajustar la forma de los distritos a su mejor interés. Resulta entonces que en algunos casos las circunscripciones son bastante irregulares con el objeto de incorporar en ellas un mayor número de partidarios o bien concentrar a los adversarios en un área específica en la cual puedan esos contrarios ganar, pero que les haga disminuir posibilidades de triunfo en otros distritos, los cuales quedan configurados a favor del partido dominante.

Esta práctica es común en el país vecino y ha sido cuestionada por los demócratas en Michigan, Carolina del Norte, Ohio y Wisconsin. Los republicanos solo se quejaron por un distrito en Maryland. Algunos tribunales en dichos estados decidieron intervenir para corregir lo que parece una método injusto de aprovechamiento de la posición política en los congresos a fin de obtener ventajas electorales. El asunto llegó hasta la Corte Suprema y esta determinó que la definición de los distritos es materia exclusiva de carácter político atribuida a los congresos de los estados y que los tribunales no tienen razón para intervenir en la definición de dichas circunscripciones. Evidentemente, el fallo del máximo tribunal estadounidense estuvo también determinada por razones políticas. La votación fue de 5 a 4. La mayoría se formó con jueces de orientación republican entre los cuales se encuentran los que ha designado, con aprobación del Congreso Federal, el presidente Donald Trump; ello es así porque en la mayoría de los estados donde se ha cuestionado la forma de los distritos, está dominada por el Partido Republicano.

En México el problema se ha manejado de mejor modo, al ser el INE el que define los distritos en toda la nación, privando a los estados incluso de la atribución de diseñar sus propios distritos locales, pero ha permitido una administración razonable del asunto al fincarse la delimitación distrital en un programa de cómputo que busca la mayor regularidad geográfica y el equilibrio poblacional. Aun así, los partidos tienen un margen de discusión para buscar ventajas y este se mueve entre un +/- 15% de la cantidad de población que puede modificarse al ajustar líneas limítrofes.

Toda justicia, finalmente tiene un matiz de naturaleza política, no necesariamente para desviar el Derecho en forma malintencionada o para fallar parcialmente con el propósito venal de beneficiar o perjudicar a alguien; simplemente los jueces tienen sus propias visiones del mundo y de la vida y es normal que sentencien conforme a ellas. La carga política se acrecienta en los tribunales de última instancia, más aún si actúan como órganos de control constitucional, por la trascendencia de sus decisiones en la vida pública y, lógicamente, este aspecto se agudiza en los tribunales electorales dada la índole de su función. Sabemos pues, que la justicia tendrá su toque político y, consecuentemente, una dosis de politización; cuando esta crece, la función jurisdiccional tiende a deslegitimarse, de ahí que, sin ser la solución perfecta , quizá convenga cierto grado de desjudicialización de la política.

eduardoandrade1948@gmail.com

No me refiero a la realidad mexicana en la cual la sobrerregulación y la tendencia a buscar obtener en la mesa lo que no se ha conseguido en las urnas, ha conducido a una judicialización insana cuya reversión sería conveniente. No digo que sea mala la existencia de órganos jurisdiccionales especializados en la solución de controversias electorales, pero el abuso en la recurrencia a estas instancias para dilucidar, no una litis jurídica sobre el resultado comicial, sino la disputa política de fondo entre los contendientes a veces apelando a argumentos absurdos, demerita su función.

La reflexión viene a cuento a raíz de la decisión adoptada el jueves pasado por la Corte Suprema de los EU según la cual los tribunales federales de ese país deben declararse incompetentes para resolver conflictos relacionados con la práctica del llamado “gerrymandering”. La cuestión tiene que ver con la manera como se delimitan los distritos en los que se elige a los diputados, la cual ha sido materia de encendidas discusiones políticas pues resulta innegable que, por la desigual distribución de las preferencias de los votantes, los resultados electorales pueden verse influidos por el criterio que se haya empleado para su correspondiente asignación en cada circunscripción electoral. La manipulación de la población en cuanto a su distribución para estos fines se conoce en la doctrina como gerrymandering , término derivado del nombre de un gobernador del estado de Massachusetts, apellidado Gerry, que en 1842, llegó a constituir distritos en forma de salamandra (salamander, en inglés), para favorecer sus aspiraciones políticas.

A diferencia de lo que ocurre en México, en los Estados Unidos son los congresos estatales los que definen la geografía electoral federal para cada Estado y, por supuesto, el partido que tiene la mayoría en dicho congreso suele ajustar la forma de los distritos a su mejor interés. Resulta entonces que en algunos casos las circunscripciones son bastante irregulares con el objeto de incorporar en ellas un mayor número de partidarios o bien concentrar a los adversarios en un área específica en la cual puedan esos contrarios ganar, pero que les haga disminuir posibilidades de triunfo en otros distritos, los cuales quedan configurados a favor del partido dominante.

Esta práctica es común en el país vecino y ha sido cuestionada por los demócratas en Michigan, Carolina del Norte, Ohio y Wisconsin. Los republicanos solo se quejaron por un distrito en Maryland. Algunos tribunales en dichos estados decidieron intervenir para corregir lo que parece una método injusto de aprovechamiento de la posición política en los congresos a fin de obtener ventajas electorales. El asunto llegó hasta la Corte Suprema y esta determinó que la definición de los distritos es materia exclusiva de carácter político atribuida a los congresos de los estados y que los tribunales no tienen razón para intervenir en la definición de dichas circunscripciones. Evidentemente, el fallo del máximo tribunal estadounidense estuvo también determinada por razones políticas. La votación fue de 5 a 4. La mayoría se formó con jueces de orientación republican entre los cuales se encuentran los que ha designado, con aprobación del Congreso Federal, el presidente Donald Trump; ello es así porque en la mayoría de los estados donde se ha cuestionado la forma de los distritos, está dominada por el Partido Republicano.

En México el problema se ha manejado de mejor modo, al ser el INE el que define los distritos en toda la nación, privando a los estados incluso de la atribución de diseñar sus propios distritos locales, pero ha permitido una administración razonable del asunto al fincarse la delimitación distrital en un programa de cómputo que busca la mayor regularidad geográfica y el equilibrio poblacional. Aun así, los partidos tienen un margen de discusión para buscar ventajas y este se mueve entre un +/- 15% de la cantidad de población que puede modificarse al ajustar líneas limítrofes.

Toda justicia, finalmente tiene un matiz de naturaleza política, no necesariamente para desviar el Derecho en forma malintencionada o para fallar parcialmente con el propósito venal de beneficiar o perjudicar a alguien; simplemente los jueces tienen sus propias visiones del mundo y de la vida y es normal que sentencien conforme a ellas. La carga política se acrecienta en los tribunales de última instancia, más aún si actúan como órganos de control constitucional, por la trascendencia de sus decisiones en la vida pública y, lógicamente, este aspecto se agudiza en los tribunales electorales dada la índole de su función. Sabemos pues, que la justicia tendrá su toque político y, consecuentemente, una dosis de politización; cuando esta crece, la función jurisdiccional tiende a deslegitimarse, de ahí que, sin ser la solución perfecta , quizá convenga cierto grado de desjudicialización de la política.

eduardoandrade1948@gmail.com