/ viernes 14 de diciembre de 2018

2018. Igualdad e inclusión democrática

La democracia implica igualdad e inclusión. Cualquier Estado que aspira a consolidar su sistema democrático, no puede tener ciudadanía de primera y de segunda en el ejercicio de derechos.

Tratándose de participación política, se han ido identificado diversos sectores de la población que se ubican en una situación de exclusión en el ejercicio de sus derechos políticos. En algunos casos no es tan evidente la misma, pero ello no significa que no ocurra. Entre dichos grupos, a modo de ejemplo, se encuentran las mujeres, las personas trans (transgénero, transexual, travesti) y las personas indígenas.

Es por ello que el INE adoptó durante 2018, a través de una lógica de progresividad, varias medidas que buscan garantizar la igualdad e inclusión. Algunas de ellas son las siguientes:

a) Nuevas reglas de postulación de Mujeres. Desde 2014 existe una regla constitucional que obliga a los partidos políticos a postular igualitariamente a mujeres y hombres para integrar el Congreso de la Unión (diputaciones y senadurías), así como en los congresos locales. El propósito de la medida fue garantizar que las mujeres integraran 50%-50% los órganos legislativos. Sin embargo, en el primer ejercicio de dicha regla (diputaciones 2015), el resultado se acercó al objetivo constitucional pero fue insuficiente: 57.8% hombres y 42.2 mujeres.

Para lograr la paridad, el INE decidió lo siguiente: 1) tratándose de las listas de representación proporcional (RP) al Senado, éstas debían ser encabezadas por mujeres; 2) de las 5 listas que registren los partidos políticos por RP a diputaciones, al menos dos deben encabezarse por mujeres; 3) de las dos fórmulas que registren los partidos políticos al Senado de la República en cada entidad federativa: una de ellas deberá ser integrada por mujeres y otra por hombres, y 4) 32 de las 64 fórmulas que registren los partidos políticos para la elección de las senadurías deberá estar encabezada por mujeres.

Los resultados fueron evidentes. Hoy tenemos el mayor número de mujeres en la integración del Congreso de la Unión. Tratándose de diputaciones, el 48.2% de la Cámara corresponde a mujeres (241), mientras que en el Senado, el 49.2% corresponde a mujeres (63). Estos resultados colocan a México entre los países con mayor porcentaje de mujeres parlamentarias en el mundo.

b) Protocolo de las personas trans (transgénero, transexual, travesti). De acuerdo con la información publicada por la COPRED (2017), las personas trans se ubican dentro de los 41 grupos en situación de mayor discriminación. Ello es inaceptable, pues el ejercicio libre de la sexualidad no puede, ni debe ser motivo de discriminación, mucho menos tratándose de la participación política.

Tomando en consideración lo anterior, el INE aprobó un protocolo que garantiza a las personas trans el ejercicio del voto en igualdad de condiciones y sin discriminación en cualquier elección o mecanismo de participación ciudadana. La regla básica para instrumentar este protocolo fue: En ningún caso la falta de concordancia entre la expresión de género del o de la votante con la fotografía de la credencial para votar, o bien con el nombre o el sexo (hombre o mujer) asentado en ella podrá ser causa para impedir el voto.

Así, la decisión de la autoridad privilegia la inclusión y la igualdad de las personas trans el momento de ejercer su derecho al sufragio.

c) Diputaciones Indígenas. Hoy contamos con 13 diputaciones que provienen de comunidades y pueblos indígenas. Ello obedeció a que el INE y el TEPJF, a partir de interpretaciones a instrumentos internacionales y disposiciones constitucionales, se logró obligar a los partidos políticos a postular a personas indígenas en aquellos distritos que cuenten con 60% de población indígena (13).

El número parece quedarse corto frente al número de personas indígenas que existen en el país. De hecho, el INEGI señala que a nivel nacional 7 de cada 100 habitantes de 3 años y más hablan alguna lengua indígena. Pese a ello, no hay disposición legal que obligue la postulación de personas indígenas.

Por ello, el miércoles el presidente del INE entregó al Presidente de la Cámara de Diputados el libro titulado “La agenda pendiente en materia de representación y participación política: voces de los pueblos y comunidades indígenas de México”. Dicho texto es resultado de diversos foros regionales en los que se recogió la opinión de personas indígenas sobre la problemática existente para su participación política. Hoy el tema está en donde corresponde, en el órgano legislativo.

Las medidas anteriores son ejemplos de que el funcionamiento del INE no se limita a la organización de una elección. También sirven para demostrar que la democracia no se limita a resultados electorales, sino a establecer las condiciones para la convivencia entre mayorías y minorías. Al final, se trata de derechos, cuyo ejercicio debe ser promovido y respetado por todos.

Asesor del Consejero Presidente del INE

@ebuendiaz

La democracia implica igualdad e inclusión. Cualquier Estado que aspira a consolidar su sistema democrático, no puede tener ciudadanía de primera y de segunda en el ejercicio de derechos.

Tratándose de participación política, se han ido identificado diversos sectores de la población que se ubican en una situación de exclusión en el ejercicio de sus derechos políticos. En algunos casos no es tan evidente la misma, pero ello no significa que no ocurra. Entre dichos grupos, a modo de ejemplo, se encuentran las mujeres, las personas trans (transgénero, transexual, travesti) y las personas indígenas.

Es por ello que el INE adoptó durante 2018, a través de una lógica de progresividad, varias medidas que buscan garantizar la igualdad e inclusión. Algunas de ellas son las siguientes:

a) Nuevas reglas de postulación de Mujeres. Desde 2014 existe una regla constitucional que obliga a los partidos políticos a postular igualitariamente a mujeres y hombres para integrar el Congreso de la Unión (diputaciones y senadurías), así como en los congresos locales. El propósito de la medida fue garantizar que las mujeres integraran 50%-50% los órganos legislativos. Sin embargo, en el primer ejercicio de dicha regla (diputaciones 2015), el resultado se acercó al objetivo constitucional pero fue insuficiente: 57.8% hombres y 42.2 mujeres.

Para lograr la paridad, el INE decidió lo siguiente: 1) tratándose de las listas de representación proporcional (RP) al Senado, éstas debían ser encabezadas por mujeres; 2) de las 5 listas que registren los partidos políticos por RP a diputaciones, al menos dos deben encabezarse por mujeres; 3) de las dos fórmulas que registren los partidos políticos al Senado de la República en cada entidad federativa: una de ellas deberá ser integrada por mujeres y otra por hombres, y 4) 32 de las 64 fórmulas que registren los partidos políticos para la elección de las senadurías deberá estar encabezada por mujeres.

Los resultados fueron evidentes. Hoy tenemos el mayor número de mujeres en la integración del Congreso de la Unión. Tratándose de diputaciones, el 48.2% de la Cámara corresponde a mujeres (241), mientras que en el Senado, el 49.2% corresponde a mujeres (63). Estos resultados colocan a México entre los países con mayor porcentaje de mujeres parlamentarias en el mundo.

b) Protocolo de las personas trans (transgénero, transexual, travesti). De acuerdo con la información publicada por la COPRED (2017), las personas trans se ubican dentro de los 41 grupos en situación de mayor discriminación. Ello es inaceptable, pues el ejercicio libre de la sexualidad no puede, ni debe ser motivo de discriminación, mucho menos tratándose de la participación política.

Tomando en consideración lo anterior, el INE aprobó un protocolo que garantiza a las personas trans el ejercicio del voto en igualdad de condiciones y sin discriminación en cualquier elección o mecanismo de participación ciudadana. La regla básica para instrumentar este protocolo fue: En ningún caso la falta de concordancia entre la expresión de género del o de la votante con la fotografía de la credencial para votar, o bien con el nombre o el sexo (hombre o mujer) asentado en ella podrá ser causa para impedir el voto.

Así, la decisión de la autoridad privilegia la inclusión y la igualdad de las personas trans el momento de ejercer su derecho al sufragio.

c) Diputaciones Indígenas. Hoy contamos con 13 diputaciones que provienen de comunidades y pueblos indígenas. Ello obedeció a que el INE y el TEPJF, a partir de interpretaciones a instrumentos internacionales y disposiciones constitucionales, se logró obligar a los partidos políticos a postular a personas indígenas en aquellos distritos que cuenten con 60% de población indígena (13).

El número parece quedarse corto frente al número de personas indígenas que existen en el país. De hecho, el INEGI señala que a nivel nacional 7 de cada 100 habitantes de 3 años y más hablan alguna lengua indígena. Pese a ello, no hay disposición legal que obligue la postulación de personas indígenas.

Por ello, el miércoles el presidente del INE entregó al Presidente de la Cámara de Diputados el libro titulado “La agenda pendiente en materia de representación y participación política: voces de los pueblos y comunidades indígenas de México”. Dicho texto es resultado de diversos foros regionales en los que se recogió la opinión de personas indígenas sobre la problemática existente para su participación política. Hoy el tema está en donde corresponde, en el órgano legislativo.

Las medidas anteriores son ejemplos de que el funcionamiento del INE no se limita a la organización de una elección. También sirven para demostrar que la democracia no se limita a resultados electorales, sino a establecer las condiciones para la convivencia entre mayorías y minorías. Al final, se trata de derechos, cuyo ejercicio debe ser promovido y respetado por todos.

Asesor del Consejero Presidente del INE

@ebuendiaz