/ jueves 15 de febrero de 2018

El binomio del derecho penal y las elecciones

El primer proceso electoral del siglo XIX incorporó en su legislación figuras jurídicas que establecían penas de prisión ciertas conductas que podrían vulnerar la voluntad popular. Los procesos electorales de aquella época respondían a una realidad del poder político y vida política concreta, por tanto, no necesariamente eran el reflejo estricto de los electores. Posteriormente subsecuentes legislaciones incorporaron tipos penales electorales; sin embargo, fue hasta el año de 1993 cuando los delitos electorales ocuparon un espacio particular en el sistema electoral de México, entre otras serie compleja de cambios.

Una primera pregunta sobre el desarrollo de los delitos electorales en México es por qué después de casi dos siglos tuvieron un espacio en la agenda política y electoral. La respuesta más viable es que se consideraron como una opción transitable para establecer penalidades hacia las conductas que vulneraran de forma grave el proceso electoral. Para garantizar su efectividad, en el año 1994 se creó la FEPADE como una instancia que complementaría la llamada trilogía electoral de la institucionalidad electoral del país.

¿Cuál es el papel del derecho penal en las elecciones? La doctrina indica que su responsabilidad es sancionar las conductas que afectan a la vida, la integridad física, el patrimonio y la libertad. Además el derecho penal es la última ratio punitiva del Estado, que se traduce en la facultad que se tiene para establecer penalidades de manera severa, como la pena de prisión.

Los delitos electorales tutelan una garantía política como es el derecho fundamental que tienen las personas a elegir de manera libre a sus gobernantes. Este hecho representa una de las mayores responsabilidades públicas: se trata de una elección abierta donde se pregunta quién gobernará y bajo qué propuesta de gobierno; en esos términos, violentar este derecho equivale a romper un pilar fundamental del Estado democrático. En lo que respecta a la pena, la sanción máxima, podría alcanzar los 15 años de presión de acuerdo a lo que establece la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

El derecho penal electoral representa el último camino que tiene el Estado para sancionar y evitar conductas que afecten de manera grave a los procesos electorales. Antes de ello, lo ideal sería que no se cometieran. En Europa Occidental, por ejemplo, son excepcionales las denuncias que pueden presentarse por la comisión de delitos electorales, por ello no existen fiscalías especializadas en la materia; en México, en cambio, son miles de denuncias las que se presentan.

La elección del año 2018 representará un reto para las instituciones del Estado y la ciudadanía, porque se elegirá de forma simultánea al próximo Presidente de la República, 128 senadores, 500 diputados federales, nueve gobernadores, 972 diputados locales y 1 mil 596 Presidentes Municipales. Se trata de una elección sin precedente por su magnitud y expectativa de participación social y política: habrán de elegirse más de 3 mil 403 cargos públicos.

Es responsabilidad de todos votar y no dejarse intimidar ante mecanismos de coacción, amenaza o condicionamiento. Es responsabilidad de cada persona sufragar de manera libre; intentar influir de forma ilícita en el sentido del voto, denigra el ejercicio político. Esta elección representa para la justicia penal electoral una alta responsabilidad para la investigación de las conductas delictivas, las consignaciones y seguimiento de las causas judiciales, a través del a profesionalización del personal, de la coordinación con entidades federativas, municipios, instituciones electorales federales y locales. Todo ello será posible si los electores denuncian cualquier acto que vulnere su derecho al voto.

Pero la justicia electoral tiene otro reto: una efectiva prevención de los delitos electorales. Es necesario avanzar en el blindaje de los programas sociales para evitar su uso político y electoral, capacitar a los funcionarios en la prevención y denuncia de este tipo de delitos, y acercar conocimientos a la ciudadanía sobre sus derechos políticos. Lo anterior es parte de una cultura jurídica que contribuye a la legalidad pública de las elecciones. La democracia es tarea de todos pues en la democracia se establecen nuestras libertades y capacidades de generar un modo de vida fundado en los valores y práctica de la equidad, la inclusión, la igualdad de trato, y los derechos humanos.

El primer proceso electoral del siglo XIX incorporó en su legislación figuras jurídicas que establecían penas de prisión ciertas conductas que podrían vulnerar la voluntad popular. Los procesos electorales de aquella época respondían a una realidad del poder político y vida política concreta, por tanto, no necesariamente eran el reflejo estricto de los electores. Posteriormente subsecuentes legislaciones incorporaron tipos penales electorales; sin embargo, fue hasta el año de 1993 cuando los delitos electorales ocuparon un espacio particular en el sistema electoral de México, entre otras serie compleja de cambios.

Una primera pregunta sobre el desarrollo de los delitos electorales en México es por qué después de casi dos siglos tuvieron un espacio en la agenda política y electoral. La respuesta más viable es que se consideraron como una opción transitable para establecer penalidades hacia las conductas que vulneraran de forma grave el proceso electoral. Para garantizar su efectividad, en el año 1994 se creó la FEPADE como una instancia que complementaría la llamada trilogía electoral de la institucionalidad electoral del país.

¿Cuál es el papel del derecho penal en las elecciones? La doctrina indica que su responsabilidad es sancionar las conductas que afectan a la vida, la integridad física, el patrimonio y la libertad. Además el derecho penal es la última ratio punitiva del Estado, que se traduce en la facultad que se tiene para establecer penalidades de manera severa, como la pena de prisión.

Los delitos electorales tutelan una garantía política como es el derecho fundamental que tienen las personas a elegir de manera libre a sus gobernantes. Este hecho representa una de las mayores responsabilidades públicas: se trata de una elección abierta donde se pregunta quién gobernará y bajo qué propuesta de gobierno; en esos términos, violentar este derecho equivale a romper un pilar fundamental del Estado democrático. En lo que respecta a la pena, la sanción máxima, podría alcanzar los 15 años de presión de acuerdo a lo que establece la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

El derecho penal electoral representa el último camino que tiene el Estado para sancionar y evitar conductas que afecten de manera grave a los procesos electorales. Antes de ello, lo ideal sería que no se cometieran. En Europa Occidental, por ejemplo, son excepcionales las denuncias que pueden presentarse por la comisión de delitos electorales, por ello no existen fiscalías especializadas en la materia; en México, en cambio, son miles de denuncias las que se presentan.

La elección del año 2018 representará un reto para las instituciones del Estado y la ciudadanía, porque se elegirá de forma simultánea al próximo Presidente de la República, 128 senadores, 500 diputados federales, nueve gobernadores, 972 diputados locales y 1 mil 596 Presidentes Municipales. Se trata de una elección sin precedente por su magnitud y expectativa de participación social y política: habrán de elegirse más de 3 mil 403 cargos públicos.

Es responsabilidad de todos votar y no dejarse intimidar ante mecanismos de coacción, amenaza o condicionamiento. Es responsabilidad de cada persona sufragar de manera libre; intentar influir de forma ilícita en el sentido del voto, denigra el ejercicio político. Esta elección representa para la justicia penal electoral una alta responsabilidad para la investigación de las conductas delictivas, las consignaciones y seguimiento de las causas judiciales, a través del a profesionalización del personal, de la coordinación con entidades federativas, municipios, instituciones electorales federales y locales. Todo ello será posible si los electores denuncian cualquier acto que vulnere su derecho al voto.

Pero la justicia electoral tiene otro reto: una efectiva prevención de los delitos electorales. Es necesario avanzar en el blindaje de los programas sociales para evitar su uso político y electoral, capacitar a los funcionarios en la prevención y denuncia de este tipo de delitos, y acercar conocimientos a la ciudadanía sobre sus derechos políticos. Lo anterior es parte de una cultura jurídica que contribuye a la legalidad pública de las elecciones. La democracia es tarea de todos pues en la democracia se establecen nuestras libertades y capacidades de generar un modo de vida fundado en los valores y práctica de la equidad, la inclusión, la igualdad de trato, y los derechos humanos.